
La Cámara Penal de Trelew anuló este jueves la decisión del juez Marcelo Nieto Di Biase, en la que rechazó el juicio abreviado a los tres imputados en la causa que comprobó la violación grupal de una menor, ocurrida en septiembre de 2012 en Playa Unión cuando ella tenía 16 años. Además, los jueces Alejandro Defranco, Roberto Barrios y Daniel Pintos resolvieron desplazar al juez Nieto Di Biase por su “arbitrariedad manifiesta y no respeto a la víctima”.
Así, el tribunal avaló el accionar del fiscal Fernando Rivarola, quien había sido repudiado por justificar el abuso por un supuesto “desahogo sexual”, y criticó al juez Nieto Di Biase. “En una aparente posición paternalista, alegando el respeto que le merece el interés de la víctima, desoye francamente el deseo de la joven quien, como se dijo, acepta la salida propuesta por las partes para poder cerrar este espantoso capítulo de su vida, repito, sin ser siquiera un requisito para su aprobación”, entendieron los jueces.
Y agregaron: “Con ello, impidió no solo que los imputados admitieran los hechos investigados -tal cual pretendía de una vez el sujeto pasivo del delito-, sino que prolonga innecesariamente el padecimiento psicológico que la terminación del proceso judicial evitaría”.

En enero del año pasado, una joven denunció que en septiembre de 2012, cuando tenía 16 años, fue violada por un grupo de varones en una casa del balneario Playa Unión de la ciudad de Rawson, en Chubut. La denuncia tomó gran repercusión en la provincia y la Justicia abrió una investigación de oficio, por lo que cinco de los seis jóvenes acusados fueron imputados por “abuso sexual gravemente ultrajante con acceso carnal agravado por la participación de dos o más personas”.
Tras varios meses de recabar pruebas, se conoció que el fiscal Rivarola avanzó en el cierre de la causa y su resolución en un proceso. Rivarola acordó un juicio abreviado con los imputados, lo que implicó la aceptación de la culpa de los acusados y una pena menor, con una condena y un antecedente penal. También hubo aceptación de la víctima, lo que es requerido por la ley
Una vez que se conoció el acuerdo, el mismo generó en una ola de repudió tanto a nivel político como en la comunidad de las organizaciones civiles porque Rivarola utilizó la frase “desahogo sexual” para justificar la violación perpetrada por los imputados. Tras la polémica, la decisión para concretar el acuerdo quedó en manos del juez de Garantías Nieto di Biase, quien lo rechazó.
Es que a criterio del juez, el acuerdo pretendía imponer una pena de tres años en suspenso, “mínima para la escala elegida por las partes” según un comunicado del Poder Judicial de Chubut. Pero el juez Nieto Di Biase fue más allá y apuntó directamente contra la fiscalía de Rivarola. Incluso, denunció una situación irregular en la audiencia antes de emitir su fallo.
“En la audiencia se me hace saber una circunstancia que no puedo obviar en cuanto que me hacen saber de que hubo un acuerdo privado entre los imputados y la víctima. No me hicieron saber el monto ni en qué consistía porque había un pacto de confidencialidad. Pero me dice la Fiscalía en el marco de todo esto ‘mire, le hacemos saber que hubo un acuerdo reparatorio de forma independiente y le pedimos que lo sepa pero que no lo vuelque en la sentencia’. Me pareció totalmente inadmisible”, reveló el magistrado.
Luego, el fiscal Rivarola resolvió apelar la decisión de Nieto Di Biase. Sin embargo, Rivarolo sostuvo que esa decisión “no respeta la voluntad de la víctima”.
De acuerdo al propio testimonio de la víctima, Rivarola siempre la “mantuvo al avance de la investigación y las pruebas”, fue asesorada por un abogado familiar sobre los términos del acuerdo, y “nunca se sintió presionada”. Por su lado, la psicóloga que instruyó como perito indicó que la intención de la joven con la acusación fue “su fuerte deseo de sanar a partir de que los imputados reconozcan el hecho”. “Necesito cerrarlo porque necesito seguir viviendo”, argumentó la mujer abusada sexualmente.
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