
En una decisión que busca transformar la atención en salud mental para las comunidades indígenas de la Amazonia colombiana, la Corte Constitucional emitió una serie de órdenes dirigidas a diversas entidades del Estado. Según informó el alto tribunal, estas medidas tienen como objetivo implementar una política específica que respete la identidad cultural de las comunidades indígenas y aborde los problemas de salud mental desde un enfoque diferencial. La sentencia T-082 de marzo de 2025, surge tras la revisión de un caso de tutela relacionado con una menor indígena que intentó suicidarse en repetidas ocasiones.
De acuerdo con la Corte Constitucional, tres de los seis departamentos que conforman la región amazónica —Amazonas, Vaupés y Guainía— presentan los índices de suicidio más altos del país. Estas cifras reflejan una problemática que afecta a las comunidades indígenas desde hace más de dos décadas, según reportó el tribunal. En este contexto, la Sala Segunda de Revisión, integrada por la magistrada Diana Fajardo Rivera y los magistrados Vladimir Fernández Andrade y Juan Carlos Cortés, analizó el caso de una menor indígena, identificada como Antonia, cuyo nombre fue cambiado para proteger su identidad.
El caso que llevó a la sentencia

La historia de Antonia comenzó en abril de 2024, cuando ingresó a un internado ubicado a 75 kilómetros de su comunidad. A finales de ese mes, la menor intentó suicidarse por primera vez. Fue trasladada al centro de salud más cercano y, posteriormente, remitida a otra ciudad, donde permaneció hospitalizada durante dos semanas antes de regresar al internado. Sin embargo, en junio del mismo año, Antonia volvió a intentar quitarse la vida.
El rector del internado la llevó nuevamente al hospital más cercano y notificó al padre de la menor al día siguiente. Este último se opuso a que su hija recibiera tratamiento en un centro de salud, argumentando que las autoridades del resguardo indígena ya estaban tomando medidas para tratarla mediante medicina tradicional. A pesar de la oposición del padre, una reunión entre profesionales de la salud, representantes de la comisaría de familia y autoridades locales determinó que la menor debía ser remitida a un centro de mayor complejidad en el departamento del Meta.
El padre de Antonia interpuso una acción de tutela, alegando que desde el traslado no había podido comunicarse con su hija y solicitando que fuera devuelta a su comunidad para recibir atención con medicina tradicional. Tras analizar el caso, la Corte Constitucional concluyó que, aunque el hospital cumplió con los protocolos de urgencia y realizó un diagnóstico adecuado, no tuvo en cuenta la identidad cultural de la menor ni los posibles impactos de su remisión a un centro de salud fuera de su comunidad. Con base en el fallo, esto representó una vulneración al derecho fundamental a la salud y a la identidad cultural de Antonia.

El tribunal también señaló que el internado no adoptó medidas suficientes para garantizar la atención psicosocial de la menor dentro del establecimiento educativo. Por estas razones, la Corte decidió amparar los derechos fundamentales de Antonia y emitió una serie de órdenes dirigidas a diferentes entidades.
Órdenes emitidas por la Corte
En primer lugar, la Corte Constitucional ordenó al centro de salud y a la EPS de la menor actualizar los protocolos de atención en salud mental para la población indígena. Estos protocolos deberán incluir un enfoque intercultural que respete y reconozca los sistemas de salud propios de los pueblos étnicos.
En segundo lugar, se instruyó a la gobernación del departamento y a las autoridades indígenas a desarrollar e implementar, en un plazo máximo de un año, una política específica para abordar los problemas de salud mental en la región. Esta política deberá incluir tanto medidas de prevención como la provisión de atención oportuna, siempre bajo un enfoque diferencial y culturalmente aceptable.

Además, el fallo ordena al internado incluir mecanismos de capacitación para docentes, directivos y estudiantes sobre temas como el acoso escolar y las conductas suicidas. Estas capacitaciones deberán ser prácticas y enfocarse en la prevención y atención de este tipo de problemáticas. Finalmente, la Corte solicitó al Ministerio de Salud y a la Mesa Permanente de Concertación con los Pueblos y Organizaciones Indígenas reglamentar la atención intercultural en salud mental para adolescentes indígenas.
La sentencia T-082 de 2025 pone en evidencia la necesidad de abordar la salud mental en las comunidades indígenas desde una perspectiva que respete su identidad cultural y sus sistemas de salud tradicionales. De acuerdo con la Corte Constitucional, la falta de políticas específicas y culturalmente aceptables ha contribuido al agravamiento de los problemas de salud mental en la región amazónica, donde los índices de suicidio son alarmantes.
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