
El proceso judicial por el homicidio de Valeria Roxana Lobos tuvo un giro relevante esta semana, luego de que un Tribunal de Impugnación ordenara que la Fiscalía tenga una nueva oportunidad para pedir la elevación a juicio bajo la figura de femicidio y ante un jurado popular.
Esta decisión se da luego de que el mes pasado la jueza Carina Álvarez elevara la causa a juicio, pero sin hacer lugar a los cargos por femicidio. Por el contrario, insistió con que el acusado sea juzgado por el delito de homicidio agravado por el uso de arma de fuego.
Frente a esto, el tribunal determinó por unanimidad que la resolución anterior no se ajustó a derecho y que corresponde reiniciar el control de acusación frente a un nuevo juez o jueza.
El caso, que conmociona a Centenario y a toda la provincia de Neuquén, involucra a Franco Montoya, acusado de disparar con un arma de fuego de fabricación casera a Lobos.
El crimen ocurrió el 12 de octubre de 2024 en la vivienda que compartían el femicida y la víctima, en Centenario. Tras una discusión entre ambos, el acusado utilizó un arma casera para disparar a la mujer, provocándole lesiones de extrema gravedad.
Lobos fue trasladada al Hospital Castro Rendón, donde falleció el 18 de diciembre de ese año. El acusado fue detenido y permanece bajo prisión preventiva desde entonces, a la espera de juicio, según informó el portal LM Neuquén.

En junio pasado, además de dejar fuera el agravante por femicidio, la jueza excluyó a 37 testigos propuestos por la Fiscalía, la mayoría ex parejas que podían aportar antecedentes de violencia. Según Álvarez, la acusación fiscal no había descrito el contexto de violencia de género necesario para acreditar la figura.
En sus fundamentos, argumentó: “No se puede ir a juicio a probar un patrón de conducta de violencia contra las mujeres con declaraciones de ex parejas del imputado, porque nuestro sistema penal es de acto, no de autor, y se debe juzgar a F.N.M. por lo que le hizo a Lobos, no por lo que le hizo a sus anteriores parejas”. La jueza remarcó que “no toda muerte de una mujer es femicidio. El homicidio debe producirse en un contexto de violencia de género”. Según la resolución, ni el Ministerio Público ni la querella habían detallado circunstancias suficientes para encuadrar el hecho en esa figura penal.
Frente a la exclusión del femicidio y de gran parte de la prueba, la Fiscalía y la querella impugnaron la decisión. El fiscal Andrés Azar consideró arbitraria la resolución de Álvarez y sostuvo en audiencia que “el asesinato en sí mismo implicó una denigración hacia la víctima, porque Lobos le pidió a Montoya que se retire de la casa y él no podía permitir que la dueña de casa lo eche”. Además, subrayó que avanzar con el juicio como femicidio es fundamental para asegurar tutela judicial a la víctima y su entorno.
A pesar del argumento de la defensa, que pidió mantener la resolución, los jueces de Impugnación —Andrés Repetto, Federico Sommer y Estefanía Sauli— revocaron por unanimidad el fallo previo. Según la nueva resolución, es decisión exclusiva de la fiscalía definir la calificación legal que busca probar y el tipo de tribunal interviniente. Indicaron, además, que la jueza Álvarez debió permitir que la fiscalía subsanara los errores en su acusación, conforme a la legislación vigente.
En paralelo, este martes se llevó a cabo una audiencia para revisar la prisión preventiva de Montoya. El fiscal Azar y la asistente letrada Carolina Gutiérrez solicitaron mantener la medida, argumentando que persisten riesgos de fuga y posibilidades de entorpecimiento de la investigación. El juez de garantías Marco Lupica Cristo ordenó extender la prisión preventiva por dos meses adicionales hasta la realización de la nueva audiencia de control.
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