Multas de más de S/2.4 millones para colegios que impongan dónde comprar uniformes y útiles, advierte Indecopi

Además, el organismo precisó que no se puede exigir la entrega total de materiales el primer día ni solicitar productos ajenos al aprendizaje

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A pocas semanas del inicio
A pocas semanas del inicio de clases, el organismo también precisó que no se puede exigir la entrega total de materiales el primer día ni solicitar productos ajenos al aprendizaje. (Composición: Infobae)

A pocas semanas del inicio del Año Escolar 2026, la advertencia del Indecopi irrumpe en un escenario marcado por gastos familiares y decisiones escolares que suelen concentrarse en un corto plazo. El organismo recuerda a la comunidad educativa los límites que fija la normativa y pone el foco en prácticas que, año tras año, generan reclamos entre madres y padres de familia.

El Indecopi informa que, según la normativa vigente, los colegios privados “están prohibidos de exigir la compra de uniformes, materiales o útiles en establecimientos señalados o marcas determinadas”. Esta conducta vulnera el Código de Protección y Defensa del Consumidor y puede recibir sanciones de hasta 450 UIT, equivalentes a S/2.475.000.

Durante el periodo comprendido entre 2021 y 2025, la entidad aplicó 647 sanciones a proveedores del servicio de educación básica regular. En ese lapso, 226 colegios recibieron multas que sumaron 1189.4 UIT a nivel nacional. La autoridad identifica la falta de idoneidad como el hecho infractor más recurrente, con 494 sanciones vinculadas al direccionamiento en la compra de uniformes o útiles y a la falta de respuesta frente a solicitudes de los usuarios.

Entrega de útiles y materiales permitidos

utiles escolares
utiles escolares

El organismo también recuerda que los colegios no pueden exigir la entrega total de los útiles escolares el primer día de clases. La normativa impide solicitar materiales ajenos al proceso educativo, como productos de limpieza, artículos de aseo personal para el aula o insumos destinados al uso del docente.

El plazo de entrega debe seguir un esquema gradual, previsto en el Reglamento Interno de cada institución. Además, ese periodo no puede ser menor a 30 días calendario posteriores al inicio del año escolar, con el objetivo de evitar cargas económicas concentradas en un solo momento.

Textos escolares y participación de las familias

El reglamento de la ley
El reglamento de la ley contempla que habrá alrededor de 20 representantes de los padres de familia por cada región - crédito Andina

En el marco de la campaña escolar, el Indecopi precisa que los colegios no pueden obligar a la compra de textos escolares nuevos o diseñados para un solo uso. La excepción alcanza a los cuadernos de trabajo, tareas o actividades, que se utilizan por única vez debido a su naturaleza.

La entidad recalca, además, que los padres de familia, tutores o apoderados cuentan con el derecho de participar en el proceso de selección de textos escolares cada vez que se evalúa un cambio. Este mecanismo busca transparencia y equilibrio entre la propuesta académica de los colegios y los derechos de los consumidores del servicio educativo.

Cobros prohibidos, útiles, uniformes y cómo denunciar ante Indecopi

Indecopi indicó que el plazo
Indecopi indicó que el plazo para presentar útiles debe ser gradual y nunca menor a 30 días tras el inicio del año escolar. | Andina

El Indecopi también precisó cuáles son los cobros que están expresamente prohibidos. Entre ellos figuran los pagos por bingos, rifas, polladas, colectas o las denominadas “cuotas voluntarias” cuando se presentan como obligatorias. Ninguno de estos conceptos puede exigirse como condición para mantener la matrícula o permitir el ingreso a clases.

Tampoco se puede obligar a los padres a adquirir uniformes escolares en un proveedor específico. Las familias tienen libertad para comprarlos donde consideren conveniente. De igual forma, en las listas de útiles no se puede imponer marcas determinadas, ya que esto podría afectar la economía del hogar.

Otro punto relevante es la inclusión. Cada aula debe reservar dos vacantes para estudiantes con discapacidad, sin que ello implique cobros adicionales por conceptos de adaptación o atención especializada, salvo que se trate de una institución específicamente dedicada a educación especial.

Respecto a situaciones de morosidad, las instituciones educativas no pueden retener libretas de notas, impedir evaluaciones, bloquear el acceso a plataformas virtuales ni exponer públicamente a los alumnos por deudas pendientes.

Para los padres que detecten cobros indebidos o prácticas irregulares, el reclamo virtual de Indecopi es uno de los principales canales de atención. Puede presentarse desde cualquier dispositivo con acceso a internet, incluso de forma anónima.

También se puede llamar al 01 224 7777 en Lima o al 0 800 4 40 40 desde regiones. Las sedes físicas están disponibles en San Borja, Lima Norte y en distintas ciudades del país.

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