
El congresista Edgar Reymundo, del Bloque Democrático Popular (BDP), ha presentado el proyecto de ley 12325, para que se agilicen procesos de adopción de niños y adolescentes en el Perú, y así fortalecer su identidad.
En ese sentido, los jueces, notarios u otros funcionarios competentes deberán oficiar los documentos administrativos de manera oportuna al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) para que dicha entidad emita de forma prioritaria la partida de nacimiento y el documento nacional de identidad electrónico al término del procedimiento de adopción.

Modificaciones a las normativas
La iniciativa precisa que se tendrá que modificar dos artículos del Código Civil, sobre el trámite de adopción. El primero es el 379, para que mencione lo siguiente:
“Terminado el procedimiento, el Juez, el funcionario competente, o el notario que tramitó la adopción, oficiará en el plazo de 24 horas como máximo a (Reniec), para que en un plazo máximo de 2 días hábiles extiendan la partida de nacimiento y documento nacional de identidad electrónico correspondiente, sustituyendo los documentos de identidad originales y anotando la adopción al margen de la misma para proceder a su archivamiento”
La segunda modificación sería al artículo 139, para que, de ser favorable la evaluación del acogimiento de pre adopción, la autoridad competente tendrá que emitir la Resolución Administrativa que apruebe la adopción en máximo un día hábil.
Esto se comunicará de forma inmediata, en un día, a la autoridad que tramitó el procedimiento por desaprotección familiar. Luego, la inscripción del acta de nacimiento y la solicitud de emisión del DNI electrónico será solicitada al Reniec correspondiente. De esta manera, se dejará sin efecto la inscripción original en dos días.
Finalmente, se indica que el Poder Ejecutiva tendría 60 días, desde que entre en vigencia la norma, para adecuar y derogar todas las disposiciones legales que se opongan. Por su parte, el Reniec tendría que adecuar las normativas necesarias en un plazo máximo de 30 días.

¿Cuál es la justificación?
El congresista Edgar Reymundo explica, en el proyecto de ley, que presentó esta propuesta debido a que existe “un gran desafío para lograr la exhaustividad y celeridad en la ruta de la ruta de atención”, ya que cuando se ha determinado que la adopción es la medida más idónea para la restitución del derecho a vivir en familia de un niño o niña, “esta debe llegar pronto, desterrándose los largos períodos de institucionalización en los CARS”.
“Los niños son importantes y sus necesidades e intereses son diferentes de los adultos. El ISN, es uno de los principios principales de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño y recuerda a todos los adultos que cuando se toman decisiones, los adultos deben considerar el impacto de esas decisiones en la vida de los niños”, resalta.
“Para miles de niñas, niños y adolescentes en el Perú, la palabra ‘adopción’ no es solo un trámite legal. Es una esperanza. La posibilidad de dejar atrás el abandono, la soledad y los días interminables en un albergue. Pero esa esperanza, muchas veces, se va apagando entre papeles y demoras, por ello la adopción representa mucho más que un trámite legal”, añade.
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