El Gobierno oficializó el octavo retiro de fondos de las AFP con la promulgación de la ley que permite a los afiliados disponer de hasta cuatro unidades impositivas tributarias (4 UIT), equivalentes a S/ 21.400. Esta medida, publicada en el diario oficial El Peruano, abre la posibilidad de que millones de personas accedan a un alivio económico en un contexto marcado por el alza del costo de vida y las críticas al sistema previsional.
Con esta autorización, todos los aportantes del Sistema Privado de Pensiones podrán retirar de manera extraordinaria y voluntaria parte de sus ahorros. El reglamento, que será elaborado por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), definirá los plazos exactos y los pasos que se deberán seguir. A continuación, resolvemos las principales dudas que han surgido tras la entrada en vigencia de la norma.
¿Quiénes podrán acceder al retiro y hasta cuánto se puede disponer?
La norma establece que el beneficio es universal, es decir, todos los afiliados al Sistema Privado de Pensiones podrán presentar una solicitud para disponer de su fondo sin importar si están activos, desempleados o próximos a jubilarse. La autorización contempla un límite máximo de 4 UIT, equivalentes a S/ 21.400 en 2025.
La característica más importante de esta medida es su carácter facultativo. Esto significa que ningún aportante está obligado a retirar el dinero, sino que puede decidir libremente si lo solicita y en qué monto, siempre dentro del máximo autorizado. Esta flexibilidad busca adaptarse a las diferentes realidades de los afiliados, desde quienes requieren liquidez inmediata hasta quienes prefieren mantener sus ahorros para el futuro.
¿Cuál será el procedimiento para solicitar el retiro?
Según la ley, el procedimiento básico consiste en presentar una solicitud a la AFP correspondiente, ya sea de manera presencial o virtual. Una vez recibido el pedido, la administradora debe realizar el desembolso en armadas de hasta 1 UIT cada 30 días calendario, iniciando el primer pago 30 días después de la solicitud. En total, se prevén cuatro entregas que completan el monto máximo autorizado.

El reglamento de la SBS será clave para precisar el cronograma de atención, que en anteriores ocasiones se organizó según el último dígito del DNI. Además, la norma permite que el afiliado pueda desistir de los retiros programados, siempre que lo comunique con al menos diez días de anticipación al siguiente desembolso. De esta manera, se otorga la posibilidad de ajustar la decisión a lo largo del proceso.
¿Cuándo se publicará el reglamento y desde qué fecha se podrá retirar el dinero?
La SBS tiene un plazo máximo de 30 días calendario para publicar el reglamento operativo, contados a partir del 21 de septiembre, día en que entró en vigencia la ley. Esto significa que la fecha límite es el lunes 20 de octubre, aunque existe la posibilidad de que el documento se emita antes.
Expertos como Jorge Carrillo Acosta, profesor de finanzas de la Pacífico Business School, estiman que, de seguir un esquema similar al retiro de 2024, las solicitudes podrían comenzar a recibirse a fines de octubre y los primeros desembolsos llegarían en noviembre. De cumplirse ese escenario, la primera UIT se abonaría alrededor del 5 de noviembre, la segunda el 5 de diciembre, la tercera el 4 de enero y la última el 3 de febrero de 2026.
¿Cómo saber cuánto dinero tengo en mi cuenta individual?
Antes de iniciar el trámite, los afiliados deben conocer el saldo disponible en su Cuenta Individual de Capitalización (CIC). Todas las AFP cuentan con plataformas digitales para acceder a esta información. Por ejemplo, AFP Integra permite ingresar con DNI y clave web en su portal oficial; Prima AFP ofrece la consulta en miespacio.prima.com.pe; Habitat habilita el acceso en su página principal; y Profuturo lo hace a través de su zona privada en línea.
Quienes no recuerden en qué AFP se encuentran afiliados pueden verificarlo mediante la plataforma de la SBS en serviciosenlinea.sbs.gob.pe, creando una cuenta con su documento y correo electrónico. Este paso es fundamental, ya que permite conocer no solo la administradora correspondiente, sino también el monto exacto acumulado que se podrá retirar.

