
Tras imponerle una licencia de 90 días a la jueza Julieta Makintach a causa del escándalo por el documental que convirtió en nulo el juicio por la muerte de Diego Armando Maradona, la Suprema Corte de la provincia de Buenos Aires decidió “conferir vista” al procurador general, Julio Conte Grand, para determinar si corresponde, o no, denunciar a la magistrada para que se le inicie el juicio político en su contra, lo que llevaría a su posible destitución.
Este jueves por la mañana, Conte Grand requirió que se le envíen las pruebas para comenzar su estudio, según confirmaron altas fuentes del caso a Infobae.
Así, el procurador general requirió los contenidos la causa en la que se investiga el rol de la jueza en el documental “Justicia Divina”, con un expediente encabezado por los fiscales Carolina Asprella, Cecilia Chaieb y José Amallo; bajo la calificación de averiguación de ilícito.
Fueron estos investigadores los que hicieron los allanamientos a las productoras del film donde se hallaron, entre otras pruebas clave, el tráiler del documental y su guion técnico, pruebas que fueron reveladas por el fiscal Patricio Ferrari en la audiencia previa a la declaración de nulidad del juicio.

Este expediente es, para Makintach, el frente más turbulento. Con una imputación que queda por definirse, la magistrada podría enfrentar calificaciones singularmente graves como los delitos de cohecho, incumplimiento de los deberes de funcionario público, o tráfico de influencias, castigado con hasta seis años de prisión.
En paralelo, y en cuanto a la causa en la que se investiga la muerte de Diego Maradona, se requirieron a la Suprema Corte los videos de las 19 audiencias del juicio realizado por el Tribunal Oral Criminal N°3 de San Isidro ya anulado.
“Se analizarán los antecedentes para ver si hay fundamentos para hacer una denuncia ante la Secretaría Permanente de Enjuiciamiento de Magistrados. Si los hay, se denunciará”, asegura una alta fuente vinculada al tema. El jefe de los fiscales bonaerenses no tiene plazo alguno para tomar su decisión; la ley no lo prevé.
La decisión de la Suprema Corte, firmada por los jueces Hilda Kogan, Sergio Torres y Daniel Soria, se fundamenta en el artículo 182 de la Constitución bonaerense, que establece que “los jueces de las Cámaras de Apelación y de primera instancia y los miembros del Ministerio Público pueden ser denunciados o acusados por cualquiera del pueblo, por delitos o faltas cometidas en el desempeño de sus funciones”.
El proceso de juicio político, de acuerdo al mismo artículo, deberá realizarse “ante un jurado de 11 miembros que podrá funcionar con número no inferior a seis, integrado por el presidente de la Suprema Corte de Justicia que lo presidirá, cinco abogados inscriptos en la matrícula que reúnan las condiciones para ser miembro de dicho tribunal, y hasta cinco legisladores abogados”.
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