
La Sala de Derecho Constitucional y Social de la Corte Suprema emitió un fallo en el que quedó demostrado que tener una propiedad inscrita en Registros Públicos ya no es necesariamente la prueba más contundente de que alguien es dueño del terreno, tal como lo establece el Código Civil. Esta interpretación impacta directamente en los litigios de mejor derecho de propiedad.
El caso que dio origen al fallo involucra a Gloria Huapaya Blas, quien compró un terreno de 52,329 hectáreas a la Comunidad Campesina de Cucuya, en Lurín. Dicho predio tenía una parte inscrita, desde el 2015, a nombre de una empresa llamada Corporación Chisán, la cual había adquirido la propiedad luego de que la Municipalidad Distrital de San Bartolo se la adjudicara en 1955 y posteriormente la subastara.
Lo que hizo Huapaya fue acudir ante la justicia para que se le reconozca como la verdadera dueña, argumentando que la Comunidad Campesina de Cucuya es la legítima propietaria desde la época virreinal, gracias a un “título” fechado en 1746. Su posición fue respaldada por la Corte Superior y luego por la Corte Suprema, que consideraron que los documentos virreinales presentados tenían más validez que la partida registral actual.

El problema es que esta decisión no tomó en cuenta varios detalles cruciales. Según un informe del medio La República, nunca se corroboró si ese documento virreinal era verdadero o falso. De hecho, existen informes de cinco historiadores peruanos que sostienen que dicho título es probablemente falso. El documento en disputa solo existe en copias, no en formato original ni en copia de la época, y presenta serias inconsistencias históricas:
- Diferencias en el trato hacia los funcionarios: se emplea “Su Majestad” para el virrey cuando lo habitual era utilizar “Su Excelencia”.
- Menciones erróneas a gobiernos virreinales: en un documento fechado en 1746 se cita la expedición de títulos en 1793.
- Referencias atípicas a la población indígena: se mezcla a los “indios principales” con los “indios del común”.
- Ausencia de secuencia procesal: los títulos de propiedad de 1746 carecen del contexto procesal usual en documentos de esa clase del periodo colonial.
Por ejemplo, el historiador Lizardo Seiner Lizárraga explica que el supuesto documento de 1746 menciona a un corregidor, Antonio de Ulloa, que ni siquiera estaba en el Perú en esa fecha, y atribuye órdenes a virreyes que, según los archivos, no gobernaban en los años consignados en el papel. Los historiadores Margarita Guerra Martinière, Antonio Zapata Velasco, Luis Costa Vigo y Teresa Vergara Ormeño llegaron a conclusiones similares revisando los archivos y contextos históricos.
En paralelo, la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Lurín investiga a Gloria Huapaya Blas por presunta falsificación de documentos, específicamente en relación con el título virreinal en cuestión. En los interrogatorios, Huapaya no pudo probar la autenticidad de los papeles y, ante preguntas de la Fiscalía sobre los informes de los historiadores, declaró desconocerlos. Además, la presidenta de la Comunidad de Cucuya reconoció haber vendido posteriormente parte del predio por 225 mil dólares al empresario Racso Miro Quesada, aunque prefirió no dar detalles al respecto.

“¿Es cierto que las 120 hectáreas que usted adquirió (a la Comunidad Campesina de Cucuya) provienen de títulos virreinales otorgados en 1746”, le preguntaron. “Yo vengo a responder por estar denunciada por documentos falsos, más no por documentos históricos”, mencionó.
Luego, al ser consultada sobre si conoce que existen informes de connotados historiadores que afirman que los títulos virreinales de 1746 que se mencionan en la minuta de compra y venta son falsos, respondió: “Desconozco” y se “reservó” contestar si transfirió en 2010 las 120 hectáreas al señor Racso Miro Quesada Vegas por la suma de US$225 mil.
El empresario Miro Quesada, por su parte, declaró no tener relación con una posible falsificación de documentos y sostuvo que la controversia puede deberse a errores al transcribir los documentos en Registros Públicos, pero que no se tiene certeza de la autenticidad de los papeles presentados.
Por si fuera poco, la Corporación Chisán también cuestionó la validez de la audiencia virtual del 9 de mayo de 2025, en la que no habrían estado presentes —al menos de manera visual y participativa— todos los jueces que debían resolver el caso. Según la empresa, algunas juezas no prendieron la cámara y un vocal estuvo dormido gran parte de la sesión. Por este motivo, la empresa anunció que denunciará el caso ante la Junta Nacional de Justicia (JNJ) para que se revisen las irregularidades del proceso.
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