
El Juzgado Federal Nº1 de Santa Fe, a cargo del magistrado Carlos Villafuerte Ruzo, procesó a tres hombres —dos como coautores y uno como instigador— por el delito de lavado de activos de origen delictivo por una suma que supera los 1.810 millones de pesos.
La resolución judicial, publicada en el portal fiscales.gob.ar, surge de una investigación conducida por el fiscal Jorge Gustavo Onel, titular de la Unidad Fiscal Santa Fe, y se centra en una maniobra vinculada a facturación apócrifa, adquisición de divisas al tipo de cambio oficial y simulación de importaciones, con transferencias de fondos a empresas ubicadas en China, Hong Kong, Estados Unidos y España.
De acuerdo con la investigación, los imputados utilizaron una empresa sin actividad comercial real, cuya identidad no fue revelada en la resolución, para recibir acreditaciones bancarias por más de 1.810 millones de pesos.
Según el juez, los fondos provenían en su mayoría de empresas con CUITs inactivos, incluidas en la base APOC —un registro de contribuyentes con operaciones irregulares y comprobantes falsos—, o de entidades gestoras de fondos sin identificación clara del depositante.
La maniobra, según se documentó, consistió en la compra de divisas en el mercado oficial en violación a las normas del Banco Central de la República Argentina (BCRA).
Los imputados realizaron 6.043 operaciones por un total de USD18.338.684 y €12.000, con destino a cuentas de sociedades en el exterior, bajo el concepto de pagos de importaciones que nunca se concretaron.
El juez señaló que todas las operaciones se basaron en documentación apócrifa, incluidas declaraciones SIMI (Sistema Integral de Monitoreo de Importaciones), facturas comerciales adulteradas y justificativos ficticios de comercio exterior.
“La maniobra aquí investigada tenía como único objetivo obtener acceso a divisas a valor oficial en un contexto de brecha cambiaria significativa, sin existir operaciones de comercio exterior reales”, sostuvo el juez Villafuerte Ruzo en su resolución.
Y agregó: “Las facturas comerciales utilizadas, las declaraciones SIMI y otros elementos presentados ante las entidades bancarias y organismos de control carecían de correspondencia fáctica, y se emplearon con el fin de engañar al sistema aduanero y obtener la liberación de divisas, para su posterior transferencia a cuentas bancarias radicadas en el exterior”.
La investigación se inició en agosto de 2021, en el ámbito del Juzgado Nacional en lo Penal Económico Nº5, con intervención de la Fiscalía Nacional en lo Penal Económico Nº7, a partir de una denuncia de una empresa cuyos datos fueron utilizados de forma fraudulenta en una factura comercial.
La causa fue luego remitida a la justicia federal de Santa Fe por cuestiones de competencia. Y, en septiembre de 2024, se incorporó otra denuncia presentada por el jefe interino del Departamento de Fiscalización Externa de Valoración de la Dirección General de Aduanas (AFIP-DGA), que señaló que una serie de contribuyentes —entre ellos, la empresa de los imputados— habían girado divisas al exterior por importaciones que no se habían registrado, o cuyos montos declarados superaban ampliamente los productos realmente ingresados al país.
El juez determinó que las transacciones violaban las disposiciones del Régimen Penal Cambiario (Ley 19.359), la Resolución General Conjunta 4185E (AFIP y Secretaría de Comercio), y diversos artículos del Código Aduanero.
El rol de los imputados
En ese marco, dictó el procesamiento de los dos gerentes de la empresa como coautores de los delitos de operar con cambios sin autorización, de realizar operaciones fuera de los términos legales y de simular importaciones con fines de obtener divisas.
También se los procesó por lavado de activos, al insertar dinero presuntamente ilícito en el circuito formal utilizando documentación falsa.
El tercer imputado, considerado instigador, fue quien habría gestionado inicialmente la adquisición de la sociedad utilizada como fachada para la maniobra. Según la fiscalía, promovió las acciones delictivas de los otros dos imputados al facilitar la estructura legal que les permitió actuar.
Además, el juez dispuso medidas de sujeción al proceso: los tres imputados continuarán en libertad, pero deberán presentarse mensualmente ante el juzgado y no podrán ausentarse de la provincia sin autorización previa. También se ordenó un embargo preventivo sobre los bienes de cada uno de ellos hasta cubrir la suma de 600 millones de pesos por persona.
Por otro lado, el juez resolvió dictar falta de mérito respecto de un contador investigado por haber falsificado presuntamente un balance contable de la empresa correspondiente al ejercicio 2020, haber cargado declaraciones juradas de IVA durante 2021 desde su estudio contable y participado en la redacción del acta de cesión de cuotas sociales de la firma. Según el fallo, la prueba reunida hasta el momento no permitió establecer con certeza su participación penalmente relevante.
En su resolución, el juez remarcó que el accionar de los imputados estuvo dirigido a “simular una actividad económica inexistente” con el único objetivo de acceder al mercado de cambios a un tipo de cotización preferencial.
Las divisas obtenidas fueron finalmente canalizadas al extranjero, en su mayoría hacia empresas en Estados Unidos, China, Hong Kong y, en un caso, a España, sin que existiera respaldo documental auténtico que justificara dichas operaciones.
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