¿Qué pasa con los trabajadores independientes y los jóvenes que buscan jubilarse?
Una de las novedades incluidas en la ley es la derogación de la obligación de aportar para los trabajadores independientes. De esta manera, los aportes para este grupo seguirán siendo voluntarios, lo que representa un cambio significativo frente a la norma previa que imponía la obligatoriedad desde 2028. Esta modificación respondió a las críticas expresadas en las movilizaciones ciudadanas realizadas en septiembre.
Asimismo, la ley restituyó el derecho de los menores de 40 años a retirar hasta el 95,5% de su fondo al momento de jubilarse. En palabras de la norma: “El afiliado al momento de la jubilación puede elegir entre percibir la pensión que le corresponda en cualquier modalidad de retiro o solicitar a la EAF la entrega hasta el 95,5% del total del fondo disponible en su CIC de aportes obligatorios, en las armadas que considere necesarias”. Con ello, se eliminan restricciones que habían sido impuestas en la reforma previsional.
¿Seguirán cobrando comisiones las AFP aunque el fondo pierda rentabilidad?
Sí. Una de las críticas que se mantiene es que, con el nuevo esquema, las AFP continuarán percibiendo una comisión fija incluso si la rentabilidad de los fondos de los afiliados resulta negativa. La llamada “comisión por productividad” fue concebida para que las administradoras ganen en la medida en que los fondos generen rentabilidad, pero el reglamento actual incluyó un componente fijo que garantiza ingresos para las AFP independientemente del resultado.
La especialista Noelia Bernal, del Centro de Investigación de la Universidad del Pacífico, calificó este mecanismo como “un engañamuchachos”. Según explicó, “tiene estos dos componentes, una parte fija y una parte que sí depende de la rentabilidad. (...) La comisión fija, al final, nuevamente, le cubre todos sus riesgos a la AFP. Entonces, no importa que gane una mala rentabilidad, igual va a cobrar. Entonces, ¿dónde está el incentivo para que la AFP haga lo mejor posible? No lo veo ahí”. Esto mantiene un punto de fricción entre afiliados y el sistema previsional.
¿Qué alternativas de inversión existen para quienes retiren su dinero?
Muchos afiliados planean utilizar los fondos retirados para consumo inmediato o para el pago de deudas, pero también existen opciones de inversión que pueden resultar atractivas. Una alternativa segura son los depósitos a plazo fijo, que actualmente ofrecen tasas de entre 4% y 6,5% anual dependiendo del monto y del plazo. Otra posibilidad son los fondos mutuos, que permiten diversificar en bonos, acciones y otros instrumentos, aunque con un riesgo más elevado.

El mercado de valores también aparece como una opción, especialmente a través de acciones que reparten dividendos. No obstante, exige mayor conocimiento y tolerancia a la volatilidad. Para quienes buscan ingresos estables, invertir en inmuebles para alquiler sigue siendo una estrategia frecuente, con una rentabilidad cercana al 5% en Lima Metropolitana. Finalmente, el ‘crowdfunding’ inmobiliario ha ganado popularidad, ofreciendo retornos que, en promedio, alcanzan el 25% anual según plataformas especializadas como Inversiones.io.
¿Cuál es el impacto económico esperado de este retiro?
Se estima que el retiro extraordinario movilizará alrededor de S/ 31.613 millones, monto que saldrá directamente de los fondos del Sistema Privado de Pensiones. Este flujo de liquidez tendrá efectos tanto en la economía de los hogares como en el sistema financiero en general. Por un lado, permitirá a millones de familias aliviar deudas, cubrir gastos urgentes o invertir en proyectos personales. Por otro, podría afectar la capacidad de las AFP para manejar sus portafolios de inversión en el mediano plazo.
A pesar de estas implicancias, el Gobierno defendió la medida como una herramienta de apoyo directo a la población. Se trata de la octava vez que se aprueba un retiro extraordinario desde el inicio de la pandemia, lo que refleja la constante presión ciudadana por acceder a los fondos previsionales. El debate sobre la sostenibilidad del sistema sigue abierto, con voces que piden una reforma integral y otras que celebran la libertad de disponer del ahorro individual.
¿Habrá un noveno retiro AFP?
En medio de la expectativa por el octavo retiro de fondos de las AFP, la presidenta de la Asociación de Aportantes y Exaportantes, Lidia Doris, aseguró que el movimiento que lidera ya viene articulando acciones con congresistas para impulsar una novena liberación de dinero. Según explicó en entrevista con Exitosa, los retiros previos han significado para los afiliados una recuperación de recursos que, a su juicio, estaban retenidos de manera injusta por las administradoras privadas.
Doris fue categórica al señalar que el colectivo no piensa detenerse hasta garantizar que cada trabajador pueda disponer de la totalidad de sus aportes. Incluso adelantó que el objetivo no solo es concretar un noveno retiro, sino también abrir la posibilidad de acceder al 100% del dinero acumulado en los fondos. Con estas declaraciones, la dirigente dejó claro que la presión social y política para habilitar un nuevo retiro seguirá marcando la agenda, en medio de un debate en el que las AFP sostienen que estas medidas comprometen la sostenibilidad del sistema de pensiones.
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