El Gobierno dispuso la creación de un fondo especial de hasta 10.000 millones de pesos para asistir a los damnificados por las inundaciones ocurridas el 16 y 17 de mayo de 2025 en las ciudades de Zárate, Campana, Arrecifes, Capitán Sarmiento, Salto, Mercedes y San Antonio de Areco, en la provincia de Buenos Aires.
La medida se formalizó esta madrugada, mediante la publicación en el Boletín Oficial del Decreto 497/2025. Lleva las firmas del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, y el ministro de Economía, Luis Caputo.
El decreto establece la creación de un régimen especial de subsidios para los residentes de viviendas afectadas por el fenómeno meteorológico, que consistirá en una prestación monetaria no contributiva, fija en pesos y por única vez, denominada “Suplemento Único para la Reconstrucción (S.U.R.)”. El objetivo es compensar las pérdidas materiales sufridas por los habitantes de las zonas afectadas.

El Ministerio de Seguridad Nacional será la autoridad de aplicación y responsable de la gestión y administración del fondo, así como de la definición de los valores de los subsidios, los procedimientos de asignación y los requisitos específicos para acceder a la ayuda.
La decisión se fundamenta en la magnitud del evento climático, que según el Servicio Meteorológico Nacional (SMN), dejó acumulaciones de entre 200 y 250 milímetros de agua en la región, con reportes de hasta 400 milímetros en algunos sectores.
La normativa señala que “dicho valor de precipitaciones resulta extraordinario para la zona afectada, donde según estimaciones del SMN en los últimos veintinueve años, las precipitaciones medias rondan entre los cincuenta y los cien milímetros para todo el mes de mayo”.
El fenómeno provocó inundaciones en numerosos barrios y “severos daños en gran parte de las ciudades” mencionadas, según la Agencia Federal de Emergencias (AFE).

El texto oficial subraya la urgencia de la situación y la necesidad de una respuesta inmediata por parte del Estado nacional. “Esa afectación extraordinaria demanda el necesario acompañamiento y socorro del Gobierno nacional de forma inminente, a través de diversas acciones que permitan asistir de forma eficiente y directa a los damnificados”, indica el decreto. Además, se remarca que la medida es posible “gracias al equilibrio fiscal que el Gobierno Nacional ha conseguido por la política económica llevada a cabo”.
Para acceder al S.U.R., los solicitantes deberán cumplir con varios requisitos:
- ser ciudadanos argentinos residentes en el país o extranjeros con residencia legal no inferior a dos años;
- tener más de 18 años;
- acreditar domicilio real y habitación, uso, locación o titularidad de la vivienda afectada al momento del desastre;
- presentar una declaración jurada sobre los daños sufridos.
El subsidio se otorgará por inmueble catastral y solo podrá ser percibido por un integrante del grupo familiar que habite en la vivienda. El decreto advierte que “en caso de falsedad de dicha declaración, se iniciarán las acciones civiles y penales correspondientes”.
El Ministerio de Seguridad Nacional tendrá la facultad de dictar normas aclaratorias y complementarias, así como de celebrar convenios de asistencia técnica para la implementación del régimen.

El decreto se dicta en uso de las facultades conferidas al presidente por el artículo 99, inciso 1 de la Constitución Nacional y entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial.
La medida busca dar respuesta a una “necesidad pública que no admite dilaciones”, según se expresa en el texto oficial, y se enmarca en el Sistema Nacional para la Gestión Integral del Riesgo y la Protección Civil, creado por la Ley 27.287, que tiene como finalidad la protección integral de las personas, las comunidades y el ambiente ante la existencia de riesgos.
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