
La defensa de Cristian Graf, dueño de la casa de Coghlan donde aparecieron los restos de Diego Fernández Lima, pidió el sobreseimiento de su cliente en la causa por el cual el fiscal Martín López Perrando lo quiere indagar por haber encubierto el hallazgo de los restos del chico de 16 años del que nada se sabía desde 1984.
La presentación la defensa de Graf, encabezada por Erica Lorena Nyczypor y Martín Hernán Díaz, se hizo ante el titular del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N°56, Alejandro Litvack, que la semana pasada le solicitó al fiscal que precise los hechos de la imputación a Graf previo a resolver si hace lugar al pedido de indagatoria por los delitos de encubrimiento agravado y supresión de evidencia.
La causa investiga la presunta participación de Graf en maniobras para ocultar el homicidio de Fernández Lima, cuyo cuerpo fue hallado el 20 de mayo pasado en una propiedad vinculada a la familia del sospechoso durante una obra en el terreno lindero donde había vivido Gustavo Cerati.
En ese expediente, ya que el del homicidio de Fernández Lima prescribió, a Graf se lo señala señalado como presunto encubridor y responsable de la supresión de pruebas. Pero la defensa sostuvo que la imputación carece de sustento probatorio y responde a presiones sociales y mediáticas.
En el escrito, los abogados afirmaron: “La imputación contra Cristian Graf obedece a una solicitud de parte de la ciudadanía, que junto con la presión social y repercusión mediática que tomó la presente causa, solicita una búsqueda de castigo aún por fuera de lo que establece la ley de fondo”.
Argumentaron también que la acusación se basa en conjeturas y testimonios de oídas, sin pruebas directas que vinculen a Graf con el ocultamiento del cuerpo o la supresión de evidencia.
Para López Perrando, en cambio, “si bien no fue posible determinar fehacientemente la autoría del homicidio de Diego Fernández, sí pudo acreditarse que efectivamente la víctima fue asesinada y ocultada en el interior de la finca que habitó y habita” el imputado.

Entonces, el fiscal sostuvo que Graf, “inmediatamente luego del hallazgo de los restos, practicó diversas maniobras tendientes a encubrir la averiguación de la verdad”, y consideró inverosímil que, tras más de cuatro décadas en el inmueble, no hubiera tenido conocimiento de la existencia del cadáver.
La defensa refutó estos argumentos y aportó prueba documental sobre la trayectoria educativa y laboral de Graf, incluyendo títulos y recibos de sueldo, para desmentir supuestos vínculos con el rubro de reparación de vehículos y motocicletas, aspecto que el fiscal había señalado como nexo entre Graf y la víctima.
El escrito también incorporó declaraciones testimoniales de ex compañeros de colegio y familiares de la víctima, quienes coinciden en que no existía relación de amistad ni contacto entre Graf y Fernández Lima.

La defensa hizo hincapié en la falta de pruebas directas y en la ausencia de elementos que permitan sostener la acusación. Sostuvo que la hipótesis fiscal se apoya en presunciones y en la permanencia de la familia Graf en el inmueble, pero no en hechos concretos.
El escrito señala: “La prueba recolectada por el fiscal y sostenida en los testimonios de obreros de la construcción, del inspector de seguridad e higiene, el arquitecto y el capataz de la obra y diferentes funcionarios, así como familiares o amigos de la víctima Diego Fernández Lima, declaraciones que fueran valoradas de manera deficiente por el MPF, al pretender atribuirle la responsabilidad penal al señor Graf, mediante una serie de conjeturas, falacias, y prejuicios”.
En cuanto a la conducta de Graf tras el hallazgo de los restos, la defensa rechazó la acusación de silencio o evasión. Y aclaró que se presentó espontáneamente ante la fiscalía para declarar y colaborar con la investigación, pero no se le tomó declaración en ese momento.

Esto sucede luego de que el juez titular del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N° 56 resolviera el 18 de agosto devolver el sumario a la fiscalía para que aclare los términos de la imputación, señalando: “A efectos de no vulnerar la garantía del debido proceso, y evitar posibles futuras nulidades que pudieran entorpecer el avance correcto de este proceso; es que previo a expedirme en los términos solicitados, devolveré el sumario a la fiscalía con el fin de que aclare los términos de su imputación”.
La defensa concluyó su presentación solicitando que se dicte el sobreseimiento total y definitivo de Graf.
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