Días no laborables en septiembre 2025: ¿A quiénes aplica?

Distintas regiones del país sí contemplan jornadas de descanso por celebraciones religiosas o culturales profundamente arraigadas

Guardar
Septiembre no cuenta con feriados
Septiembre no cuenta con feriados nacionales - Créditos: Andina/Freepik.

Septiembre no cuenta con feriados a nivel nacional en el calendario oficial, por lo que la mayoría de los trabajadores del país no dispone de jornadas libres remunerados durante este mes. Sin embargo, en distintas regiones sí existen días no laborables que se aplican de manera local debido a festividades religiosas o culturales de larga tradición.

Estas celebraciones, autorizadas mediante normativas regionales o leyes específicas, permiten a los trabajadores disfrutar de jornadas libres en honor a sus costumbres.

8 de septiembre

El Gobierno Regional de Apurímac estableció que cada 8 de septiembre será día festivo religioso no laborable en honor a Nuestra Señora de Cocharcas, una celebración que reúne a miles de fieles en la región.

La disposición, vigente desde hace una década, se aplica únicamente a las entidades públicas del ámbito regional, en reconocimiento a la profunda tradición de la festividad en Apurímac.

El Gobierno Regional de Apurímac
El Gobierno Regional de Apurímac declaró el 8 de septiembre como día no laborable por la festividad de Nuestra Señora de Cocharcas - Créditos: Andina.

De acuerdo con la resolución oficial, la medida se sustenta en el artículo 191° de la Constitución Política del Perú, que otorga autonomía a los gobiernos regionales, y en la Ley N° 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales.

La conmemoración del 8 de septiembre, considerada “solemnidad” en la región y la Diócesis de Abancay, atrae a numerosos devotos y visitantes al Santuario de Nuestra Señora de Cocharcas, en la provincia de Chincheros. Este templo, reconocido como uno de los primeros santuarios marianos de Sudamérica, cuenta con más de 400 años de antigüedad y ha sido declarado Patrimonio Cultural de la Nación.

24 de septiembre

En Piura, el 24 de septiembre es feriado no laborable y remunerado, conforme a una tradición religiosa que cuenta con una larga historia en la región. La medida se implementa a partir de la Ley N° 15618, promulgada en septiembre de 1965 durante el gobierno de Fernando Belaunde, que estableció el feriado en todo el departamento.

Miles de fieles veneran la
Miles de fieles veneran la imagen de la patrona desde hace más de cinco siglos - Créditos: Andina.

La fecha coincide con la celebración de Nuestra Señora de las Mercedes, festividad que congrega a miles de fieles que participan en los actos religiosos en honor a la patrona de Piura.

El santuario de la divinidad religiosa se encuentra en Paita, a 52 kilómetros de Piura. La imagen de la patrona recibe la devoción de miles de fieles desde hace más de 500 años, principalmente en el mes de septiembre.

Efemérides en septiembre

El Ministerio de Educación (Minedu) incorporó en su calendario cívico-escolar varias efemérides correspondientes a septiembre, las cuales, aunque no son feriados oficiales, resaltan la relevancia histórica y formativa de este periodo.

Entre las fechas resaltan la Semana de la Educación Vial el 1 de septiembre, los Derechos Cívicos de la Mujer el 7, la conmemoración Internacional de la Alfabetización el 8 y el Día Mundial del Turismo el 27. Asimismo, el 23 se celebran tanto la llegada de la primavera como la Aviación Nacional, mientras que el 29 está dedicado a los Mares.

Diferencia entre feriado y día no laborable

Un feriado es una fecha establecida por ley en la que la mayoría de las actividades se suspenden tanto en el sector público como en el privado. Durante estos días, los trabajadores no tienen que acudir a sus labores y aquellos que sí lo hacen perciben una remuneración adicional conforme a la normativa vigente.

En cambio, un día no laborable es una medida de carácter opcional, sujeta a la decisión de la entidad empleadora. Generalmente se aplica en oficinas estatales y exige recuperar las horas posteriormente, ya sea con jornadas extendidas u otros mecanismos. El pago en estas fechas corresponde al de un día regular de trabajo.