
El Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales (INCAA) anunció nuevos requisitos para acceder a los subsidios por exhibición.
La medida, que se inscribe en la Resolución 543/2025, publicada ayer en el Boletín Oficial, introduce ajustes en los umbrales de visualizaciones mínimas y redefine los mecanismos de acreditación de audiencia para las producciones nacionales.
La actualización normativa responde a un contexto en el que la irrupción de las plataformas de video bajo demanda (VOD) y la multiplicidad de canales de exhibición transformaron la manera en que el público accede a los contenidos audiovisuales.
El cambio más relevante radica en la redefinición de los mecanismos para acreditar las audiencias mínimas requeridas para acceder a los subsidios por “otras formas de exhibición”.
Desde la entrada en vigor del Decreto 984 en 2024, el otorgamiento de estos apoyos económicos -que incluyen tanto la exhibición en salas como en medios electrónicos- quedó supeditado a la acreditación efectiva de audiencias, eliminando la posibilidad de anticipos y estableciendo mayores exigencias de transparencia.
Ahora, la Resolución 543/2025 amplía y precisa las vías por las cuales los productores pueden demostrar el alcance de sus obras, incorporando modalidades específicas para el streaming y la exhibición digital. La medida impacta de manera directa en productores independientes y empresas distribuidoras, que deberán documentar con mayor precisión la circulación de sus contenidos en las distintas plataformas
Números y cambios
La norma establece que las películas de género documental ahora deberán alcanzar un mínimo de 5.000 espectadores o visualizaciones para ser elegibles a los subsidios, en contraste con el requisito anterior de 10.000 fijado por la Resolución 545/2024.
En cuanto al caso de las películas de ficción o animación, se mantiene el mismo número -10000- de espectadores o visualizaciones con respecto al año pasado.
La normativa también introduce precisiones sobre las formas habilitadas para corroborar el número de visualizaciones. “La experiencia en la aplicación de la Resolución 545/2024, así como la evolución de las prácticas de distribución y consumo audiovisual, aconsejan ampliar las modalidades de acreditación de audiencia a fin de garantizar criterios objetivos, verificables y acordes con la dinámica actual del sector”, señala el documento oficial que acompaña la reciente modificación normativa.
La resolución destaca que para acreditar la audiencia mínima establecida, el productor podrá presentar, a través de la plataforma INCAA en Línea, certificación fehaciente mediante alguna de las siguientes opciones:
a) Certificación emitida por la/s plataforma/s o medio/s de exhibición, en la que conste el total de visualizaciones (views) registradas del contenido.
b) Certificación emitida por la/s plataforma/s o medio/s de exhibición, en la que conste el total de horas vistas del contenido, considerándose visualizaciones (views) al resultado de dividir las horas totales vistas del contenido por su duración total.
c) Copia certificada del contrato celebrado entre el productor y la/s plataforma/s o medio/s de exhibición. En este caso, la acreditación de la audiencia mínima se determinará dividiendo el monto total del contrato por el valor de la entrada promedio publicado por el INCAA en su sitio web institucional.
Nuevo programa de difusión
Por otro lado, el INCAA creó el Programa para la Difusión de Películas Nacionales Terminadas a Nivel Internacional. Esta iniciativa, firmada por su titular, Carlos Luis Pirovano, tiene como objetivo fortalecer la presencia del cine argentino en festivales internacionales reconocidos por la Federación Internacional de Asociaciones de Productores de Filmes (FIAPF).
El programa contempla la entrega de ayudas económicas bajo la modalidad de reintegro a las producciones seleccionadas, con el propósito de respaldar la difusión y comercialización de obras nacionales en el exterior.
El alcance de la medida se extiende a festivales de alto perfil, como el Festival Internacional de Cine de Mar del Plata, y otros eventos acreditados por la FIAPF. El listado, detallado en el Anexo II de la resolución, incluye certámenes de referencia mundial como Berlín, Cannes, San Sebastián, Venecia, Locarno, Toronto, Busan, Sitges, Tokyo y Shanghai.
Para cada uno de estos festivales, se han establecido topes de ayuda y montos diferenciados según la categoría de la obra (largometraje o cortometraje) y la sección en la que compita, siempre calculados en base al Valor de la Entrada Promedio (VEP).
El procedimiento para acceder al beneficio exige que el productor argentino de la película seleccionada presente la solicitud a través de la plataforma INCAA en Línea. Entre los requisitos figuran la carga de datos esenciales del film —título, director, productor, sección de competencia y fecha del evento—, la presentación de la carta oficial de invitación y la rendición de cuentas con tickets y pasajes aéreos en clase económica.
El plazo para solicitar la ayuda se extiende hasta ocho días antes del inicio del festival, y el beneficio se otorga exclusivamente a productores argentinos, sean personas físicas o jurídicas, con el compromiso de destinarlo a cubrir traslados del equipo de la película.
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