Prácticas profesionales: ¿Me corresponde un pago extra si culmino un año laboral y ya no continuaré?

En muchos casos, los estudiantes que terminan su carrera técnica o universitaria optan por iniciar prácticas como un puente entre la formación académica y el trabajo formal

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Conoce qué dice Sunafil. Foto:
Conoce qué dice Sunafil. Foto: Andina

Los jóvenes que realizaron prácticas preprofesionales o profesionales de forma continua durante un período de 12 meses en la misma empresa tienen derecho a un descanso de 15 días subvencionado por el empleador. Sin embargo, cuando el convenio de prácticas llega a su fin, la pregunta es: ¿qué ocurre con esos días si no se llegan a disfrutar?

Según la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil), el derecho económico no se pierde. Aunque el practicante no goce del descanso, el empleador debe pagar la subvención equivalente a esos 15 días. Por ejemplo, si la subvención mensual era de S/ 1130.00, el pago adicional sería de S/ 565.00.

A este beneficio se suma que por cada seis meses de prácticas corresponde media subvención adicional. Así, quien completó un año de prácticas en la misma empresa recibiría otro pago de S/ 565.00, acumulando un total adicional de S/ 1130.00 al finalizar el convenio.

La Sunafil recordó que esta disposición se aplica tanto a quienes realizaron prácticas preprofesionales como profesionales, siempre que se cumpla el año continuo en la misma entidad. Este derecho busca reconocer el tiempo y la dedicación invertidos en el desarrollo de actividades formativas en un entorno laboral real.

Estudiante de Formación Profesional practica
Estudiante de Formación Profesional practica con un motor (La Moncloa)

En muchos casos, los estudiantes que terminan su carrera técnica o universitaria optan por iniciar prácticas como un puente entre la formación académica y el trabajo formal. Este periodo les permite aplicar sus conocimientos, adquirir experiencia y fortalecer competencias para enfrentar el mercado laboral.

La jornada diaria para practicantes profesionales es de ocho horas o 48 horas semanales, y estos cuentan con cobertura de salud a través de EsSalud o un seguro privado contratado por el empleador. Asimismo, el tiempo máximo permitido para las prácticas profesionales es de 12 meses, salvo excepciones autorizadas.

Infracciones y sanciones para empleadores

La Sunafil advirtió que las infracciones en materia de modalidades formativas se consideran muy graves. Entre estas figuran: no pagar al practicante, hacerlo de forma parcial, otorgar un monto menor al establecido por ley, incumplir la jornada u otorgar prácticas por encima del tiempo máximo permitido.

Estas faltas pueden derivar en sanciones económicas significativas para el empleador, de acuerdo con la normativa vigente. El organismo fiscalizador resaltó la importancia de cumplir con las obligaciones hacia los practicantes, ya que estas modalidades no solo forman parte de la capacitación del joven, sino que también implican compromisos legales y económicos por parte de la empresa.

(Composición Infobae Perú)
(Composición Infobae Perú)

Además, Sunafil señaló que continuará difundiendo información sobre los derechos y deberes de los practicantes, para que los jóvenes egresados estén informados antes de iniciar o culminar un convenio de prácticas. Conocer estas disposiciones resulta clave para prevenir conflictos y asegurar el respeto a las condiciones de formación laboral.

En este contexto, la institución instó a los estudiantes y recién egresados a revisar cuidadosamente los términos del convenio antes de firmarlo, verificar el monto de la subvención, el tiempo de duración y las condiciones de descanso. También recomendó guardar copia de todos los documentos y reportar a Sunafil cualquier incumplimiento, a fin de garantizar que se respeten sus derechos.

El organismo reiteró que las modalidades formativas no generan vínculo laboral, pero sí otorgan beneficios económicos y de salud que el empleador debe cumplir. En caso de finalización del convenio, corresponde pagar las subvenciones pendientes, incluso aquellas por descansos no gozados, como ocurre con el beneficio de los 15 días tras un año continuo de prácticas.

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