
Adriana De Langhe es abogada desde 2012. Nació en la ciudad chaqueña de Quitilipi pero vive y se dice de Sáenz Peña, la segunda ciudad más poblada de la provincia. Hija de madre y padre docentes, siempre se sintió atravesada, sensibilizada, por los conflictos sociales, por los problemas de los sectores vulnerables, especialmente los que afectan a los niños y las niñas.
En 2023 algunas familias de la comunidad educativa de la ciudad se acercaron a ella a exponerle una inquietud: deseaban que sus hijas, que debían comenzar la secundaria, ingresaran al Instituto Politécnico Juan XXIII. Porque buscaban ese tipo de educación y ya tenían hermanos en la institución o les favorecía la distancia del colegio a sus hogares, lo que no ocurría con la otra escuela de enseñanza técnica de Sáenz Peña que sí era mixta.
“Me involucré en la causa porque venía observando ciertos rasgos discriminatorios en la participación de mujeres en la institución, no solo con los docentes sino con las madres que se acercaban y buscaban la forma de que sus hijas iniciaran primer año en el colegio”. “Las familias nunca habían hecho acciones previas, no tenían los recursos, yo les había prometido que las ayudaría de forma gratuita, de corazón, para que esta discriminación terminara de una vez. Y así fue”, dice De Langhe.
En 2024 comenzó a trabajar con dos madres que buscaban lugar para sus hijas. En octubre presentó un recurso de amparo ante la Justicia para que el colegio dejara de ser solo de varones y las recibiera, y solicitó que “mediante una [medida] cautelar se les reservara el banco y se las preinscribiera para el ciclo lectivo 2025”.
El colegio, sus abogados, no estaban de acuerdo con lo que planteaba De Langhe ni las familias, ni con que la Justicia interviniera en los fundamentos que había tenido su institución desde su nacimiento. Creada en 1967, su objetivo era el de capacitar a varones, en su mayoría de orígenes humildes, mediante la enseñanza de actividades prácticas. En otras palabras, el pilar principal sobre el que los sacerdotes la levantaron fue suministrar un oficio a varones —y solo a varones— con pocos o ningún recurso.
La iniciativa creció y devino escuela secundaria: una que está alineada a las demandas laborales de la vida contemporánea. Pero su evolución —como sucede en muchos ámbitos— no alcanzó a la igualdad de género. Situación que Adriana De Langhe, junto a las familias interesadas, se dispuso modificar.
“La lucha judicial fue dura, requirió mucho tiempo de trabajo, fue muy mediática. La sociedad se manifestaba en favor de este cambio y también existieron opiniones en contra que apoyaban al obispado y a la estructura de la institución. Aquí, en Sáenz Peña, hay un colegio industrial, con una formación similar, que es mixto, entonces muchos cuestionaban por qué las chicas no iban ahí. Pero el Politécnico Juan XXIII está ubicado en un sentido diametralmente opuesto a ese colegio industrial, están uno en cada punta de la ciudad. Lo que hizo que, hasta ahora, las madres que querían llevar a sus hijas a recibir ese tipo de formación técnica o industrial tuvieran que cruzar toda la ciudad”, explica De Langhe.
Y continúa: “El principal fundamento de las autoridades del colegio para negarse a este cambio fue que ellos tenían una institución destinada a educar a niños varones que venían de familias de padres holgazanes, con problemas de alcoholismo y drogadicción. Me llamó la atención semejante barbaridad ya que en esos hogares también existen mujeres, no entendía por qué solo era importante ayudar a los varones y no a las chicas”.
Otro de los argumentos que esgrimieron era que “el colegio tenía probado que la educación diferenciada tenía un impacto positivo en los varones y que la mixta, en cambio, impactaba negativamente en su desarrollo, ya que las mujeres tienen otro tipo de maduración, otros tiempos, y los varones se podrían sentir inferiores si se escolarizaban juntos”.

