
El congresista de Honor y Democracia, José Cueto, ha solicitado a la directora ejecutiva de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI) que evalúe iniciar un proceso disciplinario sancionador contra Ideele y la CNDDHH (Coordinadora Nacional de Derechos Humanos)
El motivo, según el legislador, sería “la comisión de presuntas infracciones muy graves, conforme a la Ley N.º 32301, que modifica la Ley 27692, Ley de Creación de la APCI”. En este caso menciona que se dio uso indebido:
“De los recursos y donaciones de la cooperación técnica internacional o aplicar los mismos a fines distintos para los cuales fueron previstos. Entre otros, constituye uso indebido, utilizar los citados recursos para asesorar, asistir o financiar, de cualquier forma, o impedir, inducir o instigar a la realización de otra naturaleza, en instancias nacionales o internacionales, contra el Estado peruano, sin la sustentación actividades o el uso de los recursos inicialmente programados sin la sustentación correspondiente”.
Específicamente, retrata que ambas organizaciones: “solicitaron con carácter de urgencia la elección de una nueva persona a cargo de la Fiscalía de la Nación de forma interina en reemplazo de Tomás Gálvez, quien consideran no cumple con el requisito constitucional de ser y parecer independiente, sino que, por el contrario, incluso, es un actor político”.

“Lo cual demostraría que, presuntamente, se estarían utilizando recursos de la cooperación técnica internacional, para fines políticos ajenos a su fin original, como iniciar procedimientos administrativos y judiciales, que concluyan con la destitución del actual Fiscal de la Nación”, añade.
Corte IDH advierte riesgo de represalias indirectas
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) notificó una resolución al Estado peruano en la que exige garantizar que las víctimas de graves violaciones de derechos humanos mantengan el derecho a ser representadas por las organizaciones que las respaldan.
El tribunal internacional alertó que la Ley APCI, recientemente aprobada por el Congreso, podría convertirse en una herramienta de represalia indirecta contra las ONG que defienden a quienes sufrieron graves afectaciones a sus derechos fundamentales.
Según la Corte, “la sola posibilidad de sanción constituye una violación del artículo 53 del Reglamento de la Corte y del derecho de las víctimas a elegir libremente a su defensa en función de la confianza y la capacidad técnica”.

La resolución se deriva de medidas provisionales solicitadas por la Asociación Pro Derechos Humanos (APRODEH) y la Comisión de Derechos Humanos (COMISEDH) en el Caso Gamboa García Vs. Perú.
Ambas organizaciones indicaron que el proyecto de ley representaba una situación de extrema gravedad y urgencia al amenazar la capacidad de acceso a la justicia. El tribunal enfatizó que la imposición de sanciones podría disuadir a las organizaciones de continuar con la defensa legal de las víctimas.
En paralelo, periodistas, editores y entidades internacionales firmaron una declaración conjunta con la que denuncian que la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI) podría restringir el trabajo periodístico y de investigación. El documento sostiene que la normativa impide destinar recursos de cooperación a acciones legales contra el Estado, incluso sobre acceso a información pública utilizada por el periodismo de investigación.
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