
Hace unos meses, la Comisión de Signos Distintivos del Indecopi resolvió una denuncia presentada por Sony Interactive Entertainment Inc. contra un comerciante peruano acusado de vender mandos de videojuegos con botones idénticos a los de la consola PlayStation. Según la Resolución Nº 3165-2025/CSD-INDECOPI, a la cual accedió Infobae Perú, tras un proceso que se extendió por casi dos años, el organismo declaró fundada la denuncia por infracción a los derechos de propiedad industrial.
El expediente detalla que el propietario de un local en Surquillo, comercializaba mandos con signos que reproducían las icónicas figuras de PlayStation: triángulo, círculo, cuadrado y aspa. Según el análisis, estos elementos generaban un alto riesgo de confusión entre los consumidores, quienes podían pensar que se trataba de productos originales.
Inicio del caso de posible plagio y medidas cautelares
Sony interpuso la denuncia el 13 de junio de 2023, alegando que los controles distribuidos por el comerciante imitaban sus marcas registradas y configuraban actos de competencia desleal. La comisión admitió a trámite la acusación en agosto de ese año y dispuso medidas cautelares de cese de uso y comiso de los mandos cuestionados.
En septiembre de 2023 se realizó una diligencia de inspección en la dirección señalada en Surquillo, aunque el inmueble no pudo ser ubicado. Aun así, se recabaron pruebas adicionales, entre ellas una constatación notarial que acreditaba la compra de un mando con los signos denunciados y comprobantes emitidos a nombre del negocio del comerciante.

Defensa del comerciante peruano
El comerciante sostuvo que no fabricaba ni alteraba los productos, sino que los adquiría de la empresa Halion International S.A. e incluso mostró una factura electrónica que respaldaba esa operación. Argumentó que mandos similares eran vendidos por cadenas como Saga Falabella, por lo que no correspondía sancionarlo.
No obstante, la comisión aclaró que la responsabilidad administrativa en materia de propiedad industrial es objetiva. Es decir, la ausencia de intención o desconocimiento no exime de infracción si se demuestra el uso indebido de signos que puedan generar confusión en el mercado.
Análisis de los signos del mando de PlayStation
El tribunal examinó los elementos gráficos de los mandos cuestionados y los comparó con las marcas registradas por Sony, inscritas en la clase 28 de la Clasificación Internacional. Se determinó que ambos compartían los mismos símbolos geométricos dispuestos de manera idéntica, lo que producía un impacto visual similar.
Aunque los productos presentaban colores adicionales, la comisión señaló que esas variaciones no eran suficientes para eliminar la semejanza. Además, los mandos denunciados cumplían una función complementaria a las consolas y accesorios de PlayStation, lo que reforzaba la probabilidad de confusión entre los consumidores.

Las denuncias improcedentes de Sony
La empresa japonesa también acusó al comerciante de incurrir en actos de competencia desleal por confusión y explotación indebida de la reputación ajena. Sin embargo, la comisión declaró improcedentes ambos extremos.
En el caso de la confusión, se indicó que el diseño del mando ya estaba protegido como marca tridimensional, por lo que correspondía evaluar la infracción bajo la normativa de propiedad industrial. Respecto a la explotación de reputación, se determinó que los enlaces presentados por Sony —con reportajes sobre la historia de sus mandos en medios internacionales— no demostraban un grado de prestigio suficiente en el mercado peruano al momento de la denuncia.
La sanción impuesta al comerciante peruano
Tras verificar la infracción, Indecopi impuso al comerciante una multa equivalente a 2 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), que para el año 2025 equivale a S/ 10.700,00. El monto podrá reducirse en 25% si el pago se realiza dentro del plazo de 15 días y sin presentar recurso impugnativo.
Además, se dispuso la prohibición absoluta de usar los signos infractores para distinguir mandos de videojuegos. El comerciante deberá retirar del mercado todos los productos, etiquetas, envases y material publicitario que contengan esos elementos, así como abstenerse de importarlos o exportarlos.

Pago de costas y medidas complementarias
La resolución ordena también que el comerciante peruano asuma los costos y costas en los que incurrió Sony durante el procedimiento. Entre las medidas definitivas se incluye la obligación de destruir los productos intervenidos para evitar su reingreso al mercado.
La comisión destacó que la sanción tiene un carácter disuasivo y busca impedir que otros agentes económicos incurran en prácticas similares. Recordó que las marcas de PlayStation gozan de reconocimiento mundial y que cualquier uso no autorizado en el comercio afecta directamente los derechos de la compañía titular.
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