
El Ministerio de la Producción (PRODUCE) elevó el Límite Máximo de Captura Total Permisible (LMCTP) para el calamar gigante o pota a 559.804 toneladas en 2025, según la Resolución Ministerial N° 00323-2025-PRODUCE publicada el 24 de septiembre.
Se trata de la cifra más alta establecida para esta pesquería en los últimos años, decisión que responde a los informes técnicos del Instituto del Mar del Perú (IMARPE) y que introduce nuevas reglas en el manejo de este recurso. La modificación busca ajustar la gestión luego de la recuperación del stock tras el fenómeno El Niño 2023-2024 y un aumento en el peso promedio de los ejemplares.
Perú fija récord en cuota de pesca de calamar gigante para 2025
La pota es la principal pesquería artesanal del país y la segunda en importancia nacional después de la anchoveta. Según PRODUCE, la actividad involucra a 4.475 embarcaciones artesanales y genera empleo directo para más de 14.000 pescadores.
El impacto de la cadena productiva alcanza a unas 70.000 personas entre pescadores y armadores, apuntó el ministerio en sus informes técnicos. El valor de las exportaciones supera los 600 millones de dólares anuales, consolidando a la pesca de calamar gigante como un elemento clave para la economía peruana.

De acuerdo con el reporte de El Peruano, el nuevo LMCTP rige para el periodo entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025. Durante los primeros 17 días de octubre, la extracción no podrá exceder las 40.000 toneladas.
Este límite temporal coincide con medidas de protección recomendadas por IMARPE para salvaguardar el período de mayor actividad reproductiva de la especie, luego del análisis del “Informe Ejecutivo Operación Calamar Gigante III”.
IMARPE confirma recuperación del stock de calamar gigante tras El Niño
Según IMARPE, el estado poblacional del calamar gigante en septiembre muestra una recuperación en su proceso de reconstitución. El informe indica que el peso promedio anual estimado para los ejemplares alcanzó 5,02 kilogramos, superior al parámetro empleado durante la última evaluación poblacional (4,20 kg), lo que permitiría mantener la captura máxima sin comprometer la sostenibilidad del recurso.
La resolución además implementa una serie de controles en la operación de las embarcaciones pesqueras artesanales. Todas las naves deben emplear exclusivamente la línea potera y presentar permisos y habilitación sanitaria vigentes. La cuota máxima por faena varía de 6 a 12 toneladas según la capacidad de bodega.
Aquellas embarcaciones equipadas con el sistema de seguimiento satelital (SISESAT) cuentan con una tolerancia doble a la establecida para cada categoría. Cada nave solo puede realizar una faena en el calendario fijado y debe cumplir con estrictos procedimientos de registro y declaración en medios digitales o físicos.

Exportaciones de calamar gigante superan los US$600 millones anuales en Perú
Conforme a la nueva regulación, el desembarque del recurso pota debe concretarse hasta las 23:59 horas del 17 de octubre, mientras que el procesamiento podrá continuar hasta las 23:59 del 22 de octubre. El transporte del producto queda restringido a vehículos isotérmicos registrados y solo puede ser recibido por plantas habilitadas que cuenten con la documentación reglamentaria.
Las autoridades regionales asumen un rol activo en la fiscalización, remitiendo los resultados de inspecciones a la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción (DGSFS-PA), según consta en la norma. El Ministerio de la Producción anunció también la puesta en marcha del piloto “Defensores de la Sostenibilidad Pesquera”, que recopilará información en los puntos de desembarque para reforzar la trazabilidad y gestión responsable del calamar gigante.
Como parte de las nuevas medidas, la veda reproductiva regirá desde el 18 de octubre hasta el 17 de noviembre de 2025. En este periodo se prohíbe toda actividad extractiva, así como el transporte, procesamiento, comercialización y almacenamiento del recurso, excepto si existe comprobación documental de que la captura se realizó antes de la veda.

Congreso debate formalización de hasta 8.000 embarcaciones pesqueras
Esta decisión se adopta mientras el Congreso peruano debate un proyecto de ley impulsado por el legislador José Bernardo Pazo Nunura que busca reabrir el proceso de formalización de la pesca artesanal, permitiendo que hasta 8.000 embarcaciones que no completaron el trámite original puedan obtener permisos.
La iniciativa, calificada como un nuevo “REINFO pesquero”, ha sido planteada como respuesta a demandas de pescadores de diversas localidades donde se fraguan embarcaciones, y ha generado rechazo en la industria pesquera y entre organizaciones ambientalistas, que advierten sobre el riesgo de aumentar la flota sin controles sólidos y afectar la sostenibilidad de los recursos marinos.

Representantes de la Sociedad Nacional de Pesquería (SNP) y la organización Oceana han alertado que el proyecto podría legalizar irregularidades, replicando problemas vistos en otros sectores como la minería informal, y perjudicar a quienes formalizaron sus operaciones. Tanto estas organizaciones como el IMARPE señalan que la medida beneficiaría principalmente a embarcaciones que no cumplen con los requisitos previos y que la formalización debería avanzar con mecanismos de control efectivos, como el monitoreo satelital.
Vale precisar también que propio congresista Pazo Nunura, promotor del proyecto en más de una ocasión, y su familia, poseen varias embarcaciones registradas ante los registro públicos, así como dos astilleros en el norte del país, por lo que ha sido objeto de cuestionamientos por un presunto conflicto de interés.
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