
La Ley de Amnistía propone que aquellas personas que estén privadas de su libertad a partir de diez años o más y que no hayan recibido sentencia, al igual que estén acusadas de delitos no graves; su caso pueda ser revisado para que puedan salir de la reclusión. Esta ley contempla también a adultos mayores de 75 años, adultos mayores de 65 años con enfermedades crónico-degenerativas y personas privadas de la libertad, de cualquier edad y cualquier delito, que al ser detenidos hayan sufrido tortura conforme al Protocolo de Estambul. Todos ellos, en caso de no haber cometido delitos graves conforme al fuero federal.
Desde que entró en vigor a partir de enero de este 2021, informó Paulina Téllez, titular de la Unidad de Apoyo al Sistema de Justicia de la Secretaría de Gobernación (Segob); se han recibido un total de mil 783 solicitudes para su revisión, a partir de las cuales se ha logrado la liberación de 37 personas.
“Hasta el corte del viernes, han llegado mil 738 casos; ya se han sesionado 521 improcedentes, 47 amnistías otorgadas y de esas 37 liberaciones calificadas”, señaló Téllez. Una de las razones por las que únicamente se ha logrado la liberación de 37 personas, de más de mil solicitudes, según indicó Téllez se debe a que muchos solicitantes no presentan la información necesaria y aún se encuentran 187 casos en estudio, además de que ya se tienen 264 casos listos para resolver en el seno de la Comisión de Amnistía.

En este mismo sentido, en el marco del reciente Día de la Acción Global por el Aborto Legal, y del decreto de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que declaró inconstitucional la criminalización del aborto en todo el país; el PRD solicitó que esta amnistía sea aplicada a 228 mexicanas que actualmente se encuentran privadas de su libertad por haber abortado, por lo que sus casos, según exigieron, deben revisarse y esclarecerse con el fin de reinsertarlas en la sociedad.
El caso de estas 228 mexicanas es sumamente relevante en tanto que se estima que cada año 750 mil mujeres realizan el procedimiento para abortar clandestinamente, situación que pone en riesgo su salud y que en casos anteriores, las ha privado de la libertad.
Paulina Téllez detalló que sin duda un factor primordial para la revisión de una solicitud de amnistía es el seguimiento de los requisitos que esta implica en cuanto a la información que brindan. “De los casos que restan, que son 665 mil 478, no tienen información, es decir, nos escriben una carta, mencionan que quieren amnistía, pero a veces no tienen qué delito cometieron, nos falta, nos ponen: ‘Estoy en este centro de reinserción social’, no nos anexan ninguna documental”, detalló la titular de la Unidad Técnica de Segob.
Al respecto informó que la secretaría técnica les puede brindar asesoría a los reclusos que quieran acceder a estas solicitudes; proceso que aclaró, es gratuito y no requiere de un abogado.
Cabe señalar que aún sin el beneficio del mecanismo propuesto por la Comisión de Amnistía, entre 2020 y 2021 ha existido una detonación de las liberaciones anticipadas; pues se han liberado a mil 985 personas, mientras que en el periodo 2019-2020 hubo mil 22 libres y entre 2018-2019, mil 592 más.
Para la aplicación de la ley de amnistía se conformó una comisión integrada por la Secretaría de Gobernación, que la presidirá; la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana; la Secretaría de Bienestar; el Instituto Nacional de las Mujeres, y el Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas.
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