
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó una nueva escala remunerativa para los servidores de apoyo a la función fiscal y administrativo del Ministerio Público, en el marco de la Ley N° 32263, que autoriza la actualización de los ingresos de este personal sujeto al régimen laboral del Decreto Legislativo N° 728 (Ley de Formación y Promoción Laboral). La medida, oficializada mediante el Decreto Supremo N° 241-2025-EF, fue publicada el 5 de noviembre en el diario oficial El Peruano y marca el reajuste salarial más importante en los últimos años para este grupo de trabajadores del sector público.
El documento lleva la firma del presidente de la República, José Jerí, y de la ministra de Economía y Finanzas, Denisse Azucena Miralles Miralles, quienes refrendaron la disposición luego de la evaluación técnica y presupuestal correspondiente. Según el MEF, la actualización forma parte del proceso de armonización de las remuneraciones dentro del aparato estatal y busca reconocer la responsabilidad funcional del personal de apoyo del Ministerio Público, que cumple tareas administrativas y logísticas vinculadas a la labor fiscal.
La decisión responde a una necesidad identificada desde 2019, año en que se consolidó la anterior escala de ingresos. Desde entonces, diversos incrementos parciales fueron aplicados mediante decretos supremos en 2022, 2023 y 2024. Ahora, con esta norma, se formaliza una nueva estructura salarial que integra esos aumentos previos y establece los nuevos montos base para cada categoría laboral.
Nueva estructura salarial del Ministerio Público
De acuerdo con el Decreto Supremo N° 241-2025-EF, la nueva escala remunerativa entrará en vigencia para todos los trabajadores de apoyo a la función fiscal y administrativo del Ministerio Público. Los sueldos se clasifican por niveles y cargos, con una diferencia significativa entre los puestos directivos, profesionales, técnicos y auxiliares.
Los directivos serán los principales beneficiados con los aumentos más altos, alcanzando montos superiores a los S/ 15 mil mensuales en el caso de la Gerencia General. El cuadro de remuneraciones queda establecido de la siguiente manera:
- Gerente General / Jefe del Instituto de Medicina Legal (Directivo 7): S/ 15.600
- Gerente Central / Secretario General (Directivo 6): S/ 14.442
- Gerente / Procurador Público (Directivo 5): S/ 13.000
- Subgerente (Directivo 4): S/ 11.362
- Asesor, Administrador o Procurador Adjunto (Directivo 3): S/ 8.973
En el nivel profesional, los incrementos también son relevantes y reflejan la importancia de las funciones especializadas dentro del Ministerio Público:
- Abogado, Analista o Médico (Profesional 6): S/ 7.183
- Biólogo, Psicólogo, Químico Farmacéutico, Tecnólogo Médico o Especialista Administrativo (Profesional 5): S/ 6.052
Por su parte, los técnicos y auxiliares tendrán sueldos reajustados de la siguiente manera:
- Operador Administrativo o Programador (Técnico 6): S/ 5.256
- Asistente Administrativo (Técnico 5): S/ 4.962
- Asistente Médico Legal o Técnico Necropsiador (Técnico 5): S/ 4.471
- Auxiliar Administrativo (Auxiliar 1): S/ 3.842

Condiciones, límites y excepciones
El decreto también establece un conjunto de reglas para garantizar el uso adecuado de los recursos públicos y evitar duplicidades en los pagos. En ningún caso los servidores del Ministerio Público comprendidos en esta escala podrán percibir montos superiores a los establecidos oficialmente.
Además, la norma dispone que los únicos conceptos adicionales permitidos serán:
- Una gratificación por Fiestas Patrias.
- Una gratificación por Navidad.
- Una bonificación por escolaridad.
- Compensación por Tiempo de Servicios (CTS).
- Asignación familiar.
Cualquier otro tipo de ingreso extra —como bonificaciones, incentivos o compensaciones económicas adicionales— queda expresamente prohibido, salvo aquellos que se otorguen posteriormente en el marco de la Ley N° 31188, que regula la negociación colectiva en el sector estatal.

El MEF precisó que la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos será la encargada de registrar automáticamente los nuevos montos en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP). Asimismo, se eliminarán de ese registro los conceptos que ya han sido integrados dentro de la nueva escala remunerativa, con el fin de mantener la transparencia y uniformidad en las planillas del Estado.
Financiamiento y alcance
En cuanto al financiamiento, la disposición señala que el incremento no demandará recursos adicionales al Tesoro Público. Todo el reajuste será cubierto con cargo al presupuesto institucional del Ministerio Público, tal como lo estableció el informe técnico de la Oficina General de Planificación y Presupuesto.
De esta manera, el aumento salarial no representa un gasto extraordinario para el erario nacional, sino una reorganización interna de recursos dentro del propio pliego presupuestal del Ministerio Público. El MEF indicó que la medida fue evaluada en función de criterios de sostenibilidad fiscal y se encuentra alineada con la política de contención del gasto público.

Finalmente, el decreto dispone la derogación del Decreto Supremo N° 409-2019-EF, que fijaba la anterior escala de ingresos, manteniendo únicamente vigente su artículo 3, que establece que el 40% de la escala de ingresos está afecto a carga social. Con ello, se da por concluido el esquema remunerativo previo y se oficializa una nueva estructura salarial que, según el MEF, moderniza la política de compensaciones en el Ministerio Público y reconoce la labor de los trabajadores administrativos que sostienen la operatividad del sistema fiscal en todo el país.
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