- La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil le dio la razón a la AFA en su pelea con el Gobierno.
- Dejó firme la reelección del presidente, Claudio “Chiqui” Tapia y la suspensión de los descensos, que se habían votado en Asamblea General.
- Los camaristas establecieron que un organismo administrativo no puede aplicar una condena sin derecho de defensa en la Justicia.
Lo esencial: La Justicia confirmó la validez de la asamblea que reeligió a Claudio Tapia como presidente de la AFA, rechazando las impugnaciones que buscaban anular la decisión y mantener los descensos en la liga de fútbol. La decisión de suspender los descensos modifica la competencia, asegurando la continuidad de los equipos en primera división hasta 2026, como propuso la AFA. Pero también convalida la reelección de las autoridades que fueron votadas de manera casi unánime.

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil de la ciudad de Buenos Aires dejó firme las decisiones tomadas por la asamblea de la Asociación del Fútbol Argentino, que por unanimidad reeligió a Claudio “Chiqui” Tapia y suspendió los descensos, entre otras medidas. Lo hizo al aceptar una apelación presentada por la AFA contra la decisión tomada por la Inspección General de Justicia (IGJ) que había declarado inválidas esas decisiones. Para los jueces, lo votado por los socios debe regir hasta que se resuelva la cuestión de fondo.
Los jueces Gabriel Rolleri y Maximiliano Caia, aceptaron un recurso presentado por los abogados de la AFA para que el trámite judicial que tiene la controversia entre el Gobierno y la entidad de la calle Viamonte no frene los efectos de las resoluciones que tomó la asamblea general ordinaria respecto a los mandatos de sus autoridades, el formato de los torneos y otros aspectos clave, como la mudanza de la sede y la aprobación del balance y los libros.
Se trata de todas medidas que los miembros de la Asociación del Fútbol Argentino tomaron por aclamación -con el voto de todos, menos de Estudiantes de La Plata, y de Talleres de Córdoba, que inició la impugnación ante la IGJ- en el encuentro que se llevó a cabo el 17 de octubre en el predio Lionel Andrés Messi, en Ezeiza.
Los jueces entendieron, según el fallo al que accedió Infobae, que “corresponde otorgar el recurso de apelación interpuesto por la Asociación del Fútbol Argentino” para que el proceso de apelación realizado por los abogados que representan a “Chiqui” Tapia se tramite en el tribunal de alzada y, mientras tanto, exista un “efectivo suspensivo” de lo dispuesto por el órgano administrativo que depende del Gobierno.
El planteo de Rolleri y Caia, que integran la Sala D de ese tribunal de alzada, es que “se trata de recursos judiciales previstos por las leyes especiales para la impugnación de los actos administrativos determinados” por un ente que no es judicial.
“Por tratarse de un recurso judicial de apelación directa debe estarse a lo dispuesto -como principio- el efecto suspensivo de los recursos (...) Ninguna disposición legal confiere efecto devolutivo a los recursos de apelación interpuestos contra las decisiones de la IGJ, de ahí que cabe aplicar la regla general de que lo son con efecto suspensivo, sin que corresponda alterar tal principio del orden procesal por el hecho de que se prevea, expresamente, el efecto suspensivo para las apelaciones incoadas contra las resoluciones que impongan sanciones de apercibimiento con publicación y de multa”, establece el fallo en su aspecto central.
En concreto, los jueces consideran que el otorgamiento de una apelación con efecto “devolutivo” -es decir que su decisión se mantenga vigente hasta que haya una decisión de fondo- “excede el marco de la competencia atribuida por la ley al organismo administrativo”, en este caso la Inspección General de Justicia, que tiene a su cargo el control de legalidad y legitimidad de los actos en las sociedades y asociaciones civiles.
“El hecho de que el recurso debe ser presentado ante el órgano o ente administrativo que dictó el acto impugnado de ninguna manera implica otorgarle a este último competencia para pronunciarse sobre su admisibilidad, salvo que ello se encuentre expresamente previsto en la norma aplicable -extremo que no se cumple en la especie- debiendo la autoridad administrativa limitarse a remitir el recurso y el respectivo expediente al órgano judicial competente”, planteó la Sala D de la Cámara Civil.
El fallo de la Sala D de la Cámara de Apelaciones, de todos modos, no aborda la cuestión de fondo, que tiene que ver con las diferencias que tienen el Gobierno -mediante la IGJ- y la AFA respecto de la convocatoria de la asamblea y los temas que fueron discutidos. La Casa Rosada -que mantiene un enfrentamiento político con la Asociación del Fútbol Argentino- dejó en claro que los socios solo podían tratar la aprobación del balance y los libros, pero no todo el resto de los temas. Los camaristas Rolleri y Caia no abordaron esa cuestión, pero dejaron en claro que suspender los efectos de las medidas votadas por los socios podía implicar una suerte de condena anticipada.
El saludo de Infantino
La novedad de la sentencia de la Cámara Civil coincide con una buena noticia que recibió Tapia de la FIFA. El presidente Gianni Infantino felicitó al dirigente de Barrancas Central por su reelección al frente de la AFA y lo respaldó ante las críticas al tomarlo como “un ejemplo para otras federaciones”. Además del saludo, el presidente de FIFA le agradeció “todos sus esfuerzos، trabajo, e importante contribución al desarrollo de nuestro deporte y a la promoción de sus valores, tanto en Argentina, como en América del Sur y en el resto del mundo”.
A su vez, el suizo le pidió a Tapia que no baje los brazos ante las críticas para “seguir trabajando con usted en el crecimiento y la prosperidad del fútbol en Argentina en los próximos años”.
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