
Los pensionados en Colombia que cumplan con ciertos requisitos deberán presentar la declaración de renta, según lo establecido por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).
Aunque las jubilaciones están exentas de cargas tributarias adicionales más allá de las contempladas en el sistema de pensiones, existen casos específicos en los que los pensionados están obligados a cumplir con este compromiso tributario.
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De acuerdo con la normativa vigente, el hecho de que un pensionado cumpla con los requisitos para declarar renta no implica necesariamente que deba realizar un pago.
Según lo detalló Valora Analitik, los pensionados con un patrimonio bruto igual o superior a 224 millones de pesos al término del 2024 o personas con valores totales de compras superiores o ingresos a los $ 69.718.600 y que estén pensionados deben presentar su declaración de renta.

Además, detalla que personas pensionadas que registren compras o gastos con tarjeta de crédito superiores al mismo monto de $ 69.718.600 o que cuenten con un acumulado de consignaciones bancarias o inversiones iguales o superiores a esa cantidad de dinero también deben declarar renta.
Sin embargo, en los casos en que sí se determine un monto a pagar, la ley establece sanciones para quienes no cumplan con esta obligación. Estas multas se calculan en función del monto adeudado y del tiempo transcurrido desde el incumplimiento.
El impuesto sobre la renta es uno de los más relevantes en el sistema tributario colombiano, y los pensionados no están exentos de cumplir con las disposiciones legales relacionadas.
La Dian ha enfatizado que es fundamental que los jubilados revisen su situación fiscal y reúnan la información necesaria para determinar si están obligados a declarar. Este proceso incluye verificar si se cumplen las condiciones específicas que los obligarían a presentar la declaración.
Además, la entidad recaudadora ha señalado que, en caso de que los pensionados deban realizar algún pago tras presentar su declaración, es crucial que lo hagan dentro de los plazos establecidos para evitar multas. Estas sanciones pueden variar dependiendo del monto adeudado y del tiempo que haya pasado desde el incumplimiento.

Fechas clave y documentos esenciales que marcarán el calendario tributario de los contribuyentes en 2025
En agosto de 2025 se cumplirán los plazos establecidos para que las personas naturales presenten su declaración de renta ante la Dian. Según detalló la entidad, es crucial que los contribuyentes revisen con anticipación si tienen obligaciones tributarias pendientes, esto debido a las sanciones que podrían terminar pagando.
Desde el 31 de marzo de 2025, las entidades responsables pusieron a disposición de los contribuyentes los certificados tributarios necesarios para respaldar la información que debe ser reportada. Estos documentos son esenciales para garantizar que los datos presentados sean precisos y completos, evitando así posibles errores que puedan generar inconvenientes con la Dian.

Otro aspecto clave señalado es la importancia de mantener actualizado el Registro Único Tributario (RUT). La Dian tiene la facultad de suspender de manera automática los registros que contengan información desactualizada. Esta suspensión, sin embargo, no exime al contribuyente de cumplir con la obligación de declarar dentro de los plazos establecidos. Por ello, se recomienda verificar y actualizar el RUT con suficiente tiempo antes de las fechas límite.
Además de la declaración de renta, las personas naturales deben evaluar si están sujetas a otras responsabilidades tributarias, como el reporte de información exógena o la declaración de activos en el exterior. Estas obligaciones dependen de la situación particular de cada contribuyente y pueden variar según factores como el nivel de ingresos, el patrimonio y las actividades económicas realizadas durante el año fiscal.

Es por esto que el calendario tributario para 2025 establece una serie de fechas importantes que los contribuyentes deben tener en cuenta, como lo es el Impuesto de patrimonio desde el 12 de mayo, información exógena a partir del 14 de mayo, declaración de renta y declaración de activos en el exterior desde el 12 de agosto.
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