
A partir de julio, un grupo específico de pensionados de Colpensiones comenzará a recibir una mesada adicional, según lo establecido en la reciente reforma pensional aprobada por el Congreso de Colombia.
Este beneficio, que no se aplicará a todos los jubilados, está dirigido a aquellos que cumplan con ciertos requisitos estipulados en la normativa.
La medida forma parte de las iniciativas impulsadas por el gobierno de Gustavo Petro, aunque su alcance se ha visto limitado por restricciones fiscales.
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Este cambio, que forma parte de la reforma pensional promovida por el gobierno del presidente Gustavo Petro, tiene como objetivo principal fortalecer el sistema de pensiones bajo un enfoque de solidaridad y equidad.
Según informó la normativa, esta medida afectará tanto a los beneficiarios de Colpensiones como a quienes estén afiliados a fondos privados. La reforma pensional establece que Colpensiones será el único administrador y pagador de las jubilaciones en el país, consolidando así su papel como el principal fondo público de pensiones.

En este contexto, los aportantes al sistema deberán destinar una parte de sus contribuciones al fondo, hasta un límite de 2,3 salarios mínimos. Este cambio busca centralizar la gestión de las pensiones y garantizar una mayor eficiencia en el manejo de los recursos.
La mesada adicional o mesada catorce funcionará como un complemento a las trece mesadas que los pensionados reciben anualmente. Sin embargo, no será un beneficio universal, ya que su asignación estará sujeta a criterios específicos.
De acuerdo con la normativa vigente, este pago extraordinario será otorgado únicamente a ciertos pensionados, principalmente aquellos afiliados a Colpensiones. Además, se mantendrá para algunos regímenes especiales, como el de las Fuerzas Militares, donde los pagos están contemplados como parte de su régimen pensional particular.
Según lo detalló Valora Analitik este beneficio también lo recibirán quienes estén pensionados antes del 25 de julio de 2005 y que no tengan una pensión superior a los 15 salarios mínimos legales mensuales.
Por otro lado, también podrán acceder a este beneficio los pensionados entre el 25 de julio del 2005 y el 31 de julio del 2011, siempre y cuando su pensión sea igual o menor a los tres salarios mínimos legales mensuales vigentes.

Valora Analitik también detalla que las personas que cumplan con estos requisitos pueden pasar la solicitud a Colpensiones, por lo que el fondo de pensiones tendrá un plazo de quince días para responder, en caso de que no suceda pude presentar una demanda.
Pensionados en Colombia con altos ingresos deberán aportar al Fondo de Solidaridad a partir de julio de 2025
En contraste, a partir del 1 de julio del 2025, los pensionados en Colombia que perciban ingresos superiores a diez salarios mínimos legales mensuales vigentes (smlmv), equivalentes a $14.235.000, deberán realizar una contribución obligatoria al Fondo de Solidaridad Pensional.
Esta medida forma parte de la reforma pensional promovida por el Gobierno de Gustavo Petro, cuyo objetivo principal es construir un sistema más equitativo y solidario. Aunque la normativa ya fue sancionada, su implementación está sujeta a la revisión de la Corte Constitucional, que evalúa posibles irregularidades en el proceso legislativo.
De acuerdo con la reforma, los jubilados que reciban entre 10 y 20 salarios mínimos mensuales (entre $14.235.000 y $28.470.000) deberán aportar un 1% de su pensión al mencionado fondo. Por su parte, aquellos cuyos ingresos superen los 20 salarios mínimos (más de $28.470.000) estarán obligados a contribuir con un 2%.
Este descuento se aplicará de manera automática, sin importar si el pensionado está afiliado a Colpensiones o a un fondo privado, según detalló la normativa.

Los recursos recaudados a través de estas contribuciones se destinarán a la subcuenta de subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensional. Este fondo tiene como finalidad principal brindar apoyo económico a los adultos mayores que se encuentran en condiciones de pobreza extrema, buscando así reducir las desigualdades en el acceso a recursos básicos para esta población vulnerable.
El sistema de pensiones reformado se organiza en cuatro pilares fundamentales: solidario, semicontributivo, contributivo y de ahorro voluntario. Uno de los cambios más significativos introducidos por esta reforma es que todos los trabajadores formales deberán cotizar en Colpensiones.
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