
Desde febrero la tarifa del agua que pagan los peruanos se encarecerá en S/7,70 para los usuarios domésticos que consumen, en promedio, 16 metros cúbicos.
“El reajuste tarifario dispuesto para Sedapal, a partir de enero de este año, responde al cumplimiento del Decreto Legislativo n. °1620, promulgado en el 2023″, informó la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (Sunass), entidad que, como se sabe, ha buscado en los últimos años que se pueda asegurar que estos aumentos vengan de la mano con mejoras a los usuarios.
Ante esto, la Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios (Aspec) se ha pronunciado por esta alza y señala que la única medida que ve para que se respeten los derechos de los usuarios y no se apliquen encarecimientos similares en el futuro es devolver el control en esta materia a la Sunass.
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Aspec en contra del aumento
La Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios (Aspec) se ha pronunciado por el incremento de las tarifas de agua potable que rige a partir del este mes de febrero en aplicación del “rebalanceo tarifario”, que lleva un par de años anunciandose y que finalmente aplicará.
Pero detrás de este aumento no esta necesariamente la Sunass. Aspec lo explica: “Dicha figura impuesta en el 2025 fue, en la práctica, un alza de tarifas extraordinaria promovida por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS), mediante el Decreto Legislativo 1620, norma que claramente vulneró la autonomía del organismo regulador Sunass, y le otorgó mayores ingresos a las empresas prestadoras, sin exigir mejoras en el servicio, obligando a los usuarios a pagar más sin recibir nada a cambio”.
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Así, ante las crecientes expresiones de rechazo de la población y sus autoridades por este tarifazo, “el MVCS trata de desactivar el impacto de la norma que ellos mismos promovieron”. En diciembre se aprobó el DS 009-2025-VIVIENDA, que le otorga la posibilidad a Sedapal y otras empresas prestadoras (EP) de que puedan solicitar a Sunass el prorrateo del incremento por rebalanceo.

“Por ejemplo, en el caso de Sedapal, pudo prorratear el 14,5% de incremento, de la siguiente manera: 7% por el ciento el 2026 y 7,5% en el 2027. Sin embargo, no lo hizo”, observa Aspec.
Sedapal tampoco estaba de acuerdo con el aumento. “Ante esta renuencia de Sedapal de acatar lo dispuesto por el MVCS, el ministro sale a decir públicamente (a mediados de enero) que se estaba trabajando otra norma para postergar hasta junio 2026 el incremento tarifario por rebalanceo. Finalmente, lo único que ha podido hacer mediante la publicacion ayer del DS 002-2026-VIVIENDA es autorizar a las EP para que, solamente a solicitud del usuario, puedan fraccionar el incremento hasta el 2027″, explican desde Aspec.
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Para la asocaición la única forma de prevenir que esta “penosa situación se repita una y otra vez en el futuro es devolver el control de las herramientas regulatorias en materia de tarifas a la Sunass”.

Lo que dijo Sunass
Así, el incremento tarifario para Lima se aplicará desde enero de 2026, pero el impacto en los recibos será visible a partir de febrero.
- Para los usuarios domésticos con un consumo promedio de 16 metros cúbicos mensuales, el aumento será de S/7,70.
- En términos porcentuales, el incremento en Lima oscila entre 12 % para usuarios residenciales (social y doméstico) y 20 % para usuarios no residenciales (estatal, comercial e industrial).
Sin embargo, Sunass ha precisado que “cualquier incremento tarifario debe estar asociado a mejoras concretas y verificables en la calidad del servicio y anunció que intensificará la fiscalización y el seguimiento para asegurar que los recursos adicionales sean utilizados de manera adecuada y en beneficio de los usuarios”.
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