Ley Infocorp ya vigente desde el 8 de agosto: Deudas saldadas se reflejarán en siete días

¿Ya podrás “salir” de Infocorp? Las calificaciones crediticias en esta central de riesgo finalmente se actualizarán con menor tiempo gracias a la nueva Ley

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Deudores podrán salir de Infocorp
Deudores podrán salir de Infocorp en menos tiempo gracias a la Ley. - Crédito Difusión

Adiós a los plazos largos. Si tienes tus cuentas claras, ya no tendrás que esperar largo tiempo para “amistarte” con Infocorp. Como se sabe, en esta y otras centrales de riesgos los plazos para poder sanear tu calificación crediticia solían ser de hasta meses.

Ahora, con la nueva llamada Ley Infocorp, los deudores que hayan saldado sus deudas no tendrán que esperar tanto tiempo para volver a aparecer en ‘verde’.

Ojo, la nueva norma entra en vigencia este viernes 8 de agosto, por lo que los deudores que ya hayan cancelado sus deudas enteramente, tendrán que esperar solo siete días máximo para que su estado cambie en las centrales de riesgo. Es decir, para el próximo viernes 15 de agosto, decenas de deudores ya podrán haber ‘salido’ de Infocorp, lo que implica solo aparecer sin la calificación negativa que tenían.

En la Comisión Permanente del
En la Comisión Permanente del Congreso, parlamentarios señalaron que tomaría meses para los deudores aparecer con sus reportes actualizados en Infocorp y otras centrales de riesgo. - Crédito Andina

Deudores saldrán más rápido de Infocorp

Como se sabe, la resolución S.B.S. N° 02531-2025 aprobó los “lineamientos para la rectificación y regularización de información en la central de riesgos a travésmdel reporte de rectificaciones y regularizaciones del reporte crediticio de deudores - RRCD y comunicación a la Superintendencia”.

Esta norma detalla los plazos para dos modalidades, principalmente: en rectificaciones y regularizaciones por deuda morosa. Por un lado, “las rectificaciones incluyen a las rectificaciones ordinarias y a las correcciones de la información por reclamos por operaciones no reconocidas que sean declarados procedentes por parte de la empresa”.

Es decir, para deudas que se hayan corregido porque fueran por operaciones no reconocidas o errores, para lo cual los bancos y entidades tendrán cinco días para informar de la rectificación de estas. La otra es para las deudas que saldan los consumidores normalmente.

“Para ambas modalidades, se permite solicitar la actualización de información a través del Reporte de Rectificaciones y Regularizaciones del Reporte Crediticio de Deudores (en adelante, RRCD)”, así como para los dos casos, la Superintendencia informará las solicitudes aceptadas a través del Reporte Consolidado de Rectificaciones y Regularizaciones del RCD, disponible en el Portal del Supervisado, el cual complementa y actualiza la información registrada en la Central de Riesgos a efectos de la evaluación crediticia del cliente o usuario".

Si no pagas una deuda,
Si no pagas una deuda, hay un tiempo máximo en que esta puede aparecer en Infocorp y esto es de cinco años. - Crédito Andina

En siete días saldrás de Infocorp

Así, para “rectificación y comunicación de errores en el RCD a la Superintendencia – Errores individuales detectados en la atención de reclamos", la empresa que declare procedente un reclamo presentado por un usuario, con relación a la información reportada en el RCD, cuenta con un plazo de siete días hábiles para “corregir su base de datos cuando los errores estén referidos a tipo de crédito, código de cuenta contable, saldo, clasificación del deudor o número de días de mora o cualquier otro distinto”.

Aquí es donde tendrán siete días de plazo para “comunicar a la Superintendencia en caso se trate de errores referidos a los campos de identificación del deudor y/o código del deudor”.

De igual manera, para regularización de deuda morosa y comunicación a la Superintendencia, “la empresa que hubiera recibido el pago de un deudor en mora, con el cual queda al día en sus obligaciones, cuenta con un plazo de siete días hábiles para regularizar su base de datos cuando esta esté referida a tipo de crédito, código de cuenta contable, saldo, clasificación del deudor o número de días de mora o cualquier otro distinto de aquellos comprendidos con los campos de la identificación del deudor".