Caso Loan: rechazaron un recurso presentado por Carlos Pérez y María Victoria Caillava

El matrimonio fue procesado el mes pasado por sustracción de menores. Según reconstruyó la Justicia, ambos habrían trasladado al nene en su vehículo para concretar su presunta entrega

Guardar
Además de haber sido procesados,
Además de haber sido procesados, el matrimonio fue sentenciado a cumplir prisión preventiva

La Cámara Federal de Apelaciones de Corrientes rechazó un recurso de Casación presentado por la defensa del capitán de navío (RE) Carlos Guido Pérez (63) y su esposa, la ex funcionaria municipal María Victoria Caillava (53). Ambos están procesados por presuntamente haber participado de la sustracción de Loan Danilo Peña, el nene que tenía cinco años al momento de desaparecer en los alrededores de la casa de su abuela en la localidad de 9 de Julio.

A un mes de que se ratificaron los procesamientos de Pérez y Caillava, el abogado defensor del matrimonio, Ernesto González, había apelado la resolución emitida por los jueces Ramón González, Selva Spessot y Mirta Sotelo. La misma incluyó el dictado de las prisiones preventivas para los siete acusados, entre ellos, Antonio Benítez (38), Laudelina Peña (46), Daniel “Fierrito” Ramírez (50), Walter Maciel (44) y Mónica Millapi (36).

En documento, la defensa argumentaba que los magistrados habían violado el Código de Procedimientos Penal y realizado un encuadre erróneo de los delitos imputados. Asimismo, apuntaron que podría causar un daño irreparable para sus clientes, en caso de que una sentencia definitiva los considerara culpables por los cargos que recaen sobre ellos.

Frente a esto, el fiscal general Carlos Schafer se opuso al recurso, tras argumentar que no se trataba de una sentencia definitiva ni equiparable a tal. Por este motivo, remarcó que no existía un agravio federal concreto o arbitrariedad manifiesta, según la objeción presentada por González.

La última fotografía que le
La última fotografía que le tomaron al menor antes de desaparecer en las inmediaciones del naranjal

De acuerdo con la información publicada por Diario Época, Schafer sostuvo que el escrito de la defensa reflejaba únicamente una discrepancia con lo resuelto por el Tribunal y destacó que se había garantizado el derecho al doble conforme, una garantía mínima en los procesos penales.

Por su parte, los jueces subrayaron que la defensa no cuestionó la legitimidad ni la fundamentación de la prisión preventiva, lo que podría haber permitido una admisibilidad parcial del recurso. Además, reiteraron que la resolución impugnada no cumplía con los requisitos de una sentencia definitiva ni presentaba un agravio federal concreto.

Respecto a las acusaciones de haber incumplido con el Código de Procedimientos Penal, los magistrados defendieron su postura al indicar que la defensa solo se había limitado a transcribir artículos del Código Procesal Penal de la Nación, sin aportar fundamentos sólidos que justificaran su admisión.

Incluso, la Cámara subrayó que la ratificación del procesamiento no vulneraba la garantía de defensa en juicio, ya que el expediente especificaba claramente la conducta por la cual se procesaba a Pérez y Caillava. No obstante, el matrimonio aún contaría con una última opción, la cual sería replicar la apelación ante la Corte Suprema de Justicia.

Pérez y Caillava en el
Pérez y Caillava en el almuerzo organizado en la casa de Catalina Peña

En cuanto a los hechos que se les imputaron, los jueces detallaron que el 13 de junio del 2024, Pérez y Caillava habrían retirado a Loan Peña de la zona de El Algarrobal en su camioneta Ford Ranger, bajo el pretexto de ir a ver un partido de fútbol. Según la reconstrucción de los hechos, el matrimonio habría actuado como parte de un plan previamente acordado con los otros cinco imputados.

En este sentido, el grupo habría planeado sustraer a un chico que no sea mayor de diez años durante un almuerzo en la casa de Catalina Peña, abuela de Loan, el 13 de junio de 2024. “El acuerdo previo consistía en sustraer ‘a un menor’, y no específicamente a Loan, ya que, como se dijo, su presencia en el almuerzo fue espontánea y sorpresiva para el resto de los asistentes”, explicaron las fuentes de la investigación.

A pesar de que la identidad del niño que sería sustraído no habría estado definida, para los jueces cada miembro del grupo habría tenido un rol específico en la ejecución del delito. En un principio, sospecharían que Benítez y Ramírez debían llevar a los niños al naranjal cercano, donde capturarían a uno de ellos y lo entregarían a Pérez y Caillava en un punto de encuentro preestablecido.

Por su parte, Millapi, con la ayuda de Laudelina Peña, debía acompañar a los menores al naranjal. Sin embargo, se cree que la tía de Loan debía regresar a la casa de Catalina para recibir la noticia de la desaparición y actuar como enlace entre los captores y quienes retirarían al niño.

Finalmente, Pérez y Caillava habrían abandonado la reunión familiar con la excusa de regresar a su domicilio para ver el partido entre River Plate y Deportivo Riestra. No obstante, se habrían trasladado hasta el lugar acordado, conocido como “la tapera”, en las inmediaciones de una escuela abandonada. Allí habrían concretado la entrega del menor, según lo consignado por la Cámara.