
El Indecopi ordenó a Alfin Banco, antes Banco Azteca, devolver más de S/ 264 000 a un ciudadano que fue afectado por operaciones bancarias no reconocidas, tras comprobarse graves irregularidades en la gestión de sus cuentas y en el manejo de su información personal. La decisión fue adoptada por la Sala Especializada en Protección al Consumidor, en segunda y última instancia administrativa.
De acuerdo con la resolución, el banco permitió una serie de acciones sin consentimiento del usuario, entre ellas la apertura indebida de cuentas de ahorros, la modificación no autorizada del correo electrónico registrado en la banca móvil y el procesamiento de 27 cargos no reconocidos, hechos que generaron un perjuicio económico significativo. El caso quedó registrado en la Resolución N.° 3934-2025/SPC-INDECOPI, emitida este 29 de diciembre.
Indecopi detectó cuentas no solicitadas y cargos irregulares en banca móvil

La investigación realizada por el Indecopi determinó que Alfin Banco atribuyó indebidamente cinco cuentas de ahorros al consumidor, sin que este las hubiera solicitado ni autorizado. A ello se sumó la alteración del correo electrónico vinculado a su perfil en la banca móvil, lo que facilitó la ejecución de múltiples movimientos financieros sin conocimiento del titular.
Según el expediente, el banco permitió el cargo de 27 operaciones no reconocidas, situación que vulneró el Código de Protección y Defensa del Consumidor, al trasladar al usuario responsabilidades que no le correspondían. Estas acciones fueron calificadas como métodos comerciales coercitivos y como una falta de idoneidad en el servicio financiero, al obligar al consumidor a asumir prestaciones que nunca contrató.
El monto total que la entidad financiera deberá devolver asciende a S/ 264 179.90, cifra que incluye no solo el dinero correspondiente a las operaciones no reconocidas, sino también comisiones, el Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF) y los intereses legales acumulados desde la fecha en que se realizaron los cargos irregulares.
Además de la devolución del dinero, la resolución ordena a Alfin Banco cancelar las cuentas no solicitadas y rectificar la información personal del usuario en su sistema de banca móvil, a fin de restituir correctamente sus datos y evitar nuevas afectaciones.
De manera paralela, la Sala Especializada en Protección al Consumidor impuso a la entidad financiera una multa de 22.63 UIT, equivalente a S/ 121 070.50, como sanción por las infracciones cometidas. Esta penalidad se suma a las medidas correctivas dispuestas en favor del consumidor afectado.
Alfin Banco ya fue sancionado con más de medio millon de soles en setiembre
Este no ha sido el único episodio que involucró a Alfin Banco durante el 2025. En setiembre, la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales, adscrita al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, impuso a la entidad financiera una multa superior a S/ 660 000 tras comprobar el uso no autorizado de datos personales de al menos dos ciudadanos, sin que el banco pudiera acreditar el origen legal de dicha información.
Según la investigación administrativa, el banco realizó llamadas comerciales y procesó información confidencial de los afectados —como fecha de nacimiento, dirección, ubigeo, número telefónico, nivel educativo y situación laboral— sin contar con el consentimiento correspondiente ni con documentación que sustentara una obtención lícita de los datos, exigencia clave de la Ley de Protección de Datos Personales. La autoridad concluyó que la entidad no logró demostrar que la información hubiera sido recolectada a través de fuentes legítimas.
Desde la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales se precisó que la normativa vigente obliga a las empresas que tratan información privada a probar la legalidad de los mecanismos de recolección y uso, especialmente en el sector financiero. En ese mismo periodo, el organismo informó que solo en lo que va del 2025 se han recibido cerca de 600 denuncias por uso indebido de datos personales, reflejando un aumento sostenido de reclamos vinculados a la protección de la información privada de los ciudadanos.
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