
Luego del aplazamiento de la reforma de ley para elevar de 6 a 12 días el período vacacional de los trabajadores en el país, en este espacio digital recordaremos cuántos días le corresponden a cada empleado de acuerdo con el número de años que se ha desempeñado en su empresa actualmente.
A pesar de que el Senado de la República avaló hace unos días la reforma a los artículos 76 y 78 de la Ley Federal del Trabajo, no podrá entrar en vigor si no es ratificada por la Cámara de Diputados. Y es que Ignacio Mier, coordinador de los diputados de Morena, pidió más tiempo para que sea analizada en la comisión del trabajo.
En los primeros días de noviembre del presente año, la Cámara Alta (Senado) aprobó el incremento de vacaciones. De ese modo, se autorizaba que a partir de 2023 las personas que tengan más de un año en su empresa disfruten de 12 días de vacaciones. Sin embargo, todavía será analizada en San Lázaro.

En ese sentido, daremos a conocer cuál es el período vacacional al que pueden acceder los empleados actualmente.
Las vacaciones otorgadas son:
*1 año laborando: el período anual de vacaciones pagadas será de 6 días.
*2 años: 8 días
*3 años: 10 días
*4 años: 12 días
*De 5 a 9 años: 14 días
*De 10 a 14 años: 16 días
*De 15 a 19 años: 18 días
*De 20 a 24 años: 20 días
*De 25 a 29 años: 22 días
*De 30 a 34 años: 24 días
De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, las vacaciones deberán concederse a todos los colaboradores en una empresa, dentro de los seis meses siguientes al cumplimiento de su año de servicio.

Durante el lapso de sus vacaciones, el patrón deberá cubrir el salario ordinario que normalmente perciben los trabajadores durante los días de vacaciones.
Sin embargo, además de su salario normal se deberá de cubrir un monto extra correspondiente a la prima vacacional, la cual tendrá que considerarse el equivalente del 25% sobre los salarios que le corresponden durante el período de vacaciones.
Otro de los señalamientos que deberá tomarse en cuenta es que las vacaciones jamás deberán de compensarse con remuneración alguna, es decir, se tendrá que otorgar el período a disfrutar.
Si la relación laboral concluye antes de que termine el año de servicios, el empleado tendrá derecho a solicitar una remuneración proporcional al tiempo de servicios prestados.
En ese sentido, los patrones tienen la obligación de considerar la entrega anual de una constancia laboral a sus trabajadores donde se aprecie su antigüedad y el período de vacaciones y de acuerdo con ella, el período vacacional que le corresponde y fecha en que deberá disfrutarlo. En caso de que los trabajadores no reciban el pago de su prima vacacional o período correspondiente, entonces tendrán que asistir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), donde será asesorado por un abogado y podrá iniciar un proceso legal.
SEGUIR LEYENDO
Más Noticias
La mujer que dobló al sistema y llevó el feminicidio a la SCJN para hacer justicia por su hija, que no se suicidó
La incansable lucha de Irinea Buendía hizo que las autoridades judiciales reconocieran la negligencia del caso de su hija Mariana Lima, pero además la gravedad del problema y las omisiones de las autoridades

David Alfaro Siqueiros en la prisión de Lecumberri: vida y obra del muralista en el “Palacio Negro”
El artista fue detenido acusado de disolución social y del intento de asesinato de Trotski. Esta es la historia poco conocida de su etapa como interno en una de las prisiones más duras en la historia

Qué es la meningitis, cuáles son sus síntomas y cómo tratarla
En algunos casos, esta enfermedad mejora sin tratamiento en algunas semanas, pero en otros pueden poner en riesgo la vida y requerir tratamiento con antibióticos de emergencia

Hermila Galindo: sufragista mexicana, activista feminista y primera candidata a diputada federal
La histórica activista feminista fue clave en la reforma al artículo 34 de la Constitución que permitió a las mujeres votar y ser votadas
