Ley Chlimper 2.0: Midagri instala grupo para reglamentar privilegios a la agroexportación

Tajada. Además de significar la pérdida de más de S/20.000 millones, la Ley N° 32434 permite que la salud de los trabajadores del agro, uno de los sectores más prósperos del país, sea subsidiada por el resto de peruanos

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Mangos. El Grupo de Trabajo
Mangos. El Grupo de Trabajo Sectorial del Midagri tiene 45 días para proponer el reglamento de la Ley Chlimper 2.0.

El Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (Midagri), bajo la dirección de Ángel Manero, ha oficializado la conformación de un Grupo de Trabajo Sectorial encargado de elaborar el reglamento de la Ley N° 32434, conocida como Ley Chlimper 2.0.

Este paso ocurre en un contexto de críticas por el impacto que tendrá la norma sobre las finanzas públicas y por superar recomendaciones del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), la OCDE y el Fondo Monetario Internacional (FMI), quienes han recomendado prudencia en la creación de beneficios fiscales sectoriales.

Midagri instala grupo para reglamentar Ley Chlimper 2.0: tiene que estar lista este año

La Ley Chlimper 2.0 otorga desde 2026 una tasa de Impuesto a la Renta (IR) de 15% para empresas agrarias, en vez de la tasa general del 29,5% que recién aplicará desde 2036 para el sector. Este régimen especial implicará un costo fiscal de S/2.000 millones anuales y S/20.000 millones en diez años, periodo en el que se mantendrán incentivos para los grandes agroexportadores, extensivos tras 25 años recibiendo beneficios similares.

La composición del Grupo de Trabajo Sectorial evidencia una amplia participación sectorial. De acuerdo a la resolución oficial, estará integrado por un representante titular y un alterno de las siguientes dependencias del Midagri y organismos adscritos:

  • Dirección General de Políticas Agrarias (preside el grupo)
  • Dirección General de Estadística, Seguimiento y Evaluación de Políticas
  • Dirección General de Desarrollo Agrícola y Agroecología
  • Dirección General de Desarrollo Ganadero
  • Dirección General de Asociatividad, Servicios Financieros y Seguros
  • Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios
  • Dirección General de Infraestructura Hidráulica y Riego
  • Instituto Nacional de Innovación Agraria (INIA)
  • Servicio Nacional de Sanidad Agraria del Perú (SENASA)
  • Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (SERFOR)
  • Autoridad Nacional del Agua (ANA)
Ángel Manero - MIDAGRI. El
Ángel Manero - MIDAGRI. El costo fiscal anual de la Ley Chlimper 2.0 asciende a S/2.000 millones, acumulando S/20.000 millones en una década.

Se viene el reglamento que nos hará perder S/20.000 millones en la próxima década

El nuevo grupo, formado por representantes de direcciones generales y organismos públicos adscritos al Midagri, tiene 45 días para cumplir el encargo de elaborar la propuesta de Reglamento, que definirá los detalles operativos y requisitos para los incentivos. Estas sesiones podrán realizarse de manera presencial, virtual o mixta, y la secretaría técnica recaerá en la Dirección de Políticas y Normatividad Agraria.

Entre los principales beneficios, la Ley 32434 establece también la reducción del aporte a Essalud (el seguro social peruano) de 9% a 6% exclusivamente para las grandes empresas agroindustriales. Es decir, la salud de los trabajadores del agro, uno de los sectores más prosperos y que genera millones a nivel nacional, será subsidiada por el resto de peruanos.

Además, se incorpora un régimen especial de depreciación para nuevas inversiones en infraestructura y deducciones por compras a pequeños agricultores. Para productores menores, la ley exime del impuesto a quienes no superen las 30 UIT anuales, con tasas diferenciadas para quienes superen ese umbral.

Midagri consolida privilegios para grandes actores del sector: ¿puertas giratorias?

El funcionamiento del Grupo de Trabajo Sectorial dependerá exclusivamente del presupuesto institucional del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, sin requerir ampliaciones extraordinarias para sus actividades. No obstante, el grueso de la crítica apunta a que la Ley 32434 comprometerá recursos fiscales que podrían destinarse a salud, educación o infraestructura básica.

Mientras tanto, el Ejecutivo tiene un plazo de 60 días para aprobar el reglamento definitivo. El regreso al régimen tributario general para el sector agroexportador recién se aplicará a partir del 2036, si es que no se renueva eternamente, como dicta la historia de privilegios empresariales en nuestro país.