
En el transcurso del 2025, la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal del Indecopi ha desplegado una intensa labor de supervisión para garantizar la transparencia en el mercado. Hasta la fecha, se han iniciado 1.416 investigaciones preliminares por presuntos casos de competencia desleal, además de 134 procedimientos administrativos, de los cuales 112 fueron impulsados por denuncias y 22 de oficio. Estas acciones reflejan el compromiso de la entidad en la defensa de la competencia justa y en la protección de los consumidores.
La información fue presentada durante la videoconferencia “Leal competencia en los mercados digitales”, encabezada por el presidente ejecutivo del Indecopi, Alberto Villanueva Eslava, quien destacó la labor de la Comisión en un entorno cada vez más influenciado por la publicidad en línea. El encuentro puso de relieve la importancia de fortalecer la vigilancia frente a nuevas modalidades de comunicación comercial y a los retos que representan las plataformas digitales.
Fiscalización en el entorno digital
Durante la conferencia, se abordaron temas vinculados a la publicidad en redes sociales, el comportamiento de los influencers en sus colaboraciones comerciales y la prevención del greenwashing, práctica en la que una empresa se presenta falsamente como ecológica o sostenible. También se resaltó la importancia de proteger a los consumidores frente a mensajes publicitarios engañosos que circulan en los entornos digitales.
El evento contó con la participación de Bruna Tiussu, representante del Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente; Andrea Vega, de Consumers International; Abelardo Aramayo, secretario técnico de la CCD; y Edgar Vilela, jefe de la Oficina Regional del Indecopi en Piura. La jornada fue clausurada por Ana María Capurro, presidenta de la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal, quien reafirmó la necesidad de continuar promoviendo prácticas comerciales éticas en todos los sectores.

Promoción del consumo responsable
Como parte de sus acciones complementarias, el Indecopi presentó el audiolibro de la Guía sobre Publicidad Ambiental, una herramienta educativa disponible en Spotify, el cual podrás escuchar a través de ESTE LINK. Este lanzamiento busca fomentar un consumo responsable y accesible, además de difundir información sobre cómo evitar la publicidad engañosa relacionada con la sostenibilidad.
La guía también está disponible en español, quechua chanka y aimara, con el objetivo de llegar a más ciudadanos y empresas. El formato en audiolibro facilita su acceso a personas con discapacidad visual y a quienes prefieren la modalidad auditiva, contribuyendo a fortalecer una cultura de respeto por la leal competencia y de responsabilidad ambiental en el mercado peruano.
¿Qué es la competencia desleal para el Indecopi?
La competencia desleal, para el Indecopi, es todo acto u omisión practicado en el ámbito comercial que contravenga la buena fe empresarial y que pueda afectar, de forma real o potencial, el funcionamiento normal y correcto del mercado. Esta idea está contenida en el Decreto Legislativo 1044, la Ley de Represión de la Competencia Desleal, la cual establece que no es necesario demostrar un perjuicio concreto para que una conducta sea sancionable, basta con que esa conducta tenga capacidad para distorsionar la competencia o confundir al consumidor.
Tal normativa aplica a cualquier agente, sea persona natural o jurídica, pública o privada, que realice una actividad económica en el mercado. La ley también contempla que estos actos pueden desarrollarse incluso mediante publicidad y en distintos medios, siendo irrelevante que la práctica sea habitual o no.

Indecopi, a través de su Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal (CCD), tiene la tarea de supervisar que las prácticas del mercado se ajusten a este marco legal. Los “Lineamientos sobre Competencia Desleal y Publicidad Comercial” publicados recientemente recogen criterios aplicados por la CCD y por la Sala Especializada en Defensa de la Competencia, facilitando la interpretación de la norma y promoviendo que las empresas operen con transparencia y responsabilidad.
Entre las modalidades típicas de competencia desleal sancionadas están los actos de engaño, que inducen a error respecto de atributos de productos o servicios, y los actos de confusión, que pueden hacer que el público confunda productos, marcas o procedencia. También se considera competencia desleal el aprovechamiento indebido de la reputación ajena, es decir, utilizar el prestigio de otra empresa para generar una asociación implícita que favorezca indebidamente a quien lo hace.
Una característica importante es que el principio de “primacía de la realidad” prima en estas evaluaciones, lo que importa es la forma en que la conducta impacta el mercado en la práctica, más allá de lo que diga un contrato o lo que pretenda justificarse formalmente.
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