
Tres policías, un hombre y dos mujeres, fueron condenados por atacar a una testigo por su condición sexual, cuando fue a denunciar a la comisaría a su ex pareja. La Cámara de Competencia Múltiple de Deán Funes, a cargo del juez Horacio Ruiz, condenó a tres efectivos por considerarlos coautores penalmente responsables de los delitos de vejaciones agravadas y lesiones leves calificadas por abuso de sus funciones como miembros de la fuerza policial.
El hecho ocurrió el 16 de junio de 2017 y fue en perjuicio de una mujer que había ido a declarar como testigo en una comisaría en el norte de la provincia de Córdoba. El tribunal dio por acreditada “la participación activa, conjunta y coordinada” con el fin de “agredir físicamente a la víctima”.
En el fallo, Ruiz -como integrante de la Sala Unipersonal N° 2 de la Cámara Criminal, Correccional, Civil, Comercial, Familia y del Trabajo- declaró partícipes del delito al Comisario Juan Domingo Cusumano, a la Sargento Ayudante Iris del Rosario López Márquez y la Agente Vanesa Ramona López Medina.
El Comisario y la Agente fueron condenados a dos años y seis meses de prisión condicional e inhabilitación especial para el ejercicio de cargos policiales por el término de cinco años. Por su parte, la Sargento Ayudante tuvo una pena de dos años de prisión condicional e inhabilitación especial para ejercer de cargos policiales por cuatro años.
Las agresiones se produjeron en la Comisaría a cargo de Cusumano. La víctima del hecho había concurrido a la sede policial para prestar declaración en carácter de testigo en el marco de una denuncia presentada por su ex pareja. Al confirmar lo denunciado, la Agente López Medina, que había sido mencionada en esa declaración, comenzó a agredirla con insultos vinculados a su orientación sexual.
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La víctima, al mantener íntegra su declaración, generó la irritación de las dos policías presentes, que decidieron atacarla con patadas y golpes. Al rato, según la versión que dio por cierta el Juez, llegó el comisario Cusumano, quien les indicó a sus subordinadas que siguieran golpeándola.
“Tengo en cuenta como agravantes comunes predicables a todos ellos la participación activa, conjunta y desplegada para agredir físicamente a la víctima, lo que colocó a ésta en una situación de mayor indefensión y vulnerabilidad; y las connotaciones discriminatorias proferidas a ella por su orientación sexual, lo que denota un mayor nivel de injusto”, dijo el juez.
El comisario, tras la golpiza, decidió esposar a la víctima y, luego de hacerla revisar en el hospital de la zona, la detuvo en el calabozo de la Comisaría, en donde estuvo hasta que el Ministerio Público Fiscal de la Provincia solicitó su libertad.
Durante el juicio se recabaron las declaraciones de todos los imputados, la damnificada y los médicos y peritos. Sin embargo, la prueba de mayor valoración para la Sala Unipersonal N° 2 recayó en los chats que la Agente López Medina envió a través de Whatsapp a personas de su confianza una vez ocurrido el hecho. Allí la imputada evidenció las agresiones contra la víctima.
Para cerrar, el juez de la causa, refiriéndose a la víctima, expresó: “Lo cierto y concreto es que (...) en cada instancia en que fue interrogada describió acabadamente y con seguridad la secuencia y circunstancias de lo acontecido, así como el rol desplegado por cada uno de los imputados”.
“A ello cabe agregar el comportamiento asumido por la damnificada inmediatamente después del hecho, dirigiéndose con absoluta premura, en horas de la madrugada, ni bien recuperó su libertad, hacia la unidad judicial de esta ciudad a los fines de ratificar la denuncia. (...) Tal actitud resulta plenamente compatible con la gravedad y seriedad de la situación abusiva que la damnificada relató sufrir en la comisaría y confluye a dotar de fiabilidad a sus dichos”, concluyó.
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