
Hay la percepción de que las deudas bancarias “desaparecen” por el simple paso del tiempo, una consulta común entre quienes tiene pendiente una obligación impaga desde hace varios años. Normalmente, lo que se difunde es la idea de que en 10 años uno se libera de una deuda y listo.
Sin embargo, hay algunos matices legales que se deben aclarar. En el caso de las deudas financieras hay un plazo de diez años en que este pago es exigible; es decir, que se pide. Pero la luego de esto, la obligación sigue existiendo; en estos casos, sin embargo, el deudor puede oponerse a la ejecución judicial de la deuda, dado el plazo transcurrido.
Pero hay más. Según Javier Mori, gerente legal de Equifax–Infocorp, el tiempo que una deuda aparece en una central de riesgo es de un menor plazo: “el reporte crediticio tiene un límite claro de cinco años para que la deuda permanezca visible en las centrales de riesgo”.

¿Qué pasa con las deudas tras 10 años?
Si bien la ley peruana sí contempla la figura de la prescripción de deuda, un mecanismo que impide exigir judicialmente una deuda si ha pasado un determinado plazo, en el caso de las deudas financieras, ese periodo general es de diez años desde que el pago se hizo exigible. “Pero cuidado: eso no significa que la deuda desaparezca. La obligación existe, aunque el deudor, transcurrido el plazo, podría oponerse a la ejecución judicial de la deuda”, aclara Equifax-Infocorp.
Con respecto a esto, Javier Mori, gerente legal de Equifax-Infocorp, señala que “existe una confusión común entre lo que pasa con una deuda en el sistema judicial y lo que se refleja en las centrales de riesgo”. Así, legalmente, el derecho a cobrar judicialmente puede mantenerse por más años que este periodo, pero en el caso del reporte crediticio, este tiene un límite claro de cinco años para que la deuda permanezca visible en las centrales de riesgo.
De esta manera, según el especialista, la prescripción faculta al deudor a oponerse al acreedor que lo demanda judicialmente si se ha dejado pasar el plazo sin iniciar acciones legales. “Sin embargo, la deuda sigue existiendo”, aclaran desde Equifax-Infocorp.

¿Las deudas prescriben en Infocorp?
Además, existe también un malentendido frecuente respecto a cómo se refleja una deuda en el historial crediticio. “En redes y foros circula la idea de que las deudas aparecen en Infocorp ‘prescriben’, pero eso no es correcto”, aclara la empresa.
Así, en la Ley de las Centrales Privadas de Información de Riesgo (CEPIRS) se establece que una deuda solo puede ser reportada por un plazo máximo de hasta cinco años (plazo de permanencia de la información), contados desde la fecha en que se hizo exigible, sin importar.
“Pasado ese plazo, la información deja de aparecer en los reportes de crédito de las centrales privadas, como Infocorp. El transcurso de este plazo no tiene el efecto de la prescripción y por lo tanto no afecta la cobranza judicial de la deuda”, aclara la empresa.
Pero si bien una deuda puede dejar de figurar en el historial crediticio después de cinco años, eso no significa que la obligación haya desaparecido legalmente. “Y aunque el paso del tiempo puede afectar la cobranza judicial de la deuda, siempre es mejor mantener un historial limpio”, recomienda la propia central de riesgo.

Nueva Ley Infocorp
Asimismo, el Congreso promulgó la Ley Infocorp por insistencia el pasado 10 de mayo. La norma modifica la Ley 28587, ley complementaria a la ley de protección al consumidor en materia de servicios financieros, y la Ley 29571, Código de protección y defensa del consumidor, a fin de incorporar el procedimiento de regularización y corrección de información de los consumidores en las centrales de riesgos.
Esto implica que, básicamente, que ahora los usuarios que mantengan deudas y aparezcan como deudores en Infocorp y otras centrales de riesgo podrán mejorar su calificación (que comúnmente se entiende como ‘salir de Infocorp’) en menos tiempo luego de canceladas sus deudas. Si bien antes este proceso podía tomar meses, ahora, según la nueva norma, esto solo tomará unos siete días. Desde el próximo viernes 8 de agosto, entrará esta medida en vigencia, según la resolución aprobada.
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