El ministro de Justicia, Juan José Santiváñez, afronta cuestionamientos tras la difusión de audios en los que se le atribuyen gestiones irregulares y pedidos de dinero cuando ejercía como abogado. El Ministerio Público mantiene una investigación preliminar por presunto tráfico de influencias, aunque hasta el momento no ha confirmado la autenticidad de las grabaciones.
Ante la controversia, su abogado defensor, Carlos Caro, aseguró que los audios no configuran delitos y que la conducción del caso corresponde únicamente a la Fiscalía. Rechazó que exista omisión de funciones o abuso de autoridad y remarcó que la defensa solo responde a las imputaciones ya planteadas por el Ministerio Público.
Fiscalía como única responsable de dirigir la investigación
A través de una entrevista para Canal N, Caro sostuvo que la defensa no puede determinar el rumbo de un proceso, ya que el liderazgo de la investigación recae en la Fiscalía. Rechazó la idea de una omisión de funciones, asegurando que más bien existe una acción concreta que deberá ser evaluada por el Ministerio Público en su momento.

Al ser consultado por la posibilidad de un abuso de autoridad, respondió que esos escenarios solo tendrían sentido si la Fiscalía decide plantear una imputación formal. En ese caso, dijo, la defensa exigirá que se precise en qué consistió el supuesto ejercicio abusivo del cargo y si se vincula al ministro como funcionario o como particular.
Posibles infracciones constitucionales y errores de tipificación
El abogado indicó que más que un tema penal, algunas conductas podrían discutirse en el ámbito administrativo o constitucional. Señaló que existen posibles infracciones que deben ventilarse en instancias diferentes al proceso penal.
Añadió que la Fiscalía cometió un error al limitarse a tipificar los hechos únicamente como tráfico de influencias. A su criterio, si el Ministerio Público consideraba que había otros delitos, debió incorporarlos desde un inicio en lugar de restringir el caso a un solo tipo penal.
Autenticidad de los audios y ausencia de pericia de validación
Durante la entrevista, Caro recordó que los audios se mencionaron en una audiencia de marzo, cuando se difundieron las transcripciones, pero que el material completo no fue sometido a una pericia de autenticidad. Insistió en que toda la discusión actual se desarrolla sobre la base de grabaciones que no han pasado por un examen técnico.
El abogado afirmó que la ausencia de pericia libera a la defensa de profundizar en ese aspecto por el momento. Según dijo, mientras no se valide la cadena de custodia y no exista un informe pericial, la estrategia se concentra en cuestionar la calificación de la Fiscalía.
Decisión pendiente sobre pericia de voz
Respecto a la posibilidad de que el ministro Santiváñez se someta a una pericia de voz, Caro explicó que la decisión es estrictamente personal. Recordó que la Corte Suprema ha establecido que este tipo de exámenes pueden realizarse con o sin la presencia del imputado, ya que existen suficientes registros públicos para el análisis.
Señaló que, como en cada caso, expone a su cliente las alternativas y que es el propio Santiváñez quien debe optar por aceptar o rechazar la diligencia. Reiteró que el Ministerio Público mantiene la potestad de continuar con las investigaciones y ampliar los delitos si lo considera pertinente.
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