
El pleno del Senado sancionó la ley que activa la implementación del juicio en ausencia y el Gobierno logró una nueva victoria dentro de las sesiones extraordinarias, que finalizan mañana. La iniciativa obtuvo, durante la noche de este jueves, 45 votos del oficialismo y la oposición dialoguista, mientras que el kirchnerismo volvió a fracturarse, entre un par de adhesiones y muchos rechazos.
Lo que se incorpora con el texto en cuestión es un nuevo capítulo en el Código Procesal Penal, donde se agrega el ámbito de aplicación del juicio en ausencia. Allí se señala que involucrará “únicamente en aquellas causas en las que se investigue la comisión de delitos cometidos en el territorio nacional, o cuando sus efectos se produzcan en el mismo o en los lugares sometidos a su jurisdicción, o bien cuando se cometan en el extranjero por agentes o empleados de autoridades argentinas en desempeño de su cargo”.
Seguido a ello viene el objeto, que apunta a delitos de lesa humanidad relacionados con el “Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional (artículos 6º, 7º, 8º y 8º bis), aprobado por ley 25.390 e implementado por ley 26.200″; y de “alguno de los instrumentos aplicables conforme el artículo 2º de la Convención Interamericana contra el Terrorismo, aprobada por ley 26.023, sean hechos cometidos en lugares públicos o privados”.
Para la procedencia del juicio en ausencia tendrán que ser validados los supuestos de procedencia contra un imputado -declarado rebelde- si “conociendo la existencia del proceso en su contra no se presentare, no respondiere, no acatare o eludiere los requerimientos de la autoridad judicial”.

También, cuando se “hubieren hecho intentos razonables por tenerlo a derecho, con resultado infructuoso”, o al considerar “que se han hecho intentos razonables por tenerlo a derecho, entre otros casos, si: transcurridos cuatro (4) meses desde el dictado de una orden de captura nacional o internacional, el imputado no pudo ser hallado”; “el requerimiento de extradición formulado por la República Argentina a un país extranjero ha sido denegado o no ha tenido respuesta en el plazo establecido, siempre que el Poder Ejecutivo nacional no hubiese admitido el juzgamiento en aquel país conforme a lo previsto en el artículo 64 de la Ley de Cooperación Internacional en Materia, 24.767″.
Otro punto importante del proyecto es la potencial presentación ulterior del imputado, quien tendrá derecho a ser oído. En ese sentido, si “se presentare luego del dictado de la sentencia condenatoria podrá, en un plazo de diez (10) días, solicitar la realización de un nuevo juicio si no hubiere tomado conocimiento del proceso en su contra”; o “si, a pesar de haber tomado conocimiento del proceso en su contra, no hubiere concurrido a la citación del tribunal debido a un grave y legítimo impedimento”.
Asimismo, “toda persona condenada en ausencia podrá interponer un recurso de revisión contra la sentencia firme, siempre que existan hechos o elementos de prueba que, solos o unidos a los ya examinados en el proceso, demuestren que el hecho no existió, que el condenado no es responsable, que su participación en el hecho fue distinta de la establecida en la sentencia, que el hecho encuadra en una norma penal más favorable o que la pena impuesta no está justificada”.
Debate
Como miembro informante, el senador libertario y titular de la comisión de Justicia, Juan Carlos Pagotto (La Rioja), aseguró que “los países que produjeron juicios en ausencia, lo que tratan es que la administración de justicia no quede paralizada por la falta de extradición en algunos casos, o por fugas o porque el Estado no persigue los delitos”.

“Tenemos una necesidad de adaptarnos al mundo”, dijo Pagotto. Además, recordó que “ya llevamos 30 años con el juicio de las causas AMIA y embajada de Israel”. Y sumó: “Hoy por hoy, también necesitamos juzgar el narco terrorismo, que atraviesa toda Latinoamérica, con cosas que nunca hemos visto”.
Desde el kirchnerismo, Oscar Parrilli deslizó que la ley “tiene nombre propio”, ya que “viene a cerrar herida del terrible y repudiable atentado a la AMIA”. No obstante, desacreditó al ex fiscal Alberto Nisman y advirtió que con el texto quedaría “afuera el atentado contra la embajada de Israel”.
La respuesta vino rápido desde el PRO, a través de su ex jefe de bloque Luis Juez, quien calificó de “mamarracho” el memorándum de entendimiento con Irán -empujado durante la segunda presidencia de Cristina Kirchner- y aseveró que “es muy miserable pensar que esto es para resolver un tema”.
Juez resaltó: “No quiero discutir personalmente, pero han gobernado, tuvieron una justicia donde pusieron los fiscales y jueces, y se llevaron puesto al fiscal de la causa. Creer que los mismos autores de ese ‘mamotreto’ nos digan que discutir un juicio en ausencia es una torpeza. Dejemos de ofender a esa gente, cuando tuvieron todo el poder y no hicieron nada”.
En el mismo sentido se expresaron el peronista disidente Juan Carlos Romero y el radical Maximiliano Abad, quien afirmó que el objetivo es encontrar “un equilibrio entre un mandato republicano y un mandato moral para no dejar que los crímenes queden impunes”.
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