
La congresista Sigrid Bazán, integrante del Bloque Democrático y Popular, presentó un proyecto de ley que busca cambiar la forma en que se realizan ciertas intervenciones en la industria porcina. La propuesta establece que procedimientos como la castración, el corte de cola y el descolmillado de cerdos solo podrán llevarse a cabo utilizando anestesia y analgesia, con el fin de evitar el dolor y el estrés que hoy sufren miles de animales en granjas del país.
En la actualidad, estas prácticas se realizan de manera habitual y, en muchos casos, sin control veterinario. El corte de cola se utiliza para evitar que los animales se muerdan entre sí, mientras que el descolmillado o despuntado de colmillos se practica para reducir lesiones entre los cerdos y hacia las madres durante la lactancia. Por otro lado, la castración de machos busca controlar la agresividad y disminuir el conocido “olor sexual” en la carne, pero al hacerse sin anestesia, causa un sufrimiento innecesario que la iniciativa pretende eliminar.
El Servicio Nacional de Sanidad Agraria (Senasa) sería la entidad encargada de fiscalizar y aplicar sanciones en caso de incumplimiento, que podrán ir desde multas hasta clausuras temporales o definitivas. Según la exposición de motivos, en el país existen más de 3,4 millones de cerdos, una población que se concentra en granjas intensivas y donde estas intervenciones son parte del manejo habitual.
¿Qué plantea la ley sobre el bienestar de los cerdos?

El proyecto establece que todos los procedimientos deberán realizarse únicamente por médicos veterinarios o personal especializado, en ambientes higiénicos y con equipos adecuados. Además, fija plazos para las intervenciones: el corte de cola y el despuntado de colmillos solo podrán hacerse hasta el séptimo día de nacido, mientras que la castración tendrá como límite el día quince. En todos los casos será obligatorio aplicar anestesia local y analgesia prolongada.
La propuesta también incluye prohibiciones específicas. Por ejemplo, no se permitirá eliminar más de un tercio de los colmillos y el corte de cola deberá dejar suficiente longitud para cubrir el ano del animal, a fin de prevenir infecciones y problemas de salud. Asimismo, quedará prohibido colocar aros o anillos en el hocico de los cerdos, así como realizar marcas que causen lesiones permanentes.
Un punto clave de la iniciativa es que exceptúa a los pequeños productores que crían cerdos de manera familiar o de subsistencia, siempre que no superen las cinco hembras. De esta manera, la norma apunta principalmente a la producción intensiva, donde el riesgo de prácticas dolorosas es más frecuente.
De aprobarse, la ley entraría en vigor un año después de su publicación oficial, con el objetivo de garantizar el bienestar animal y mejorar las condiciones de trabajo en el sector porcino.
Corte Suprema confirma que maltratar a un cerdo es delito en el Perú

Un reciente fallo de la Corte Suprema determinó que los cerdos, pese a ser considerados animales de granja, también cuentan con la protección de la Ley 30407 de Protección y Bienestar Animal, vigente desde 2016. La resolución se dio tras un caso en Nasca, donde cuatro personas ingresaron a una chanchería y atacaron con una comba a varios animales, provocando la muerte de tres y dejando herido a otro.
El Ministerio Público sustentó que este hecho no solo debía ser visto como un hurto agravado, sino también como un caso de crueldad animal, al cumplir con los criterios establecidos en el artículo 206-A del Código Penal, que sanciona con pena de cárcel todo acto que genere dolor, sufrimiento o muerte innecesaria en animales domésticos o silvestres en cautiverio. La Suprema coincidió en que la agresión tenía un contenido ilícito propio y no era solo un medio para consumar el robo.
La sentencia marca un precedente clave, ya que reafirma que los animales de granja no están excluidos del marco de protección penal. El fallo advierte que toda conducta violenta o innecesariamente cruel contra cerdos u otras especies puede ser considerada delito, siempre que ocurra fuera de los canales legales o sanitarios. Además, en este caso, los acusados recibieron prisión preventiva por el alto riesgo de fuga y la gravedad de los hechos acreditados con pruebas y testimonios.
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