Este 27 de noviembre, la Sala Penal Especial de la Corte Suprema decidió absolver al expresidente Pedro Castillo de los delitos de abuso de autoridad y grave perturbación de la tranquilidad pública, al concluir que la conducta del expresidente —expresada en el mensaje a la Nación del 7 de diciembre de 2022— no encaja en los supuestos típicos exigidos por esos tipos penales.
Durante la lectura del fallo, el tribunal señaló que, aunque el mensaje difundido por Castillo generó una evidente alarma social, este no puede ser considerado como una comunicación falsa o inexistente, condición indispensable para configurar el delito de perturbación de la tranquilidad pública basado en la difusión de información irreal.
“Las circunstancias que se anunciaron en el mensaje de la nación el día 7 de diciembre del 2022, no pueden ser valoradas como difusión opuesta en conocimiento de un hecho o situación falsa o inexistente, toda vez que la resolución criminal del acusado José Pedro Castillo Terrones, expresidente, revela una seria decisión para atentar contra el orden constitucional, conforme ampliamente se ha desarrollado”, precisó la magistrada.
El tribunal sostuvo que el contenido del mensaje —el anuncio del cierre inconstitucional del Congreso, la intervención del sistema de justicia y la instauración de un régimen de excepción— respondía a una decisión real, previamente planificada por Castillo y sus entonces colaboradores.

Por ello, aunque los anuncios generaron alarma pública, no constituían hechos ficticios, sino parte del desarrollo típico del delito principal: la conspiración para la rebelión, que sí fue acreditada y constituye el eje de la condena.
En consecuencia, la Sala concluyó que la conducta atribuida no es típica bajo las figuras de abuso de autoridad ni de grave perturbación de la tranquilidad pública, y dispuso la absolución por ambos cargos
Condena de casi 12 años para Castillo y Chávez
El Poder Judicial de Perú condenó al expresidente Pedro Castillo a 11 años, cinco meses y 15 días de prisión, tras hallarlo responsable del delito de conspiración para la rebelión por su intento de disolver el Congreso y anunciar un gobierno de excepción el 7 de diciembre de 2022. La Sala Penal Especial de la Corte Suprema concluyó que Castillo lideró un plan coordinado para quebrar el orden constitucional, luego de descartar los argumentos de su defensa, que alegó persecución política y la inexistencia de un golpe ejecutado.
El tribunal argumentó que existió una decisión seria y real de alterar el sistema democrático desde el cargo de presidente, en abierta violación del marco constitucional. La sentencia también contempla dos años de inhabilitación para ejercer funciones o cargos públicos, incluso aquellos obtenidos por elección popular.
Castillo deberá, además, afrontar el pago de una reparación civil de S/ 12 millones (más de USD 3,5 millones) por concepto de daño extra-patrimonial, suma que también alcanzará a Aníbal Torres y Betssy Chávez. Ambos recibieron condenas diferenciadas: Torres, seis años y ocho meses de prisión más inhabilitación para ejercer cargo público; Chávez, 11 años, once meses y 15 días de prisión, además de una inhabilitación de dos años.
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