
La Procuración General de la provincia de Buenos Aires inició el miércoles pasado un sumario administrativo de oficio a la fiscal Sabrina Cladera por la decisión que tomó de liberar a T.G, el delincuente de 17 años que luego se convirtió en uno de los asesinos de Kim, la niña de 7 años que terminó arrastrada debajo de un auto robado en la ciudad de La Plata.
Se trata de una actuación habitual que realiza la Secretaría de Control Disciplinario y Enjuiciamiento, a cargo de Miguel de Lezica, ante casos de inseguridad que tienen alto impacto en la opinión pública. El objetivo es investigar si existieron irregularidades o fallas en la actuación de los fiscales.

Según pudo confirmar Infobae, funcionarios del Ministerio Público abrieron un expediente para determinar cómo actuó la fiscal Cladera ante un intento de asalto previo. El hecho, una tentativa de robo automotor, ocurrió el 1° febrero y derivó en un registro en una seccional de la Policía Bonaerense. A causa de su edad -cumplió 17 en diciembre pasado- y la pena en expectativa, la fiscal Cladera no solicitó la detención y el delincuente fue entregado a sus padres.
De acuerdo a la reconstrucción que hizo este medio, T.G., asaltó a una joven de 20 años junto a otros tres adolescentes de 16, 15 y 14, a quien interceptaron en Calle 61 entre 14 y 15. La Policía detuvo a la banda, pero luego fueron dejados libres por orden de Cladera.

Martina, la primera víctima de T.G., contó en los medios lo que vivió la noche en la que sufrió el intento de robo de su vehículo, y reveló que ella pasó más tiempo en la comisaría que el delincuente. “Vi hasta cuando quedaron en libertad. La madre lo fue a buscar como si fuese al colegio por una amonestación. Estuve más tiempo yo en la comisaría que ellos”, relató.
Lo cierto es que expertos consultados por Infobae admitieron que difícilmente la fiscal Cladera -que fue propuesta para camarista por el gobierno de Axel Kicillof- vaya a recibir una sanción por su actuación. “La pena en expectativa por un robo de automotor en grado de tentativa es excarcelable. En principio, la conducta de la fiscal ha sido correcta”, admitieron las fuentes.
Las fuentes explicaron que Cladera aplicó el artículo 161 del Código Procesal Penal de la provincia que establece los criterios para otorgar la libertad: “El Fiscal podrá disponer la libertad de quien fuera aprehendido mientras el Juez no hubiere ordenado la detención, cuando estimare que de acuerdo a las circunstancias del caso no solicitará la prisión preventiva. Si el Juez hubiera ordenado la detención, el Fiscal podrá requerirle que disponga la libertad atento que no pedirá la prisión preventiva, en cuyo supuesto se ordenará la soltura. En todos los casos, el imputado deberá denunciar su domicilio real antes de ser puesto en libertad, el que no podrá cambiar sin previa comunicación, comprometiéndose a comparecer a cualquier llamado o citación con motivo del trámite del proceso”.
Más allá de que los expertos no consideran que haya existido una inconducta de Cladera, el Departamento de Control Disciplinario de la Procuración comenzó desde el miércoles a labrar instrucciones para descartar cualquier presunción de irregularidad. “El robo en grado de tentativa no es detenible, aun en la expectativa de pena mayor. En concreto, se va a investigar si la fiscal aplicó correctamente las leyes, no la evolución de los acontecimientos posteriores”, aclararon las fuentes consultadas.
Aunque en principio no hay detectada ninguna falta, la sanción máxima que puede enfrentar un fiscal si se comprueba un error o falla en su actuación es una suspensión de hasta 30 días. Distinto es si se comprueba un delito, donde ya interviene la Secretaría de Enjuiciamiento.
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