Congreso: proponen crear registro nacional de maltratadores de animales que prohíbe adoptar

La iniciativa es del congresista Guido Bellido, de la bancada de Podemos. Se tendría que incorporar los artículos 33-A y 33-B de la Ley 30407

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El congresista Guido Bellido, de la bancada de Podemos Perú, presentó el proyecto de ley 12124, con el objetivo de crear el Registro Nacional de Maltratadores de Animales. De esta manera, se espera prevenir, controlar y sancionar los actos de crueldad y maltrato, de forma adecuada.

Para ello, se tendría que incorporar los artículos 33-A y 33-B de la Ley 30407. Según la iniciativa legislativa, en el registro, administrado por el Poder Judicial, se inscribirá a toda persona que haya sido condenada por el delito de maltrato o crueldad contra animales, conforme a lo dispuesto en el artículo 206-A del Código Penal.

Estos individuos quedarán automáticamente inhabilitadas para adquirir, adoptar, criar o tener bajo su cuidado a cualquier animal, así como para ejercer actividades laborales, profesionales o comerciales vinculadas al manejo, atención, custodia o bienestar de esta especie.

Asimismo, toda persona natural o jurídica que administre establecimientos, negocios u organizaciones dedicadas a la venta, adopción, cuidado o custodia de animales, estará obligada a consultar el registro antes de concretar cualquier entrega, cesión o transferencia. El contenido de este registro deberá ser el siguiente:

  • Nombres y apellidos completos o razón social
  • Documento de identidad o R.U.C.
  • Número de sentencia judicial o resolución administrativa
  • Fecha de la sanción
  • Tipo de maltrato o crueldad cometido
  • Duración de la prohibición de tenencia de animales, en su caso

El proyecto de ley también establece que el Poder Judicial coordinará con el Ministerio Público, la Policía Nacional del Perú, los gobiernos regionales y locales, así como con organizaciones de protección animal “para asegurar la actualización, difusión y aplicación” de esta nueva normativa.

Por último, el legislador precisa que la implementación de esta medida se financiará con cargo al presupuesto institucional del Poder Judicial, “sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público”. Asimismo, el Gobierno deberá reglamentar la ley en un plazo máximo de 30 días calendario a partir de la entrada en vigor.

La Ley 30407 es la
La Ley 30407 es la base legal de la protección de los animales en el Perú. - Crédito: composición Infobae

El proyecto de Guillermo Bermejo

El congresista Guillermo Bermejo también presentó el Proyecto de Ley 12026/2025-CR, orientado a modificar diversos artículos de la Ley 30407, Ley de Protección y Bienestar Animal. Esta iniciativa pretende reforzar la intervención estatal ante los casos de abandono y maltrato de animales de compañía. El texto incluye la creación de un registro nacional de personas sancionadas, un canal virtual de denuncias y la exigencia de esterilización en los procesos de adopción.

Entre los puntos centrales de la propuesta destaca la conformación del Registro Nacional de Infractores por Maltrato Animal (Renima), bajo la responsabilidad del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, junto con el Ministerio del Interior. Este registro concentraría los datos de personas y entidades sancionadas por maltrato o abandono animal, quienes no podrán adoptar o tener animales de compañía de forma temporal.

El proyecto, además, prevé la implementación de un canal virtual para denuncias, administrado por el Ministerio del Interior y los gobiernos locales, con el propósito de facilitar el reporte y el seguimiento de casos de maltrato o abandono. Respecto al régimen de adopciones, el planteamiento establece que los animales sean previamente esterilizados, o bien, que el adoptante firme un compromiso de esterilización en un plazo que no supere los 90 días.

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