
A medida que se aproxima el final del año, muchas familias y trabajadores en Perú comienzan a organizar sus próximas vacaciones y actividades de descanso. La expectativa crece en torno a los días libres que ofrece el calendario para aprovechar momentos de ocio y reuniones.
En noviembre de 2025, el calendario nacional señala un feriado relevante: el Día de Todos los Santos, que se celebrará el sábado 1. Esta fecha representa una oportunidad para quienes desean extender el fin de semana o planificar escapadas cortas mientras se acerca la recta final del año.
Día de Todos los Santos
En el Perú, el Día de Todos los Santos ha dejado de ser solo una expresión religiosa para convertirse en una fecha que reúne a comunidades enteras en torno a la tradición y el recuerdo. Esta transformación en el sentido de la celebración manifiesta la intención de integrar el respeto por las figuras sagradas con la memoria colectiva de quienes fueron parte fundamental de las familias y barrios.
El 1 de noviembre, los cementerios del país se llenan de flores, velas y objetos que evocan la presencia de los ausentes, en un ejercicio de renovación de lazos y homenaje a la historia familiar.

La elección de esa fecha tiene su origen en acontecimientos históricos y decisiones del papado durante la Edad Media. El papa Gregorio III, que condujo la Iglesia católica entre el 731 y el 741, promovió la instauración de esta festividad tras consagrar una capilla en honor a todos los santos en la Basílica de San Pedro.
Ese gesto marcó el inicio de la conmemoración, que luego se integró formalmente al calendario litúrgico. La fijación de la fecha respondió también al propósito de cristianizar celebraciones de raíz pagana, como el Samhain o Año Nuevo Celta, que coincidían con ese periodo del calendario.
En el Perú, la festividad fue asumida como propia, sumando prácticas religiosas y gestos culturales, lo que permitió a las familias rendir homenaje tanto a santos reconocidos por la Iglesia como a seres queridos que han fallecido. Así, cada año, el Día de Todos los Santos se reafirma como un momento de encuentro y diálogo entre creencias, memoria y expresión cultural.

¿Cuánto me deben pagar si trabajo esa fecha?
Las personas que laboren el 8 de octubre tienen derecho a una retribución especial según lo establece la ley. Si no se les otorga un día de descanso compensatorio, el empleador deberá abonar un monto equivalente al triple de la remuneración diaria por esa jornada. El cálculo comprende tres componentes diferentes:
- El pago por el feriado, equivalente al salario diario ordinario
- Un abono adicional por haber trabajado ese día
- Una sobretasa del 100 %, es decir, otro monto igual al salario diario por laborar un feriado
En consecuencia, quienes trabajen el 8 de octubre, y no cuenten con descanso compensatorio, recibirán únicamente por ese día el triple de su salario diario.
Para calcular este valor, se divide el sueldo mensual entre 30 días. Por ejemplo, si el salario mensual es de S/1.500, ello representa S/50 diarios. Así, si se trabaja el 8 de octubre sin descanso compensatorio, se pagará:
- S/50 correspondientes al feriado (incluido en el sueldo mensual)
- S/50 por presentarse a laborar ese día
- S/50 adicionales como sobretasa
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