SuperTransporte abre investigación a Secretaría de Movilidad de Bogotá por irregularidades en las fotomultas

También será indagada la Secretaría de Tránsito y Transporte de Cartago y la Oficina de Tránsito y Transporte de Magdalena. Ya son 14 los organismos de tránsito del país investigados por el ente de control. A otros 40 se les hicieron requerimientos para establecer la legalidad de los sistemas utilizados.

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SuperTransporte abre investigación a tres
SuperTransporte abre investigación a tres Secretarías de Movilidad por fotomultas REUTERS/Oliver Griffin

La Superintendencia de Transporte formuló cargos contra la Secretaría Distrital de Movilidad de Bogotá, la Secretaría de Tránsito y Transporte de Cartago y la Oficina de Tránsito y Transporte de Magdalena, entidades que presuntamente instalaron y pusieron en operación en su jurisdicción SAST sin contar con la autorización previa y/o sin tener la señalización adecuada que advierta de su presencia.

De igual manera, 14 organismos de control de tránsito de toda Colombia están siendo investigados por los mismos motivos, mientras que la SuperTransporte revisa la situación de los sistemas de fotodetección utilizados por 40 organismos de tránsito en diferentes regiones del país.

El Superintendente de Transporte, Camilo Pabón Almanza, precisó que,

Los 40 organismos de tránsito a los que se le abrió investigación preliminar corresponden a los municipios de Barranquilla, Aguachica, Palmira, El Rosal, Sabaneta, Sibaté, Floridablanca, Piendamó, Cartago, Santander de Quilichao, Fundación, La Estrella, Fonseca, Bello, Guasca, Soacha, Mosquera, Barrancabermeja, Turbaco, Envigado, Medellín, Ciénaga, Bogotá, Villeta, Cota, Los Patios, San Juan Nepomuceno, Cali, Arjona, Cajicá, Clemencia, Galapa, Planeta Rica, Codazzi, Yotoco, Yumbo y La Dorada, y los departamentos de Atlántico, Magdalena y Cundinamarca (Sede Operativa Chocontá).

En caso de que los organismos de tránsito sean encontrados responsables por los incumplimientos de los criterios técnicos y tecnológicos aplicables a los SAST, se podrán suspender las ayudas tecnológicas hasta tanto estos cumplan con la norma. En cuanto al no suministro de información, los investigados podrán ser multados hasta con 700 salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV).

Foto de archivo. Vehículos y
Foto de archivo. Vehículos y autobuses son vistos durante la hora pico, luego de que el Gobierno permitiera a ciertos sectores reanudar actividades en medio de la pandemia de coronavirus en Bogotá, Colombia, 11 de mayo, 2020. REUTERS/Luisa González

El año pasado la Corte Constitucional dejó en firme el fallo, mediante una votación, en la que los magistrados negaron la nulidad de la sentencia que puso en jaque el funcionamiento de las cámaras de fotomultas en Colombia, al imponer a las autoridades de tránsito la obligatoriedad de identificar al conductor antes de sancionarlo.

Al respecto, el secretario de Movilidad, Nicolás Estupiñán, aclaró que, han venido cumpliendo con lo ordenado en el fallo de la Corte Constitucional y aseguró que ya no ocurre lo que pasaba antes cuando las cámaras tomaban infracciones y automáticamente se las asignaba al propietario del vehículo.

Con este objetivo, la Secretaría de Movilidad ajustó los procedimientos internos en la entidad que tienen que ver con los procesos contravencionales, que cuentan con mecanismo de fotodetección por medios tecnológicos.

Así las cosas, la entidad afirmó que, en la actualidad ningún ciudadano es declarado contraventor de manera automática sin que se le haya identificado plenamente.

Según explicó, los ciudadanos son citados al proceso contravencional en su calidad de propietarios del vehículo con el cual se cometió la infracción, a efectos de iniciar una investigación administrativa.

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