AFP: Independientes ya no serán obligados a aportar y jovenes podrán jubilarse con retiro de 95,5%

Modifican la reforma de pensiones. La Ley del retiro AFP además incluye cambios y derogaciones por las que se organizaron marchas

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Los jovenes marcharon en contra
Los jovenes marcharon en contra de las AFP y a favor del retiro. A solo una semana de la marcha, la Ley que atiende sus demandas ya fue promulgada. - Crédito Andina

El pasado sábado 13 de septiembre se realizo la marcha contra las AFP en cuatro regiones del país, la cual pedía no solo aprobar el retiro AFP, sino derogar medidas perjudiciales de la reforma de pensiones, cuyo reglamento recientemente entró en vigencia.

Estas eran principalmente dos puntos: la norma obligaba a los trabajaores independientes a aportar a las AFP desde 2028 y limitaba que los jovenes (menores de 40 años) pudieran retirar el 95,5% de su fondo al jubilarse.

Ahora, solo una semana luego, el Ejecutivo y el Congreso se echaron atras con esos dos puntos y aplicaron cambios a la reforma de pensiones para derogar e inaplicar lo que originalmente consideraron, tal como se detalla en la nueva Ley de retiro AFP.

La protesta ciudadana logró que
La protesta ciudadana logró que el Congreso y el Ejecutivo atendieran demandas del retiro AFP y la reforma de pensiones. - Crédito Jorge Ballón Artaza/ @Lechucero33/Twitter

Promulga cambios al SPP

La Ley del retiro AFP, que dará hasta 4 UIT (S/21 mil 400) a los afiliados del Sistema Privado de Pensiones, traía también otras medidas extra que se dirigen a atender el pedido ciudadano, mostrado a través de las marchas contra las AFP del pasado sábado 13 de septiembre.

Como se recuerda, la reforma de pensiones había aprobado dos cambios fundamentales: desdel el 2028 empezarían a obligar a aportar a los trabajadores independientes y que los menores de 40 años ya no podrían acceder a la jubilación con retiro del 95,5% de sus fondos de pensiones.

Ahora, con la nueva Ley, esos cambios no van más:

  • La Ley del retiro AFP no solo ha derogado el artículo 9 y la décimo sétima disposición complementaria final de la Ley 32123, Ley de Modernización del Sistema Previsional Peruano, sino también ha adecuado todo lo que se refiere al aporte de los trabajadores independientes a las AFP, y los ha dejado como uno voluntario
  • Asimismo, en su décimo quinta disposición complementaria retrocede en el límite del acceso al 95,5% al momento de jubilarse. “El afiliado al momento de la jubilación puede elegir entre percibir la pensión que le corresponda en cualquier modalidad de retiro o solicitar a la EAF la entrega hasta el 95.5% del total del fondo disponible en su CIC de aportes obligatorios, en las armadas que considere necesarias”, aclara.
El reglamento de la SBS
El reglamento de la SBS determinará cómo será el proceso y la entrega de los fondos de las AFP a los afiliados. - Crédito Infobae/Paula Elizalde

Piden derogar la reforma entera

A pesar de los cambios, hay al menos 16 proyectos de ley que buscan derogar totalmente la reforma de pensiones y su reglamento.

Como se sabe, desde diferentes puntos alertan que la reforma de pensiones es perjudicial, a pesar de los cambios ya planteados. Así detalla los peligros Aspec (La Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios):

  • La afiliación automática al Sistema Privado de Pensiones (SPP) desde los 18 años, salvo que el afiliado manifieste su voluntad contraria, bajo riesgo de imposición y falta de información adecuada
  • El aumento de la edad para acceder al Régimen de Jubilación Anticipada (REJA) de 50 a 55 años, que reduce las opciones de retiro de la población trabajadora
  • La carga fiscal que se impone al Estado tanto para cubrir el pago de pensiones mediante el denominado “aporte por consumo”, como para garantizar la “pensión mínima”. Ello pone en evidencia una vez más la ineficiencia del sistema AFP
  • La sustitución de la antigua comisión única por remuneración por una comisión anual sobre el saldo acumulado, con tasas variables entre 0.68% y 1.25%, que podría afectar la rentabilidad de los afiliados
  • La inclusión de bancos y cajas como administradoras de fondos previsionales, lo que genera preocupación ante las limitaciones de cobertura del Fondo de Seguro de Depósitos y los riesgos para los afiliados.

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