
En medio de la elevada cifra de más de un millón de contagios por coronavirus y al menos 150,570 decesos a la fecha en el país, en este espacio daremos a conocer qué pasa con los créditos del Fondo de Vivienda del Issste (Fovissste) en caso de que el acreditado fallezca.
De acuerdo con el Fovissste, existen algunas alternativas de protección en caso de incapacidad permanente o muerte.
En ese sentido, recordó que el beneficiario del fallecido, que contaba con un crédito vigente, podrá solicitar la liquidación de la deuda por extinción de obligación.
Se trata de un trámite al que dará respuesta la autoridad correspondiente entre uno y 45 días hábiles. Si se termina el plazo máximo, y el Departamento de Vivienda no ha proporcionado la resolución, ésta se tomará como aprobada.

¿Cómo solicitarlo?
*El interesado tendrá que acudir a las oficinas de los Departamentos de Vivienda de Fovissste.
*Presentar la siguiente documentación:
-Identificación oficial vigente como: credencial del INE, Pasaporte o Cédula Profesional.
-Escritura pública donde conste el crédito hipotecario, con inscripción en el Registro Público de la Propiedad en original y copia.
-Acta o certificado de defunción del derechohabiente (copia certificada).
*Posteriormente deberá esperar la respuesta del dictamen jurídico.
*A través de la consulta del estado de cuenta en línea podrá verificar que tenga el estatus de liquidado.
El procedimiento es gratuito y aplicará solamente si el acreditado se encuentra al corriente en sus pagos.
En este caso, el Fondo de Vivienda recomendó poner siempre por escrito a la persona que quedará como beneficiario en el momento que se solicita el financiamiento.

Para dudas o aclaraciones, se encuentra a disposición del interesado el centro de atención telefónica del Fovissste. Número: 01 800 3684 783.
Es importante destacar que, si no se realiza el trámite, los beneficiarios no podrán solicitar la liquidación total de la deuda.
Crédito Conyugal Fovissste
Por su parte, el Fondo de Vivienda recordó una manera más para poder adquirir una mejor vivienda, sin importar si sea nueva o usada, y con una tasa de interés que va del 4 al 6%.
Se trata del crédito conyugal, un esquema con el que se puede sumar los recursos del derechohabiente que cotiza para el Fovissste, con el esposo (a) que cotiza para Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit).
Por medio de redes sociales, aseguró que es un financiamiento para elegir un mejor hogar, pues se otorga solamente a ciudadanos casados, maneja un plazo de amortización de hasta 30 años y mantiene la actualización de saldos conforme a la Unidad de Medida y Actualización (UMA).
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