
El Primer Juzgado Constitucional Transitorio de Lima ordenó la prohibición inmediata y cancelación definitiva del uso de caballos en los paseos a carruaje (calesas) en la Plaza Mayor del Centro Histórico de Lima. Esto luego de que la jueza Sara Meza Soria declaró fundada la demanda de amparo del Instituto Peruano de Asesoría Legal del Medio Ambiente y la Biodiversidad (IPALEMA), el mismo que logró un fallo para que la Policía deje de usar caballos para el control de manifestaciones y espectáculos.
En su sentencia, difundida por el portal LP Derecho, la magistrada concluyó que los paseos en carruajes a caballo en la Plaza Mayor es un “espectáculo de entretenimiento público” y, por lo tanto, está prohibida por la Ley 30407, Ley de Protección y Bienestar Animal. Esta norma establece como prohibición “la utilización de animales en espectáculos de entretenimiento público o privado donde se obligue o condicione a los animales a realizar actividades que no sean compatibles con su comportamiento natural o se afecte su integridad física y bienestar”.
La Municipalidad Metropolitana de Lima, dice la jueza, al autorizar esta actividad, asumió una “posición de garante del bienestar” de los animales. Sin embargo, se advierte que la comuna “se ha limitado a verificaciones formales que no responden a lo exigido por la Ley 30407”. Esto a raíz de que entre 2019 y 2022 solo se realizaron dos inspecciones sanitarias a los caballos.

Riesgos para los caballos
La jueza coincide con Ipalema y advierte que los caballos están expuestos a jornadas prolongadas, tracción de calesas pesadas sobre pavimento duro, exposición a altas temperaturas, contaminación ambiental y sonora, y estrés por el bullicio del centro de Lima.
“El impacto repetitivo sobre superficie dura (pavimento) podría ocasionar lesiones en articulaciones y extremidades, especialmente cuando se sostiene durante jornadas prolongadas y con carga considerable”, advierte la jueza.
Además, la magistrada cuestiona la falta de control sobre las jornadas de trabajo y el peso jalado por los caballos, así como la ausencia de supervisión in situ que verifique el cumplimiento de los descansos y la rotación de los animales. “No existe en autos (expediente) constancia de que se ejerza control efectivo sobre el cumplimiento de estas condiciones”, se lee en la resolución.
El fallo también se apoya en jurisprudencia internacional y comparada. Y es que ciudades como Chicago, Montreal, Bruselas y Málaga han prohibido los carruajes a caballo por el bienestar de los animales. “Estas prohibiciones validan que los riesgos asociados al pavimento duro, la contaminación urbana, el estrés del tráfico y las temperaturas extremas son reconocidos internacionalmente como incompatibles con el bienestar animal”, sostiene.

Por todo ello, el Primer Juzgado Constitucional Transitorio de Lima declaró fundada la demanda y ordenó “el cese inmediato y la cancelación definitiva de cualquier tipo de autorización, licencia o permiso que permita el uso de caballos en el servicio de paseo turístico en calesas en la Plaza Mayor del Centro Histórico de Lima, al constituir una práctica incompatible con el deber constitucional de protección y bienestar animal”.
Lo que sigue
Cabe precisar que se trata de una sentencia de primera instancia. Infobae pudo conocer que la Municipalidad de Lima apeló el fallo y el caso irá a una Sala Constitucional.
También cabe el escenario de que se solicite la ejecución inmediata de la sentencia. En ese escenario, la MML estará en la obligación de suspender los paseos en carruajes a caballo en la Plaza Mayor de Lima.
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