
La reciente declaratoria del estado de emergencia en Lima y Callao no establece el cierre ni la modificación del horario de atención de bares, discotecas y negocios nocturnos para el periodo que incluye el viernes 31 de octubre, fecha en la que se celebran Halloween y el Día de la Canción Criolla.
El decreto, publicado recientemente en el diario oficial El Peruano, restringe derechos fundamentales como la libertad de tránsito y reunión, pero hasta el momento no impone limitaciones específicas a estos sectores comerciales.
De acuerdo al Decreto Supremo n.º 124-2025-PCM, emitido por el Poder Ejecutivo, el estado de emergencia rige en la capital y el primer puerto por 30 días a partir del miércoles 22 de octubre.
La normativa se orienta al refuerzo de la seguridad ciudadana y la contención de la criminalidad organizada. Dentro del texto no se encuentran disposiciones expresas que ordenen el cierre, reducción de horarios o suspensión de operaciones para bares, discotecas, restaurantes, rooftops ni otros establecimientos similares económicos.
El documento legal menciona la restricción o suspensión de derechos como libertad de tránsito y libertad de reunión. Sin embargo, la interpretación institucional y la práctica durante anteriores estados de emergencia indican que las restricciones aplican principalmente a concentraciones públicas, que puedan incidir en la seguridad o el orden público.
Funcionamiento de los negocios
La omisión explícita de restricciones para bares, discotecas y otros puntos de recreación nocturna se vincula con la intención de las autoridades de evitar un impacto negativo inmediato sobre el empleo, los ingresos fiscales y la cadena de proveedores. Aunque podrían necesitar de algún permiso para operar ese día.

Las actividades económicas de estos rubros representan una fuente relevante de trabajo, por lo que la continuidad de sus operaciones durante Halloween y el Día de la Canción Criolla se mantiene garantizada bajo las condiciones actuales del decreto.
Empresas del sector han constatado su funcionamiento habitual, mientras que la ciudadanía muestra inquietud en redes sociales ante la proximidad de las festividades.
El Consejo de Ministros y la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) aún no han emitido regulaciones complementarias ni ajustes al horario comercial. Hasta que ello no ocurra, la orden vigente mantiene habilitado el desarrollo de los negocios nocturnos y de entretenimiento.

Alcance de las restricciones
Las dudas sobre la eventual inclusión de restricciones surgieron tras el anuncio efectuado por el presidente José Jerí, quien lideró la presentación de la medida de emergencia y detalló la prioridad por la protección de los ciudadanos frente a situaciones delictivas.
Usuarios en redes y en espacios públicos consultaron si las celebraciones del 31 de octubre verían afectado el desarrollo de las actividades comerciales relacionadas con eventos y celebraciones.
A travé de las normas legales de El Peruano, se observa que el decreto no realiza mención específica a ningún tipo de negocio ni actividad comercial vinculada con la nocturnidad o el entretenimiento.

Tampoco incorpora instrucciones sobre la modificación de horarios. “Los negocios mantendrán su funcionamiento normal. Cualquier eventual ajuste en sus horarios será comunicado previamente por el Gobierno”, aconsejaron fuentes cercanas al Ejecutivo.
De acuerdo con la versión completa del texto legal, los controles estarán centrados en la prevención de delitos, patrullaje conjunto de la Policía Nacional del Perú (PNP) y las Fuerzas Armadas. Esto no implica una prohibición para que discotecas, bares o rooftops atiendan en sus horarios habituales, ni limita la afluencia en establecimientos gastronómicos y de socialización.
Contexto de celebración
Con las celebraciones de Halloween y el Día de la Canción Criolla próximas—ambas el viernes 31 de octubre—las expectativas del sector son elevadas. Estas fechas tradicionalmente suponen una mayor afluencia de público en los negocios nocturnos de Lima y Callao.

Por ahora, la industria espera mantener sus calendarios y actividades conforme a lo previsto, sin restricciones extraordinarias notificadas oficialmente.
El estado de emergencia abarca un periodo de 30 días calendario, con opción a prórroga, y se mantendrá la vigilancia sobre los anuncios que puedan modificar la operatividad de los establecimientos en el futuro próximo.
Las autoridades han reiterado su compromiso de anunciar inmediatamente cualquier variación en las disposiciones generales para que los negocios puedan ajustar sus operaciones sin contratiempos.
El control de las fuerzas del orden se enfocará en la prevención de actos ilícitos y el restablecimiento del orden en zonas consideradas de riesgo por las fuerzas del comando unificado. De momento, no existe notificación de cese o restricción para locales nocturnos ni hostelería, lo que permite anticipar la celebración de Halloween y del Día de la Canción Criolla conforme a lo acostumbrado en años previos.
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