
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) ha intervenido a la cooperativa de ahorro y crédito La Esperanza de Marcona, ubicada en Nazca, Ica, por causal de pérdida total de capital social y de la reserva cooperativa.
La Superintendencia determinó, sobre la base de los últimos estados financieros reportados por la Coopac Marcona al 30 de septiembre de 2025, que esta tenía un patrimonio negativo del orden de S/40 millones 873 mil 339,95, como resultado de las pérdidas del ejercicio y de las pérdidas acumuladas, mostrando de tal forma, que entraba dentro de la causal para intervención.
Según el Reglamento de Regímenes Especiales, la intervención dispuesta tendrá una duración máxima de 45 días calendario. Sin embargo, esto no significa que la coopac será disuelta. Como ha pasado anteriormente, algunas entidades han salido de esta intervención.

SBS interviene coopac en Ica
En un comunicado de la SBS a los socios de la Cooperativa de ahorro y crédito La Esperanza de Marcona señaló las razones en que se intervenía esta coopac.
“De acuerdo con el mandato constitucional de cautelar el ahorro, y en estricta aplicación de la Ley N° 30822 (Ley COOPAC), que otorgó a la SBS la competencia de supervisar el sistema cooperativo de ahorro y crédito desde enero de 2019, mediante Resolución SBS N° 04049-2025, se ha dispuesto el sometimiento al régimen de intervención de la Cooperativa de ahorro y crédito La Esperanza de Marcona, por encontrase incursa en la causal de pérdida total del capital social y la reserva cooperativa“, aclaró.
Asimismo, esta intervención implica, entre otras consecuencias, la suspensión de sus operaciones, y la aplicación de las siguientes prohibiciones:
- Iniciar contra la cooperativa intervenida procesos judiciales o administrativos para el cobro de acreencias a su cargo
- Perseguir la ejecución de resoluciones judiciales dictadas contra la cooperativa intervenida
- Constituir gravámenes sobre alguno de los bienes de la cooperativa intervenida, en garantía de las obligaciones que le conciernen
- Hacer pagos, adelantos o compensaciones, o asumir obligaciones por cuenta de la cooperativa intervenida, con los fondos o bienes que le pertenezcan y se encuentren en poder de terceros. Constituir medidas cautelares contra bienes de la cooperativa intervenida.

Así se llevará a cabo la intervención
De igual manera, la SBS ha designado a sus representantes y les ha otorgado las facultades necesarias para llevar a cabo el proceso de intervención. “Asimismo, conforme a Ley, convocarán a una Asamblea General que tiene por única finalidad informar a los delegados sobre la declaración de intervención, sus efectos y el plazo máximo legal para levantar dicha causal, a satisfacción de la Superintendencia, conforme al marco legal vigente”, aclara la SBS.
esta convocatoria indicará fecha, hora y la agenda de la sesión, y se publicará en el diario oficial El Peruano y en un diario de la región Ica, donde se encuentra el domicilio legal de la Cooperativa.
Mientras, los socios cooperativos podrán realizar sus consultas a través de los siguientes canales de atención:
- Línea telefónica gratuita a nivel nacional: 0-800-10840 (en el horario de lunes a viernes de 8:30 a 17:30)
- Buzón de consultas en en siguiente nelace: https://www.sbs.gob.pe/usuarios/consultas.
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