
Al iniciar la vida laboral en Perú, una de las primeras decisiones con impacto a largo plazo es escoger entre el Sistema Nacional de Pensiones (ONP) o el Sistema Privado de Pensiones (AFP). Ambos modelos gestionan los fondos de jubilación de manera diferente y determinan el acceso, monto y características de la pensión.
Según la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), cada sistema tiene reglas, beneficios y restricciones que todo afiliado debe conocer para tomar una decisión informada. A continuación, se explican las diferencias clave.
Sistema Privado de Pensiones (AFP)
El Sistema Privado de Pensiones, gestionado por la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) opera bajo un esquema de cuentas individuales. Cuando un trabajador se afilia a una AFP, sus aportes mensuales —el 10% de la remuneración asegurable, más comisiones y seguros— ingresan directamente a una Cuenta Individual de Capitalización (CIC). “Cada sol que aportas mensualmente ingresa directamente a tu cuenta personal. Este dinero es de tu propiedad exclusiva”, indica la SBS.
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El fondo acumulado no se mantiene estático. Las AFP invierten ese dinero en mercados nacionales e internacionales, y la rentabilidad de esas inversiones define el monto final de la pensión.
Si el afiliado fallece y no tiene beneficiarios directos, el saldo íntegro pasa a ser herencia y se entrega a los herederos legales. Esta característica marca una diferencia relevante frente a la ONP.

Requisitos de jubilación: 20 años de aportes obligatorios exigidos en la ONP
El Sistema Nacional de Pensiones, administrado por la Oficina de Normalización Previsional (ONP), sigue el principio de reparto solidario. Los aportes de los trabajadores activos se destinan a un fondo común para financiar las pensiones actuales.
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Para acceder a una pensión bajo el Decreto Ley N° 19990, es indispensable cumplir dos requisitos: haber alcanzado los 65 años y registrar al menos 20 años de aportes obligatorios.
“Si un trabajador no alcanza el umbral mínimo exigido de aportes, corre el riesgo de no recibir una pensión vitalicia”, señala la ONP. Además, el sistema público establece topes fijos: la pensión mínima es de S/ 600 y la máxima de S/ 1.000, sin importar si los aportes superan esos límites. Existen esquemas proporcionales especiales para quienes aportan entre 10 y menos de 20 años.
Rentabilidad, comisiones y la opción de retiros extraordinarios de fondos en las AFP
El sistema privado ofrece flexibilidad financiera. Las AFP administran cuatro tipos de fondos con diferentes niveles de riesgo y rentabilidad. El resultado final depende del comportamiento de los mercados financieros. Las comisiones de las AFP pueden ser por flujo (porcentaje del sueldo) o mixtas/sobre el saldo (porcentaje anual sobre el fondo acumulado).
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En situaciones excepcionales, el Congreso de la República ha aprobado leyes de retiros extraordinarios para los afiliados de AFP, como el retiro de hasta 4 UIT. Además, al momento de la jubilación, se puede optar por retirar hasta el 95.5% del fondo acumulado, o usar hasta el 25% para la cuota inicial de una vivienda. Estas condiciones no existen en la ONP, donde el acceso a los recursos está sujeto a los requisitos de edad y años de aporte.
¿Cómo cambiar de sistema previsional mediante el trámite del Bono de Reconocimiento?
Quienes deciden migrar de la ONP al sistema privado pueden trasladar sus aportes futuros a una AFP. Para no perder los aportes realizados en la ONP, existe el Bono de Reconocimiento. “Es un documento oficial emitido por la ONP que certifica y reconoce el valor nominal de los aportes realizados en el sistema público”, informa la SBS.
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El trámite inicia en la AFP de destino. El afiliado presenta una solicitud y documentos que prueben los aportes previos (boletas de pago, certificados de trabajo, constancias de remuneraciones).
La AFP verifica los requisitos y deriva el expediente a la ONP para su evaluación. Una vez aprobado, el bono se deposita de manera nominal y se redime en la cuenta individual de la AFP al momento de la jubilación legal.
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