
Noviembre de 2025 marcará un momento beneficioso para numerosos trabajadores en el Perú. De forma excepcional, un numeroso grupo recibirá casi de manera simultánea el primer desembolso del octavo retiro extraordinario de fondos de las AFP y el depósito de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) que también podrá sacar de su cuenta bancaria.
Este doble ingreso se hará realidad entre la segunda y tercera semana del penúltimo mes del año, generando expectativas entre quienes buscan liquidez inmediata frente al contexto económico actual. Sin embargo, no todos tendrán la posibilidad en noviembre de acceder al dinero por ambos conceptos, pues en el caso netamente de la AFP hay plazos que respetar según el cronograma.
La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) oficializó hoy 28 de septiembre la publicación del reglamento operativo para el retiro extraordinario de hasta S/21.400 (4 UIT) de las cuentas individuales en las AFP.

La normativa, promulgada por la Ley N.° 32445, permite que los afiliados gestionen su solicitud desde el 21 de octubre de 2025, disponiendo de un plazo de 90 días calendario, hasta el 19 de enero de 2026.
¿Quiénes acceden al retiro AFP 2025?
Este retiro está disponible tanto para afiliados activos como para quienes se encuentran desempleados o en proceso de jubilación, sin establecer criterios de edad o situación previsional.
El esquema anunciado por la SBS asegura la entrega de hasta 4 unidades impositivas tributarias (UIT) —equivalentes a S/21.400, según el valor vigente— fraccionadas en cuatro armadas mensuales consecutivas.

Según los cálculos basados en el reglamento, el primer desembolso se realizará el 20 de noviembre de 2025 (posiblemente para los que el último dígito de su DNI sea 1), el segundo corresponderá al 20 de diciembre de 2025, el tercero al 19 de enero de 2026 y el cuarto al 18 de febrero de 2026, con un intervalo de 30 días calendario entre cada retiro.
El proceso de solicitud mantendrá la lógica implementada en retiros previos, incluyendo una programación escalonada basada en el último dígito del DNI. Así lo explicó Jorge Carrillo Acosta, profesor y especialista en finanzas de la Pacífico Business School, quien estimó que los cronogramas iniciales habilitarán a presentar la solicitud desde el 21 de octubre para quienes posean DNI terminado en 1, continuando sucesivamente con los demás dígitos.
Segundo retiro CTS 2025
A la par del retiro de AFP, se suma el depósito semestral de la CTS, autorizado por la Ley N.º 32322. Todo trabajador que haya laborado al menos cuatro horas diarias durante un mes completo tiene derecho a recibir este beneficio, destinado a mitigar los efectos del desempleo.

El abono correspondiente a noviembre se realiza dentro de los primeros 15 días del mes y puede ser retirado total o parcialmente por el titular hasta el 31 de diciembre de 2026, tal como resalta la normativa vigente.
El cálculo de la CTS equivale al 50% del sueldo mensual más una sexta parte de la última gratificación. Se detalló que los usuarios pueden realizar retiros ante todos los cajeros automáticos, plataformas web y aplicaciones móviles habilitadas a nivel nacional.
La liberación de la CTS continuará habilitada hasta el 31 de diciembre de 2026, permitiendo a los trabajadores disponer de los fondos conforme a sus necesidades. Si la cuenta no estuviera activa para operaciones, bastará acercarse a cualquier agencia bancaria para habilitarla.

Doble beneficio ecómico
Ambos beneficios coincidirán en el calendario: el primer desembolso de la AFP —de hasta una UIT, según las fechas programadas por la SBS— y el depósito de la CTS antes del 15 de noviembre.
Más de ocho millones de afiliados al Sistema Privado de Pensiones (SPP) podrían acogerse al octavo retiro gracias al reglamento recientemente publicado. La SBS informó que este documento operativo representa el último paso administrativo para habilitar el proceso, garantizando la seguridad digital y la transparencia para cada afiliado.
El reglamento de la SBS incorpora también adecuaciones contables y operativas necesarias para registrar los movimientos extraordinarios de fondos en las cuentas individuales.

La información completa sobre el procedimiento, requisitos y cronogramas puede consultarse en los portales oficiales de la SBS y cada AFP, que mantienen habilitados canales de atención personalizados.
Tanto las organizaciones privadas como las instituciones estatales involucradas recalcaron la importancia de cumplir los plazos establecidos y revisar las condiciones específicas de cada retiro para evitar contratiempos en el acceso a los fondos.
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