PedidosYa y hamburguesería son amonestados por publicidad engañosa sobre descuentos y combos

Se concluyó que ambas empresas incurrieron en actos de engaño al difundir anuncios con información inexacta sobre el contenido y los descuentos de sus promociones. Indecopi ordenó el retiro de la publicidad y su registro como infractores

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La Bar-B-Q Burger Doble, uno
La Bar-B-Q Burger Doble, uno de los productos observados en la resolución de Indecopi. Foto: Up Burger

El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) sancionó a PedidosYa y a la cadena Up Burger con una amonestación por difundir anuncios que inducían a error a los consumidores sobre promociones y descuentos. La medida incluye la inscripción de ambas empresas en el Registro de Infractores y el cese definitivo de las publicidades cuestionadas, que fueron difundidas en redes sociales y en la propia aplicación de PedidosYa.

De acuerdo con la Resolución N° 101-2025/CCD-INDECOPI, accedida en primicia por Infobae Perú, la Asociación de Protección y Defensa al Consumidor Qawaq denunció que las promociones de los productos “Combo Classic Up” y “Bar-B-Q Burger Doble” no correspondían con lo realmente ofrecido ni con los descuentos anunciados. Tras el análisis del caso, la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal concluyó que ambas empresas incurrieron en actos de engaño según lo previsto en el artículo 8 del Decreto Legislativo N.º 1044 – Ley de Represión de la Competencia Desleal.

Publicidad que ofrecía más de lo que entregaba

La denuncia presentada en agosto de 2023 se originó por un anuncio publicado en Facebook, donde se ofrecía el “Combo Classic Up” a S/ 7,90, señalando un precio regular de S/ 20,00. La publicidad mostraba una hamburguesa, papas fritas y una gaseosa Coca-Cola, lo que hacía pensar al consumidor que esos tres elementos integraban el combo. Sin embargo, el producto entregado solo incluía la hamburguesa y las papas fritas, sin la bebida anunciada.

Además, la asociación denunció que el aviso no informaba sobre las condiciones de compra, pues para acceder a la promoción era obligatorio alcanzar un monto mínimo de S/ 11,90, requisito que no se mencionaba en la publicación. Este tipo de omisiones, según la Comisión, constituye una forma de inducción a error al consumidor respecto a las condiciones reales del producto ofertado.

PedidosYa sostuvo que los porcentajes
PedidosYa sostuvo que los porcentajes se redondeaban por uso habitual en el mercado, pero el Indecopi recordó que toda cifra publicitaria debe estar previamente comprobada y respaldada. Foto: difusión

Descuentos inflados en la aplicación

La investigación también reveló que los porcentajes de descuento mostrados eran mayores a los reales. Por ejemplo, PedidosYa y Up Burger anunciaban un 36% de descuento en el “Combo Classic Up”, cuando en realidad era de 35,5%; un 17% en el “Bar-B-Q Burger Doble”, cuando correspondía a 16,6%; y un 56% en el “Peya Combo Classic Up”, cuando el cálculo correcto era 55,5%. Aunque las diferencias parecen pequeñas, el Indecopi sostuvo que alteraban la percepción del consumidor y generaban una ventaja competitiva basada en información inexacta.

PedidosYa argumentó que los descuentos eran redondeados según prácticas comunes en el mercado, pero la Comisión precisó que, al tratarse de información objetiva y comprobable, los anunciantes están obligados a sustentar previamente la veracidad de sus afirmaciones antes de difundir cualquier mensaje comercial.

Alegatos y defensa de las empresas

Durante el proceso, PedidosYa señaló que su papel era solo el de intermediario tecnológico entre los restaurantes afiliados y los usuarios, por lo que no debía ser considerado anunciante. Sin embargo, el Indecopi comprobó que, al haberse difundido el anuncio desde la cuenta oficial de Facebook del servicio de delivery, y al incluir su logotipo en la pieza gráfica, la empresa sí participó activamente en la comunicación del mensaje. En consecuencia, la Comisión determinó que PedidosYa compartía responsabilidad con Up Burger en la publicidad cuestionada.

Por su parte, Up Burger no presentó descargos durante el procedimiento, lo que llevó a la autoridad a resolver el caso sobre la base de la evidencia documental. En ambos casos, la Comisión estableció que las piezas promocionales transmitían de manera explícita una información falsa respecto del contenido del combo, lo cual constituye un acto de engaño sancionable.

PedidosYa sostuvo que únicamente actuaba
PedidosYa sostuvo que únicamente actuaba como una plataforma digital que conectaba a los comercios con los clientes, y que, por esa razón, no correspondía atribuirle la condición de anunciante. Foto: difusión

Decisión final: PedidosYa y Up Burger amonestados

En su resolución, la Comisión declaró fundada la denuncia contra ambas empresas y ordenó el cese definitivo de la difusión de las promociones observadas hasta que se garantice que reflejen fielmente las condiciones de venta.

Además, impuso una amonestación formal a PedidosYa y Up Burger, medida que incluye su registro como infractores ante la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal. El fallo también obliga a las empresas a asumir las costas y costos del procedimiento iniciados por la Asociación Qawaq.