
Un pago superior a USD 10 millones por parte del Programa Nacional de Telecomunicaciones (PRONATEL) a una empresa privada, tras perder un arbitraje internacional, ha puesto en el centro del debate la gestión de fondos públicos en proyectos de telecomunicaciones para la conectividad rural. La Contraloría General identificó presunta responsabilidad civil en seis funcionarios y servidores de la entidad, señalando un perjuicio económico considerable para el Estado. Este desembolso, resultado de la resolución indebida de un contrato, ha dejado en suspenso la ejecución de proyectos clave para el acceso a Internet de alta velocidad en zonas vulnerables.
El origen de este caso se remonta a la decisión de PRONATEL de resolver un contrato de financiamiento no reembolsable por más de USD 98,5 millones, destinado a la implementación de dos proyectos de telecomunicaciones en las regiones rurales de Piura y Tumbes. El objetivo era dotar a estas áreas de servicios de Internet de alta velocidad, facilitando la conectividad integral y el desarrollo social de comunidades tradicionalmente marginadas.

La paralización de estos proyectos ha tenido consecuencias directas en 422 comunidades rurales, así como en 428 escuelas públicas, 254 establecimientos de salud y 35 comisarías. Todos estos espacios han quedado sin acceso a Internet de alta velocidad, ya que la instalación de la infraestructura de banda ancha no se concretó. La falta de conectividad afecta no solo la educación y la salud, sino también la seguridad y el desarrollo de estas localidades.
Durante la ejecución del contrato, PRONATEL aprobó seis ampliaciones de plazo, cinco de ellas relacionadas con dificultades para adquirir los terrenos necesarios para instalar los nodos del proyecto. La entidad reconoció que la falta de saneamiento legal de los predios y el rechazo de la población local constituían obstáculos ajenos a la empresa contratista, una problemática que, según la documentación revisada por la Comisión Auditora, se repite en todos los proyectos de banda ancha gestionados por la entidad.

A pesar de este reconocimiento, cuando la empresa solicitó una séptima ampliación de plazo, nuevamente fundamentada en la imposibilidad de acceder a los terrenos, PRONATEL rechazó el pedido. La entidad exigió el cumplimiento de las obligaciones contractuales en un plazo máximo de 15 días, bajo advertencia de resolver el contrato, lo que finalmente ocurrió. En ese momento, la etapa de Red de Transporte del proyecto acumulaba un retraso de 248 días, mientras que la Red de Acceso presentaba una demora de 186 días.
Ante la resolución del contrato, la empresa recurrió en mayo de 2019 al arbitraje ante la Corte Internacional de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional (CCI) en París. En febrero de 2021, presentó una demanda por incumplimiento contractual y por la negativa a conceder la última ampliación de plazo. El Tribunal Arbitral de la CCI, en agosto de 2022, falló a favor de la empresa y ordenó el pago de una indemnización por “lucro cesante”, es decir, por las ganancias que la compañía dejó de percibir desde la resolución irregular del contrato, además de los intereses generados hasta la fecha.
La Contraloría General, tras analizar el caso, concluyó que seis funcionarios y servidores de PRONATEL tendrían presunta responsabilidad civil por el perjuicio económico ocasionado al Estado, al denegar injustificadamente la ampliación de plazo y resolver el contrato de manera indebida. El informe de control resalta la gravedad de la afectación, tanto en términos financieros como en el impacto sobre el acceso a servicios esenciales en zonas rurales.
Entre octubre de 2024 y enero de 2025, PRONATEL efectuó el pago de la indemnización, consolidando una pérdida millonaria para las arcas públicas y evidenciando las consecuencias de una gestión contractual deficiente en proyectos de alto impacto social.
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