Beca de orfandad en Perú: Congreso plantea otorgar becas completas a huérfanos desde inicial hasta la universidad

La iniciativa norma actualizaría una ley vigente desde 1983 y busca garantizar la continuidad educativa de niños y jóvenes que han perdido a sus padres, cubriendo matrícula y pensiones en instituciones públicas y privadas

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Una nueva propuesta legislativa busca cambiar el panorama educativo para miles de niños y jóvenes que han perdido a sus padres. El congresista Américo Gonza Castillo, del grupo parlamentario Perú Libre, presentó un proyecto de ley que plantea otorgar becas integrales para estudiantes huérfanos en los niveles básico, técnico y universitario, tanto en instituciones públicas como privadas. La iniciativa tiene como objetivo evitar que la falta de recursos económicos se convierta en un obstáculo para continuar sus estudios y garantizar que puedan culminar su formación en el mismo centro educativo donde ya se encontraban matriculados.

El proyecto, que lleva por título Ley que garantiza la continuidad de los estudios para las personas que quedan en orfandad mediante otorgamiento de becas, propone un marco legal autónomo y permanente, actualizando una normativa que se mantenía vigente desde 1983. En ese entonces, la Ley 23585 solo beneficiaba a estudiantes de colegios y universidades privadas, sin contemplar la realidad de los institutos técnicos ni las nuevas modalidades educativas. Hoy, la propuesta busca responder a las condiciones actuales del sistema educativo y reducir las tasas de abandono escolar y universitario entre los sectores más vulnerables.

Becas integrales para estudiantes en situación de orfandad

De aprobarse la norma, los niños, adolescentes y jóvenes huérfanos que cursen estudios en colegios, institutos o universidades —ya sean públicas o privadas— tendrán derecho a una beca completa que cubra su matrícula y pensiones hasta la culminación del nivel educativo correspondiente. Para acceder al beneficio, deberán acreditar su situación de orfandad y falta de recursos económicos, presentando la documentación ante su institución educativa.

La propuesta establece que el Ministerio de Educación (Minedu) será la entidad encargada de reglamentar y supervisar la aplicación de la ley, con un plazo máximo de 30 días desde su publicación en el diario oficial El Peruano. Asimismo, las becas podrán suspenderse temporalmente en caso de bajo rendimiento o mala conducta, aunque podrán ser recuperadas si el estudiante mejora su desempeño. Solo en casos de expulsión definitiva se perderá el beneficio por completo.

Según datos de la Defensoría del Pueblo, más de 46 mil escolares abandonaron sus estudios en un solo año, mientras que Unicef estima que alrededor de 700 mil niños y adolescentes dejaron el sistema educativo por motivos económicos. Frente a esta realidad, la ley busca que la orfandad no sea un factor más de exclusión educativa, garantizando que ningún estudiante pierda la oportunidad de terminar sus estudios por falta de apoyo económico o familiar.

La medida no generaría gasto público, pues los costos serían asumidos por las instituciones privadas, mientras que el Estado cumpliría un rol de regulación y fiscalización. Este modelo de corresponsabilidad, señala la exposición de motivos, ha demostrado ser eficiente y sostenible en otros países de la región, según estudios de la CEPAL y la OCDE.

Actualización de una ley vigente desde 1983

Ley exige que universidades privadas
Ley exige que universidades privadas otorguen becas integrales a los estudiantes que queden en orfandad. (Foto: Andina)

El congresista Gonza argumenta que la legislación existente —la Ley 23585 y la disposición transitoria de la Ley 29837, que creó el programa Pronabec— resultan insuficientes frente a los cambios del sistema educativo peruano. Por ello, el proyecto plantea consolidar un régimen legal independiente, que elimine duplicidades y brinde seguridad jurídica tanto a los estudiantes beneficiarios como a las instituciones que otorgan las becas.

El texto señala que el nuevo marco normativo está en línea con el artículo 13 de la Constitución Política, que reconoce a la educación como un derecho fundamental y exige al Estado garantizar la igualdad de oportunidades. También se vincula con las Políticas de Estado del Acuerdo Nacional, específicamente con la Política 11 (promoción de la igualdad de oportunidades sin discriminación) y la Política 12 (acceso universal a la educación pública gratuita y de calidad).

Asimismo, el proyecto se encuentra alineado con la Agenda Legislativa 2024–2025, que prioriza temas relacionados con la educación, la equidad social y la protección de la infancia y la juventud. De acuerdo con la iniciativa, su implementación permitiría reducir las brechas de desigualdad, fortalecer la cohesión social y garantizar la permanencia educativa de los estudiantes huérfanos en todo el país.