La decisión acerca de si el Instituto Politécnico Juan XXIII debía transformarse en un colegio mixto o no estaba en manos de la Justicia. Eso era lo que De Langhe exponía en su amparo: ya que la situación negaba a las aspirantes al colegio un derecho fundamental como es el acceso a la educación, era deber de la Justicia restituirlo. En el otro polo, las autoridades del colegio negaban que la vía judicial fuese la mejor para dirimir el asunto. “Además de expresar, en varias oportunidades, que contaban con la certeza de que en ninguna parte del mundo a nadie se le ocurriría suprimir la educación diferenciada y menos acudir a un juez para que lo hiciera”, dice la abogada.
Finalmente, los magistrados coincidieron con los argumentos de De Langhe y fallaron a favor de las familias. Determinaron que la vía judicial era pertinente porque el colegio estaba discriminando a las aspirantes a ingresar solo por el hecho de ser mujeres, que sus argumentos no eran convincentes, su comportamiento era arbitrario y que les cercenaba el derecho a la educación.
En la sentencia emitida el 5 de febrero de este año “los jueces dijeron que la institución estaba llevando adelante conductas ilícitas, ya que su ideario de enseñanza estaba en contra de lo que establece la Constitución Nacional y los tratados internacionales”, enfatiza De Langhe. Declararon: “‘El Instituto Politécnico manifiesta su empatía e identidad con los alumnos varones que provienen de hogares humildes y familias desarmadas, con problemas de violencia, alcoholismo y drogadicción, necesitados de contención, formación y corrección. Esa premisa es cuestionable ya que sobre ella se pretende fundar y perpetuar un modelo educativo sexista, como si las niñas y las mujeres no pudieran ser eventuales víctimas‘. ‘De otra manera se caería en el absurdo de suponer que en este tipo de hogares y familias solo son paridos hijos varones…’”.
En la sentencia, los camaristas también resaltaron que el Instituto Politécnico Juan XXIII era el único que quedaba a nivel provincial empecinado en mantener unas bases educativas excluyentes y segregadoras, que muestran una concepción “basada en estereotipos de género y cargada de prejuicios que resultan discriminatorios”.

Pero el asunto no terminó ahí.
Cuando los jueces decretaron que el colegio de varones debía ser mixto, los abogados del obispado a cargo de la institución, rotundamente negados a aceptar estas condiciones, utilizaron otra herramienta legal: “plantearon un recurso extraordinario de inconstitucionalidad”, explica De Langhe, que fue rechazado. No conformes con esto presentaron “un recurso de queja” que también fue rechazado por el Superior Tribunal de Justicia de Chaco. Es decir: recurrieron a las figuras legales de las que podían valerse para intentar sostener su institución tal como era desde hace casi sesenta años.
Para no permitir el ingreso a las mujeres el Politécnico también se resguardaba en el derecho de admisión, en “la libertad de contrato de enseñanza”, en el hecho de ser una institución privada.
Los jueces respondieron que estos motivos eran contrarios a la Constitución y al paradigma de derechos humanos. Que una institución fundada en la educación diferenciada quizás hacía sentido cincuenta años atrás, cuando la sociedad se erigía sobre otros pilares e ideales socioculturales, pero que en la actualidad había perdido toda legitimidad.
La Procuración General adhirió: “La Cámara (...) ordenó al Instituto Politécnico Juan XXIII admitir a alumnas mujeres, sosteniendo que su prohibición implica la vulneración de los derechos fundamentales a la igualdad y a la educación y de tratados internacionales, y transgrede la prohibición de discriminación por motivos de género (...). A la par enfatizó que el Estado debe garantizar el acceso igualitario a una educación de calidad; y que el instituto, aunque de gestión privada, recibe subvención estatal del 100% de su planta funcional, lo que justifica un mayor deber de no discriminar en el acceso”, se lee en el dictamen firmado por el procurador.
Entre otros puntos centrales, este documento también hizo hincapié en “el principio de no regresividad en materia de derechos humanos” señalando que negar el ingreso de mujeres a una institución técnica subvencionada “es un retroceso que el Estado no puede permitir ni por omisión”. También recordó que “garantizar una educación inclusiva y de calidad” es parte de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) que conforman la Agenda 2030 de las Naciones Unidas para lograr un mundo mejor y que la igualdad de género es insoslayable cuando se habla de que todas las personas “deben tener acceso a los distintos niveles de enseñanza” y a adquirir “las mismas competencias en la educación”. “Los Estados parte tienen la obligación de proteger a las niñas y a las mujeres de todas las formas de discriminación que les impidan acceder a cualquiera de los niveles de la enseñanza y de velar por que, cuando se dé esa discriminación, puedan recurrir a la Justicia”, se lee allí.
El Ministerio de Educación provincial también se plegó al fallo y dio su apoyo a las alumnas para que pudieran comenzar sus estudios en la institución.

El máximo tribunal de Chaco ratificó la sentencia y las primeras tres estudiantes mujeres fueron matriculadas en el Politécnico Juan XXIII.
Milagros Belén Rodríguez, Kiara Estefanía Ramírez y Abril Tatiana Malagueño marcaron un precedente histórico cuando, este año, pudieron comenzar sus estudios como alumnas regulares en el que había sido un tradicional colegio de varones, luego de la ardua lucha que sentó jurisprudencia.
“Fue un proceso escrito en el que se obtuvo una sentencia ejemplar —recuerda con satisfacción De Langhe—. Este era el único colegio que quedaba con educación diferenciada en Chaco. Hoy ya es mixto”.
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